El Gobierno tiene instrumentos legales para liberar a todos los presos pol¨ªticos
Las medidas de extensi¨®n de la amnist¨ªa, aprobadas ayer por el Gobierno y que entrar¨¢n en vigor tras su sanci¨®n por el Rey, dotan al Gobierno -en la pr¨¢ctica- de instrumentos legales suflicientes para liberar a todos los presos pol¨ªticos, as¨ª como posibles reducciones de condena para todos los dem¨¢s delitos.
- Para las penas impuestas por participaci¨®n o cooperaci¨®n en delitos excluidos de la amnist¨ªa de julio de 1976, las disposiciones aprobadas ayer conceden indulto general del resto pendiente de cumplimiento cuando las condenas fueron por participaci¨®n o cooperaci¨®n no directa ni necesaria para la producci¨®n del efecto lesivo.
- Para penas por delitos de intencionalidad pol¨ªtica y de opini¨®n cometidos antes del 15 de diciembre de 1976 -fecha del refer¨¦ndum- y que no se hubieran extinguido por aplicaci¨®n de la amnist¨ªa o indulto a que se refiere el apartado anterior, se concede indulto general de hasta doce a?os respecto de las penas impuestas o que pudieran imponerse.
- Una vez aplicadas las medidas anteriores, los casos de las personas que queden en prisi¨®n ser¨¢n examinados uno a uno por el Gobierno, ?a efectos de considerar la posible aplicaci¨®n de medidas particulares de gracia (indulto o conmutaci¨®n de penas) o de decretar libertades condicionales?, seg¨²n el texto aprobado ayer. A este fin se habilitan facultades espec¨ªficas al Gobierno y se consideran incluidos los delitos de que se trata en los art¨ªculo 3 y 29 de la ley de Indulto de 1870.
Examinados dichos art¨ªculos de la ley mencionada, en relaci¨®n con las disposiciones aprobadas ayer, cabe deducir que el Gobierno, y no el tribunal sentenciador ni el Consejo de Estado (art¨ªculo 29 de la ley mencionada) podr¨ªa considerar la posibilidad de indultar a otras personas, incluidos los comprendidos en los siguientes apartados (y referido a delitos pol¨ªticos):
- Los procesados criminalmente que no hubiesen sido a¨²n condenados por sentencia firme. (Caso, por ejemplo, de los presuntos implicados en el atentado de. la calle del Correo.)
- Los que no estuviesen a disposici¨®n del tribunal sentenciador para el cumplimiento de la condena (por ejemplo, declarados en rebeld¨ªa).
- Los reincidentes en el mismo o en otro cualquier delito por el cual hubiesen sido condenados por sentencia firme.
Finalmente, las disposiciones aprobadas ayer por el Gobierno prev¨¦n la concesi¨®n de indulto de la cuarta parte de la pena para todos los dem¨¢s delitos, lo que hace pensar en que pueden beneficiarse del mismo los presos comunes. Asimismo, se indultan las sanciones penitenciarias por hechos anteriores y se establece que, para recon¨®cer el derecho a gozar de los beneficios penitenciarios, se valorar¨¢ exclusivamente la conducta pen¨ªtenciaria que se observe desde la entrada en vigor de las nuevas normas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Presos pol¨ªticos
- Amnist¨ªa 1977
- Criminolog¨ªa
- Pol¨ªtica nacional
- Indulto
- UCD
- Notar¨ªas
- Presidencia Gobierno
- Represi¨®n pol¨ªtica
- Amnist¨ªa
- Beneficios penitenciarios
- Derecho privado
- Gobierno
- Prisiones
- Centros penitenciarios
- Partidos pol¨ªticos
- Espa?a
- Administraci¨®n Estado
- Derecho
- Administraci¨®n p¨²blica
- Pol¨ªtica
- R¨¦gimen penitenciario
- Ciencia
- Justicia