El Gobierno endurece los sistemas de seguridad bancaria
El Ministerio del Interior ha hecho p¨²blico un real decreto por el que se modifican las normas de seguridad en bancos, cajas de ahorro, entidades de cr¨¦dito v establecimientos industriales y de comercio. Las normas modificadas fueron establecidas por el entonces ministro de Gobernaci¨®n se?or Garc¨ªa Hern¨¢ndez, en abril de 1974.Las modificaciones esenciales que se realizan a la anterior normativa afectan fundamentalmente a los aspectos t¨¦cnicos de seguridad, y en este sentido se realizan las siguientes especificaciones:
Los dispositivos de alarma conectados con las fuerzas policiales llevar¨¢n pulsadores instalados en lugares estrat¨¦gicos, y en todo caso, en el despacho de la direcci¨®n y en las ventanillas o recintos de la caja.
Instalaci¨®n de un blindaje antibala en el recinto de caja que impida, adem¨¢s, el ataque a las personas situadas en el mismo con cualquier otro medio. Quedan exentas de instalar este dispositivo las oficinas situadas en n¨²cleos urbanos inferiores a los 10.000 habitantes o con menos de siete empleados.
Colocaci¨®n de c¨¢maras acorazadas provistas de sistema de apertura autom¨¢tica retardada y que deber¨¢n disponer de un dispositivo que permita su bloqueo desde la hora de cierre del establecimiento hasta su apertura al d¨ªa siguiente. Las cajas auxiliares instaladas en el recinto de caja, que contengan la cantidad l¨ªquida necesaria para el diario funcionamiento de la oficina, estar¨¢n provistas de cajones de dep¨®sitos unidos a otro escamoteable y a un tercero de apertura retardada.
Instalaci¨®n de c¨¢maras fotogr¨¢ficas o circuitos cerrados de televisi¨®n que permitan la identificaci¨®n de posibles delincuentes sospechosos.
En otro orden de cosas. en todos los establecimientos y oficinas afectadas se har¨¢ saber al p¨²blico, mediante carteles fijados en lugares visibles las medidas de seguridad existentes, con expresa indicaci¨®n de la imposibilidad de abrir las cajas fuertes o c¨¢maras hasta que transcurra el tiempo previamente programado.
La instalaci¨®n completa de las medidas de seguridad exigidas por el Ministerio del Interior puede suponer un desembolso importante para las entidades bancarias, que va, con motivo del establecimiento ¨¢e normas en 1974, mostraron su desagrado hasta el punto que muchas de ellas se?alaron que el valor de lo robado nunca llegar¨ªa a alcanzar el total de la inversi¨®n a realizar.
Sin embargo, el espectacular incremento de atracos de las entidades bancarias y de ahorro demandaban este tipo de medidas complementarias. Las mismas cifras as¨ª lo atestiguan, ya que frente a los 108 atracos perpetrados contra establecimientos bancarios en 1974, en 1975 se produjeron un total de 84, y en 1976, 87.
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