Los funcionarios locales, sin libertad sindical
Los funcionarios espa?oles de los Ayuntamientos, de las Diputaciones Provinciales y de los Cabildos insulares carecen de libertad sindical. No puede sorprender esta afirmaci¨®n, congruente con la inexistencia de libertad sindical para los trabajadores espa?oles.Los funcionarios de los Cuerpos Nacionales de secretarios interventores y depositarios de la Administraci¨®n Local est¨¢n obligatoriamente integrados en un Colegio Oficial por cada provincia, sin perjuicio de que todos los Colegios Provinciales se integren en un Colegio Nacional con sede en Madrid, de cuya falta de autonom¨ªa dan fe, tanto su car¨¢cter de corporaciones de derecho p¨²blico adscritas al Ministerio de la Gobernaci¨®n, como el hecho de que estos colegios se rijan por unos Estatutos aprobados, no por los propios colegios, sino por el Ministerio.
Unase a ello el que los presidentes y vicepresidentes, tanto en los colegios provinciales como en el Nacional, son designados por la Direcci¨®n General de Administraci¨®n Local del Ministerio de la Gobernaci¨®n.
En id¨¦ntica situaci¨®n de afiliaci¨®n obligatoria se encuentran los funcionarios de las Corporaciones Locales, que no pertenecen a los cuerpos nacionales antes mencionados. Me refiero, por tanto, a los funcionarios que lo son de cada Ayuntamiento, de cada Diputaci¨®n o de cada Cabildo Insular.
Estos funcionarios est¨¢n obligatoriamente integrados en Colegios Provinciales, y en uno Nacional, desde que en 1965 el Ministerio de la Gobernaci¨®n los cre¨® mediante una Orden Ministerial que aprob¨® sus Estatutos con car¨¢cter provisional, y con car¨¢cter general
Lo cierto es, sin embargo, que semejantes limitaciones a la, libertad y a la autonom¨ªa de los funcionarios locales y de sus colegios, no tienen, en la pr¨¢ctica, importancia alguna.
Hago semejante afirmaci¨®n a la vista de las competencias que tienen atribuidas los colegios, competencias que no tienen nada que ver con lo que todos entendemos por sindicato. Sus finalidades son, entre otras, velar porque los colegios cumplan exactamente sus deberes profesionales; tutelar los intereses materiales y morales de los colegiados; mantener y estrechar la uni¨®n y el compa?erismo, estimular el perfeccionamiento profesional; crear y fomentar instituciones cooperativas, as¨ª como lo relacionado con el prestigio de los colegios.
Pues bien, aparte del anacr¨®nico papel que los colegios tienen atribuido, no tienen acceso a ellos, ni los contratados laborales de las Corporaciones Locales (encuadrados obligatoriamente en la Organizaci¨®n Sindical Verticalista), ni los miles de temporeros y eventuales que, ni est¨¢n en la Organizaci¨®n Sindical, ni est¨¢n en los colegios, porque no est¨¢n en sitio alguno, aunque algunos colegios toleren su presencia sin, por supuesto, tener derecho alguno, pues no pueden ser colegiados.
Al margen de esta situaci¨®n los funcionarios locales se han organizado buscando formas organizativas propias, ilegales, por supuesto, donde, adem¨¢s, tienen cabida los contratados laborales y los abundantes temporeros y eventuales, integrados todos ellos en la ya extendida denominaci¨®n de Trabajadores de la Administraci¨®n P¨²blica (TAP).
Los TAP locales se han organizado al hilo de las luchas reivindicativas m¨¢s importantes que, para los que son funcionarios locales, han girado en tomo a su equiparaci¨®n retributiva con los funcionarios estatales, mientras que para los que son temoreros se han centrado en la conquista de un puesto de trabajo fijo.
En torno a estos dos grandes temas, a los que hay que unir la p¨¦sima Seguridad -?- Social de los TAP locales, y la carencia de derechos sindicales tan b¨¢sicos como el de reuni¨®n, se han centrado entre otras luchas como las de los TAP del Ayuntamiento de Barcelona (febrero y noviembre de 1976), Madrid (octubre de 1976), Zaragoza (marzo de 1977), o como la reciente huelga de los polic¨ªas urbanos de Bilbao.
Los TAP locales han creado comisiones en las distintas Corporaciones, y finalmente, en enero de 1977, han creado una Coordinadora Estatal que en reuni¨®n celebrada en Barcelona a fines del pasado mes de marzo, han manifestado p¨²blicamente que est¨¢n por la libertad sindical de la que carecen.
Los colegios de funcionarios locales tanto los de los Cuerpos Nacionales, como los de los funcionarios de cada corporaci¨®n, son un modelo organizativo autoritario, antidemocr¨¢tico y no representativo; son, en suma, un modelo organizativo fascista, que ya no sirve, pues ha pasado la hora de las visitas a las autoridades, pues estamos en la hora del sindicalismo de los TAP, estatales y locales, y el sindicalismo no entiende de ruegos sino ,de reivindicaciones, y no practica el visiteo a los ministerios, sino la negociaci¨®n con la Administraci¨®n.
La ley de Asociaci¨®n Sindical recientemente aprobada establece en su disposici¨®n adicional que el derecho de asociaci¨®n sindical de los funcionarios p¨²blicos se regir¨¢ por sus normas especiales. La ley no distingue entre funcionarios estatales y locales, habla, sin distingo alguno, de funcionarios p¨²blicos, de todos los funcionarios p¨²blicos, trabajen en el Ministerio de Trabajo, en el Ayuntamiento de M¨®stoles o en el Cabildo Insular de Gran Canaria.
La ley de Asociaci¨®n Sindical ha venido a poner t¨¦rmino a unas instituciones, los Colegios de Funcionarios, que por su filosof¨ªa, su estructura, y su dependencia del Poder, no sirven para cubrir las necesidades de unos funcionarios que cada d¨ªa se sienten m¨¢s trabajadores, y de unos contratados laborales y temporeros que sienten la necesidad de negociar sus condiciones de trabajo con el Ayuntamiento en el que prestan sus servicios.
Para que los colegios desaparezcan, o al menos, para que nadie tenga que hablar de ellos, s¨®lo falta que el Gobierno dicte las disposiciones especiales de desarrollo de la ley de Asociaci¨®n Sindical. ?Qu¨¦ piensan sobre este tema los ministros de la Presidencia, de Relaciones Sindicales y de Gobernaci¨®n, que son los afectados?
Por si a los se?ores ministros les fuera ¨²til me permito recordarles que, el 27 del pasado marzo, la Coordinadora Estatal de TAP locales acord¨® hacer un llamamiento a todos los trabajadores de la Administraci¨®n Local para que defiendan su derecho a la libre sindicaci¨®n, y denunciar las maniobras de la Administraci¨®n para montar sindicatos amarillos, utilizando como base los Colegios de Funcionarios Locales.
Entre tanto, como ha ocurrido en los ¨²ltimos a?os, en las corporaciones locales seguir¨¢n existiendo los sindicatos de los TAP (UGT, USO, CCOO y CNT), y estando presentes los partidos pol¨ªticos de la izquierda (PSOE y PCE), que en el caso de los TAP catalanes han sido (PSUC y PSC-Congr¨¦s), los animadores del sindicalismo del sector p¨²blico local de Catalunya.
El primer cap¨ªtulo fue publicado en la edici¨®n de EL PAIS, del pasado viernes, d¨ªa 8
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