El PSOE propone un r¨¦gimen provisional para Euskadi
Tres miembros del PSOE, de Euskadi, Txiki Benegas, secretario general del partido, Juan Iglesias, presidente, y Jos¨¦ Antonio Maturana, secretario pol¨ªtico, se reunieron ayer tarde con el actual presidente del Gobierno Vasco en el exilio, Jes¨²s Mar¨ªa Leizaola, en la sede del citado Gobierno en Bayona.
En el transcurso de la reuni¨®n los representantes del PSOE de Euskadi hicieron entrega a Leizaola del borrador de un proyecto de r¨¦gimen transitorio para Euskadi. El proyecto, que consta de diez art¨ªculos, transfiere a ¨®rganos representativos propios, determinadas facultades de autogobierno, al tiempo que sientan las bases para la elaboraci¨®n y aprobaci¨®n definitiva del Estatuto de Autonom¨ªa para Euskadi. Como organismos representativos se crea la Diputaci¨®n General Provisional del Pa¨ªs Vasco y las cuatro diputaciones forales provinciales de Alava, Guip¨²zcoa, Navarra y Vizcaya. Las diputaciones provinciales se compondr¨¢n de consejo y pleno. El consejo, integrado por los diputados y senadores provinciales elegidos en las pasadas elecciones elaborar¨¢ y propondr¨¢ al pleno para su aprobaci¨®n las normas internas de funcionamiento de cada diputaci¨®n provincial. El pleno quedar¨¢ constituido por el consejo m¨¢s un n¨²mero de personas equivalente al doble del mismo, que ser¨¢n designados por las formaciones pol¨ªticas concurrentes, a las pasadas elecciones y seg¨²n el resultado de las mismas. Asimismo, las diputaciones provinciales se constituir¨¢n en el plazo de diez d¨ªas contados a partir de la fecha de entrada en vigor del decreto sustituyendo a todos los efectos y competencias a las actuales diputaciones.Por su parte, la Diputaci¨®n General Provisional del Pa¨ªs Vasco, que se constituir¨¢ en el plazo de veinte d¨ªas, asimismo a partir de la fecha de entrada en vigor del decreto, estar¨¢ compuesta por los consejos de las diputaciones provinciales correspondiendo a la misma el establecimiento de sus normas internas de funcionamiento, la designaci¨®n de los ¨®rganos ejecutivos y la creaci¨®n de servicios para el ejercicio de sus funciones.
Dichas funciones son las siguientes: a) Elaboraci¨®n del estatuto de autonom¨ªa de Euskadi. b) Facultad de resolver mediante decreto aquellas cuestiones que afecten exclusivamente al Pa¨ªs Vasco. c) Intervenir, siempre que lo consideren necesario, en las cuestiones relacionadas en el orden p¨²blico. d) Ser consultadas por el Gobierno, las delegaciones provinciales y dem¨¢s dependencias ministeriales en el Pa¨ªs Vasco, en todas aquellas cuestiones que afecten especialmente a este ¨²ltimo y emitir dictamen sobre las mismas. e) Ejercer funciones de control e inspecci¨®n sobre los ¨®rganos de la Administraci¨®n local. f) Establecer, conjuntamente con el Gobierno, los ¨®rganos Mixtos necesarios para la resoluci¨®n de aquellas cuestiones no contempladas en el decreto-ley. g) Recabar de las diputaciones provinciales y del Gobierno los medios personales y materiales necesarios para el funcionamiento de la Diputaci¨®n General Provisional del Pa¨ªs Vasco.
Como decreto-ley, los art¨ªculos entrar¨¢n en vigor el mismo d¨ªa de su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado quedando derogadas con la entrada en vigor del estatuto de autonom¨ªa para Euskadi.
A la salida de la reuni¨®n, la impresi¨®n era de optimismo entre los miembros del PSOE, al tiempo que Leizaola se mostraba m¨¢s lac¨®nico: ?Una sesi¨®n de trabajo siempre es positiva?. El mismo Leizaola, ante la pregunta de cu¨¢ndo volver¨¢ a Euskadi-sur, contest¨®: ?Si se trata de dar una fecha exacta, hoy por hoy es imposible, si se trata de hacer predicciones puede decirse que no tardar¨¦ mucho en volver a Euskadi-sur; seguramente no m¨¢s de tres meses.?
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