Marcelino Oreja propone el control democr¨¢tico de la pol¨ªtica exterior
El ministro de Asuntos Exteriores, Marcelino Oreja, propuso ayer la formulaci¨®n de una norma de rango constitucional, para hacer posible el control democr¨¢tico de la pol¨ªtica exterior. Esa norma, dijo el ministro, dispondr¨ªa ?que el Estado no podr¨¢ manifestar su voluntad de obligarse por un tratado que afecte a materias cubiertas por reserva de ley, sin autorizaci¨®n de las Cortes?.
El ministro hablaba en el acto de entrega de diplomas a los alumnos de la escuela diplom¨¢tica que han terminado sus estudios. El titulo de la conferencia era ?La pol¨ªtica exterior en un sistema democr¨¢tico.? Junto a las f¨®rmulas de control democr¨¢tico, el ministro propuso que la acci¨®n exterior est¨¦ presidida ?por el principio de la unidad de acci¨®n?, en unos tiempos, en que, debido al desarrollo de las relaciones internacionales, ?la mayor¨ªa de los departamentos ministeriales, si no todos, tienen contactos con el exterior?.Dos principios jur¨ªdicos deber¨ªan acompa?ar la norma constitucional que confiere a. las Cortes su poder de autorizar la pol¨ªtica exterior: la calificaci¨®n de materia cubierta por reserva de ley corresponde a las Cortes; los tratados autorizados por las Cortes deber¨ªan tener car¨¢cter supralegal.
Replanteamiento
El ministro expuso la necesidad de replantear la misi¨®n de los Ministerios de Asuntos Exteriores. De la intensidad y extensi¨®n de las relaciones internacionales, en el mundo de hoy, resulta la necesidad de ?coherencia externa?, la cual encierra siempre una ?dimensi¨®n pol¨ªtica?. Es dentro de este planteamiento donde se encuadra la funci¨®n que actualmente debe desempe?ar el Ministerio de Asuntos Exteriores como ?centro de direcci¨®n y coordinaci¨®n? de la acci¨®n exterior del Estado, sin perjuicio de las competencias de la Presidencia del Consejo. El control de esta funci¨®n gubernamental, centrada en el Ministerio, es lo que m¨¢s espec¨ªficamente caracteriza a la pol¨ªtica exterior en un sistema democr¨¢tico. La cuesti¨®n radica en ?compaginar las necesidades de eficacia de una acci¨®n exterior, que casi por definici¨®n debe ser conducida de manera discreta y r¨¢pida, con las no menos, respetables exigencias de supervisi¨®n y control por parte de los representantes del pueblo democr¨¢ticamente elegidos?.El ministro critic¨® la idea de que en los reg¨ªmenes autoritarios la pol¨ªtica exterior es m¨¢s eficaz y consistente que en los democr¨¢ticos. La realidad es m¨¢s bien la contraria; en los reg¨ªmenes democr¨¢ticos la pol¨ªtica exterior ha de ser realista, realizable, y elaborarse ?en funci¨®n del medio internacional y del medio pol¨ªtico interno?.
Seguidamente entr¨® el ministro en el examen de los mecanismos de control, cuesti¨®n de la que dijo que se trataba tan solo de unas reflexiones preliminares, pues ?habr¨ªa de ser objeto de atenci¨®n y decisi¨®n por las Cortes de la naci¨®n que resulten de las elecciones del 15 de junio?.
El ministro expuso su distinci¨®n de los mecanismos de control jur¨ªdico y pol¨ªtico. Sobre los primeros resalt¨® la conveniencia de que las normas que establezcan la necesidad de autorizaci¨®n de las Cortes para comprometer la voluntad del Estado por un tratado tenga rango constitucional. Especial atenci¨®n merecieron los mecanismos de control pol¨ªtico, cuyo fin primordial es ?que el funcionamiento del Estado en una sociedad industrializada y moderna, tecnificada y extremadamente compleja no signifique un alejamiento entre la acci¨®n del poder y la voluntad. popular?. El Parlamento, a trav¨¦s de una serie de mecanismos de moci¨®n, encuesta, interpelaci¨®n, etc¨¦tera, tratar¨¢ de ?implicar a la representaci¨®n popular y, consecuentemente, a toda la poblaci¨®n del pa¨ªs, en la gestaci¨®n, realizaci¨®n y control de la pol¨ªtica exterior, como suprema manifestaci¨®n de esa voluntad ?. La pol¨ªtica exterior no debe ser considerada ?como materia que afecta ¨²nicamente a los profesionales del tema?, destac¨® por ¨²ltimo el ministro.
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