Por una ley del Divorcio
EL MEJOR sistema para desvirtuar las cosas es mezclarlas. Acaso los gastr¨®nomos y los fabricantes de c¨®cteles Molotov no estimen lo mismo, pero se nos admitir¨¢ que el axioma es v¨¢lido, al menos para los creyentes religiosos y para los legisladores pol¨ªticos.Numerosas centurias, s¨®lo interrumpidas por el lapso de la segunda Rep¨²blica, han mezclado dos cosas tan n¨ªtidamente diferenciadas como el matrimonio civil y el matrimonio religioso (en nuestro caso el matrimonio cat¨®lico). Baste recordar que el art¨ªculo 42 del C¨®digo Civil espa?ol hace al matrimonio civil subsidiario del cat¨®lico.
Con el tiempo y la rutina, la mezcla ha llegado a resultar m¨¢s rid¨ªcula que explosiva. Hemos abocado ya hace tiempo a una situaci¨®n en la que el matrimonio civil ha sido simplemente fagocitado por el cat¨®lico. El Estado se limit¨® (en inusitado sombrerazo ante la religi¨®n oficial) a dimitir lisa y llanamente de sus responsabilidades en este asunto en favor del control de la Iglesia cat¨®lica. Y as¨ª, en este pa¨ªs, los espa?oles llevan siglos cas¨¢ndose can¨®nicamente y perge?ando una firma en un libro de alguna sacrist¨ªa para dejar constancia de que tambi¨¦n para la sociedad civil hab¨ªan contra¨ªdo matrimonio.
As¨ª las cosas, no resulta extra?o que se hayan alcanzado cotas de rid¨ªculo y de farise¨ªsmo, cuando no de t¨¢cita simon¨ªa. Del rid¨ªculo se han encargado algunos jueces de paz, que en su af¨¢n apost¨®lico han, llegado a exigir a parejas que deseaban contraer s¨®lo el matrimonio civil hasta el certificado m¨¦dico de potencia del contrayente. En el farise¨ªsmo han ca¨ªdo numerosos espa?oles no practicantes de la religi¨®n cat¨®lica que optaron por el matrimonio religioso por comodidad, conveniencia social y siempre sin fe en lo que para ellos debiera ser un, sacramento. De la simon¨ªa nos hablan a diario las revistas del coraz¨®n: c¨®mo el status econ¨®mico puede influir decisoriamente en la aceleraci¨®n de una anulaci¨®n matrimonial. Ni la Iglesia cat¨®lica ni la sociedad civil deben, a estas alturas, enga?arse: aqu¨ª y ahora, el caso es que s¨®lo la Iglesia cat¨®lica tiene facultad civil para anular el v¨ªnculo de los casados. Y, al tiempo, quienes con mayor sentido c¨ªvico y mayor respeto religioso, s¨®lo contraen matrimonio civil, superando trabas sociales y administrativas, no tienen ni esa ¨²ltima y costosa posibilidad del divorcio a la romana que nos depara el Tribunal de La Rota.
S¨®lo los hip¨®critas podr¨ªan defender el actual estado de confusi¨®n c¨ªvico-religiosa que afrontan los espa?oles. Y el adjetivo no lo utilizamos a vuelapluma, ni el problema es menor. Es un tema de seriedad civil que resumir¨ªamos en los siguientes t¨¦rminos:
El Estado ha de ser civil y no confesional. El Estado debe magnificar, hasta ceremonialmente, las obligaciones y derechos que los contrayentes asumen ante la sociedad y, en buena l¨®gica, ha de arbitrar una ley de divorcio que disuelva uniones fracasadas.
Al Estado no ha de importarle, ni poco ni mucho, la confesionalidad de los contrayentes, parcela de estricta intimidad del alma, que no es de la competencia de aqu¨¦l.
Los creyentes -cat¨®licos o de otras confesiones- deben en recta conciencia someterse a los dictados de su ley o regla religiosa, matrimoniar con arreglo a ella y respetarla. Pero respetarla o subvertirla en sus esp¨ªritus, en su moral religiosa. Es obvio -valga el ejemplo- que una persona de acendrado esp¨ªritu cat¨®lico jam¨¢s optar¨¢ por el divorcio que le ofrece el Estado civil. Pero ser¨¢ su problema ¨ªntimo, nunca trasplantable al terreno jur¨ªdico.
Todo se reduce en suma, a una manoseada cita evang¨¦lica: ?Dad al C¨¦sar lo que es del C¨¦sar y a Dios lo que es de Dios?. Que las religiones impongan a sus fieles su ley moral y que los Estados apliquen a sus ciudadanos su ley civil. Algunas de las primeras exigir¨¢n la indisolubilidad matrimonial, pero cualquier Estado moderno admitir¨¢ el divorcio no s¨®lo como derecho de los ciudadanos, sino, en cierta medida, como bien social. Toda Europa, a excepci¨®n de Espa?a, es divorcista, y no por ello la constituci¨®n familiar se ha quebrantado en el continente, ni en Espa?a los matrimonios son m¨¢s estables o felices.
Una ley del Divorcio para Espa?a es, en suma, una necesidad urgente de miles de hombres y mujeres que esperan rehacer legalmente sus vidas sentimentales, un deber del Estado quien no puede dimitir obligaciones en favor de una confesi¨®n religiosa y un bien para la Iglesia cat¨®lica, que no debe seguir apareciendo como responsable de que sus preceptos sean impuestos por la ley a toda una naci¨®n.
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