La nueva estructura del Ministerio de Defensa atiende la funci¨®n defensiva de la organizaci¨®n
La reestructuraci¨®n del Ministerio de Defensa, mediante un decreto aprobado en el ¨²ltimo Consejo de Ministros (que posiblemente ser¨¢ publicado antes del finde semana en el Bolet¨ªn Oficial del Estado), provee una importante mejora para la integraci¨®n de los tres Ej¨¦rcitos tradicionales en una unidad de esfuerzo defensivo.
En efecto, seg¨²n cree saber EL PAIS, se crear¨¢n secretar¨ªas generales de Personal, de Econom¨ªa o Finanzas (los nombres no son a¨²n conocidos), de Coordinaci¨®n de la Pol¨ªtica de Defensa, y una secretar¨ªa general t¨¦cnica, con jurisdicci¨®n sobre esferas que hasta ahora estaban divididas entre los antiguos ministerios militares.La situaci¨®n hasta ahora vigente hab¨ªa llegado a notables contradicciones y disparidades entre los tres Ej¨¦rcitos, con la aparici¨®n de ?intereses de grupo? profesionales, claramente perjudiciales para la Unidad de misi¨®n de las Fuerzas Armadas espa?olas.
Lo que se crea con esas secretar¨ªas generales es el instrumento para analizar la organizaci¨®n militar en t¨¦rminos de funci¨®n en lugar de, como hasta ahora, en t¨¦rminos de estructura corporativa de los ej¨¦rcitos individuales. Las cuatro secretar¨ªas depender¨¢n del subsecretario de Defensa, que encarnar¨¢ as¨ª las responsabilidades organizativas, t¨¦cnicas y econ¨®micas de las Fuerzas Armadas.
Las responsabilidades netamente militares, entendidas bajo la advocaci¨®n de estructura o ?cadena? de mando, siguen encarnadas en los Estados Mayores de los respectivos Ej¨¦rcitos, unificados en su c¨²pula por el jefe del Alto Estado Mayor y el presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor, y servidos por sus respectivos cuarteles generales.
Desaparici¨®n de dos secretarios generales
En la nueva organizaci¨®n del Ministerio de Defensa desaparecen, por tanto, las secretar¨ªas generales del Ej¨¦rcito del Aire y de la Marina, creadas por el real decreto de 4 de julio que cre¨® el Ministerio de Defensa, y que han venido a servir de conexi¨®n provisional entre los antiguos ministerios militares espa?oles separados y la nueva situaci¨®n de integraci¨®n en los fines superiores de la defensa.Esta importante parte de la nueva estructura del Ministerio de Defensa suple una necesidad perentoria en la organizaci¨®n mod erna de la defensa, solventada en t¨¦rminos parecidos en otros pa¨ªses europeos, cuyos modelos han sido estudiados por el gabinete del ministro de Defensa.
Seg¨²n lo trascendido, el ministro de Defensa conserva la autoridad pol¨ªtico-administrativa sobre el subsecretario y sobre dos nuevos organismos: la Direcci¨®n General de Industria y Material y el Centro Superior de Informaci¨®n de la Defensa. En cuanto al primero, se puede encontrar un antecedente en la secretar¨ªa de Estado que en el Ministerio franc¨¦s de Defensa coordina y planifica la producci¨®n y suministro de armamentos.
Por otro lado, el Centro Superior de Informaci¨®n de la Defensa es el organismo que m¨¢s inter¨¦s ha suscitado en los medios militares, pues se le atribuye la funci¨®n de coordinar y centralizar la informaci¨®n y la inteligencia necesaria para la recta orientaci¨®n de la misi¨®n de las Fuerzas Armadas.
Depender¨¢n tambi¨¦n del ministro de Defensa el Consejo Supremo de Justicia Militar, como ¨®rgano asesor y t¨¦cnico, que hasta la creaci¨®n del Ministerio de Defensa depend¨ªa del Ministerio del Ej¨¦rcito, con lo que, bajo cierto aspecto, se daba primac¨ªa al Ej¨¦rcito de Tierra sobre los otros dos ej¨¦rcitos; y tambi¨¦n la Direcci¨®n General de la Guardia Civil, igualmente dependiente del Ministerio del Ej¨¦rcito en la situaci¨®n anterior.
Se crear¨¢ tambi¨¦n una secretar¨ªa u oficina de Informaci¨®n y Relaciones P¨²blicas de la Defensa para la facilitaci¨®n de informaci¨®n a la opini¨®n p¨²blica.
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