Libertad de tipos de inter¨¦s a mas de un a?o y reducci¨®n de coeficientes de inversi¨®n
Las primeras medidas financieras, incluidas en el programa econ¨®mico del Gobierno en el cap¨ªtulo de ?disposiciones de fomento de la competencia?, aparecieron ayer en el Bolet¨ªn Oficial. B¨¢sicamente, suponen el aumento en un punto del tipo de inter¨¦s b¨¢sico del Banco de Espa?a, el establecimiento de la libertad de tipos de inter¨¦s en todas las operaciones a m¨¢s de un a?o y la reducci¨®n progresiva de los coeficientes de inversi¨®n obligatoria de bancos y cajas de ahorro.
La modificaci¨®n del tipo de inter¨¦s b¨¢sico no tiene m¨¢s relevancia que lo que supone de variaci¨®n al alza en los tipos de inter¨¦s de las operaciones activas y pasivas t¨ªpicas de la banca. En el cuadro adjunto se especifican los tipos de inter¨¦s m¨¢ximos legales que pueden aplicar las instituciones Financieras. Ahora queda por ver c¨®mo establecen los distintos bancos sus precios para el dinero. Cuando se decret¨® la libertad de tipos a m¨¢s de dos a?os, se produjo un alineamiento general de la mayor parte de la banca. Ahora, a la vista de las posturas contrapuestas que sobre este tenia han mantenido las grandes instituciones, es previsible que aparezca un mayor margen de competencia entre las distintas entidades. En breve se espera que cada banco publique sus precios competitivos para el dinero.Prohibici¨®n de retenciones
En la orden del Ministerio de Econom¨ªa se establece, en su art¨ªculo segundo, que los tipos de inter¨¦s fijados y en vigor se aplicar¨¢n sobre la inversi¨®n hecha por el banco o caja, es decir, sobre la cantidad puesta a disposici¨®n del cliente sin traba ni limitaci¨®n alguna. Esta prevenci¨®n responde a la pr¨¢ctica abusiva que ven¨ªa siendo habitual en numerosas instituciones de limitar la cantidad de cr¨¦dito del cliente con objeto de conseguir aumentos sustanciales en el inter¨¦s a percibir por el banco. Esta medida afecta, seg¨²n especifica la orden, tanto a las operaciones a realizar a partir de este momento como a las realizadas anteriormente, formalizadas o sin formalizar.
Claridad en las comisiones
Otra de las pr¨¢cticas viciosas, t¨ªpicas en muchas operaciones bancarias, consistentes en el aumento indiscriminado del precio de las comisiones en operaciones de cr¨¦dito o descuento comercial es tambi¨¦n abordada en la orden. En el art¨ªculo seis se establece que las liquidaciones de las operaciones activas de la banca o cajas y en las pasivas y servicios debe facilitarse un documento en el que se especifique con claridad el tipo de inter¨¦s, el precio de las comisiones, la cantidad puesta a disposici¨®n del cliente, el tiempo de devengo y en general todos los datos para conocer con precisi¨®n las caracter¨ªsticas de la operaci¨®n.
Estas dos medidas, la prohibici¨®n de retenciones y la exigencia de documento que especifique el precio de las comisiones responden a las demandas presentadas por clientes de la banca Y cajas especialmente empresas, que ve¨ªan aumentar escandalosa mente el precio del dinero por estas pr¨¢cticas abusivas. En algunos casos el coste del descuento de papel comercial a tres meses pasaba del 8 % en que estaba establecido el tipo de inter¨¦s, hasta el 14 % por cargo de comisiones no suficientemente explicadas.
En el caso de las retenciones, la pr¨¢ctica consist¨ªa en que al facilitar un cr¨¦dito o descontar una remesa de letras, el banco aceptaba la operaci¨®n siempre que el cliente en vez de retirar todo el importe de la misma lo hac¨ªa ¨²nicamente en un 80 % o 90 %, dejando el resto retenido en una cuenta de ahorro. El inter¨¦s sub¨ªa al tener que pagar sobre un capital que no estaba retirado en su totalidad. Aunque en la orden no se establecen las sanciones en caso de que se viole lo dispuesto, parece que las nuevas medidas permitir¨¢n una mayor claridad y limpieza en las operaciones t¨ªpicas de la banca.
Reducci¨®n de coeficientes de inversi¨®n
La segunda parte de la orden del Ministerio de Econom¨ªa, que materializa los compromisos establecidos en la declaraci¨®n program¨¢tica y en el documento, resumen del plan urgente aprobado el s¨¢bado, se centra en los coeficientes de inversi¨®n obligatoria de las instituciones financieras.
Se trata de coeficientes establecidos a partir de la reforma de 1962 y puestos en vigor a partir de 1970, que obligan a banca y cajas de ahorro a mantener una parte de sus inversiones en fondos p¨²blicos, c¨¦dulas de inversi¨®n o valores especiales. En todos los casos, los tipos de inter¨¦s son preferentes y suponen una rentabilidad media para las instituciones financieras ligeramente superior al 6%.
Con el establecimiento, parcial de la libertad de tipos de inter¨¦s, el Ministerio de Econom¨ªa ha reducido tambi¨¦n los coeficientes de inversi¨®n obligatoria y se propone aumentar la remuneraci¨®n de las c¨¦dulas de inversi¨®n.
El programa de reducci¨®n de los coeficientes de inversi¨®n obligatoria, seg¨²n se?ala la orden, es el siguiente:
Banca privada: Se reduce el coeficiente en cuatro puntos de manera que el 25 % actual pasar¨¢ al 21%. Esta reducci¨®n ser¨¢ gradual de manera que cada mes a partir del pr¨®ximo enero, se rebajar¨¢ en un cuarto de punto el coeficiente. La eficacia plena de la medida se losgrar¨¢ en abril de 1979 en que se llegar¨¢ al citado 21%.
Cajas de ahorro: El coeficiente de fondos p¨²blicos se reduce en dos puntos, lo cual implica pasar del 43% actual al 41%. Esta reducci¨®n es autom¨¢tica. A partir de enero, cada mes se rebajar¨¢ el coeficiente en un cuarto de punto, para llegar al 25 % en enero de 1982. El coeficiente de inversi¨®n en pr¨¦stamos de regulaci¨®n especial, fijado hasta ahora en el 26 %, se reduce inmediatamente al 22 %. A partir de enero perder¨¢ cada mes un cuarto de punto, hasta llegar al 10 % en enero de 198 1.Estas medidas progresivas han sido reclamadas con intensidad por cajas de ahorro, especialmente, que ten¨ªan controlado el 73 % de la inversi¨®n por estos coceficientes y el de caja.La progresiva limitaci¨®n de los coeficientes de inversi¨®n obligatoria, fuente fundamental de financiaci¨®n de los circuitos privilegiados, supone que progresivamente ¨¦stos quedar¨¢n limitados. No obstante, hay que se?alar que a pesar de que tanto el programa previsto por el Partido Socialdem¨®crata (Fern¨¢ndez Ord¨®?ez), corno el de Fuentes, presentado en la revista Coyuntura Econ¨®mica, se planteaba la necesidad de revisar el cr¨¦dito oficial, en las presentes medidas no se ha tocado este tenia b¨¢sico en el sistema financiero espa?ol.
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