R¨¦plica de los funcionarios de prisiones expedientados por no utilizar porras de goma
Los funcionarios de prisiones expedientados en C¨®rdoba, a ra¨ªz de su negativa a intervenir armados en uno de los conflictos del pasado mes de agosto, han replicado al expediente en el que se les imputa falta grave. Como es sabido, el director de la prisi¨®n les acusa de desobediencia grave. El derecho elemental del preso a su integridad f¨ªsica, y el que tomar una actitud violenta hubiera resultado contraproducente en la situaci¨®n de alteraci¨®n que exist¨ªa en ese momento entre los presos, son las dos razones fundamentales de su pliego de descargos.Veintitr¨¦s funcionarios de la prisi¨®n de C¨®rdoba han dirigido escritos individuales al inspector instructor del expediente sancionador abierto contra ellos a ra¨ªz de los sucesos ocurridos en la prisi¨®n el pasado d¨ªa 19 de agosto. Alegan en dichos escritos contra cargo ¨²nico que pesa contra ellos ?haberse negado a coger el pasado d¨ªa 19 de agosto una defensa de goma que, como medida de prevenci¨®n y por orden verbal de la direcci¨®n, les entreg¨® un jefe de servicios, para la realizaci¨®n de un servicio extraordinario de traslaci¨®n de internos peligrosos de un departamento a otro, y para el que previamente hab¨ªan sido citados reglamentariamente, as¨ª como por su dilaci¨®n a entrar al interior del establecimiento para prestar su colaboraci¨®n a dicho servicio extraordinario?.
Seg¨²n el escrito del inspector instructor, Antonio Rodr¨ªguez Alonso, estos hechos suponen contravenci¨®n de la ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado y del Reglamento de los Servicios de Instituciones Penitenciarias, por lo que se les imputa, en concepto de autores, como responsables de una falta grave.
En su pliego de descargo, los funcionarios, a la vista de que la presunta falta ha sido cometida por m¨¢s de una veintena de ellos, se plantean la siguiente pregunta: ??Cu¨¢les fueron realmente las causas determinantes de la alteraci¨®n ocurrida en la prisi¨®n que se pretende hacer recaer sobre los funcionarios, sin que tan s¨®lo uno de los superiores aparezca involucrado en, el suceso?? Contin¨²an, estimando que ?cuando tantos funcionarios fallan es porque quienes fallan son los que est¨¢n por encima de estos funcionarios?. A?aden que ?por los mismo sucesos existe una serie de denuncias planteadas por abogados y reclusos contra la direcci¨®n del establecimiento ante los juzgados de instrucci¨®n de C¨®rdoba?. Igualmente, alegan la aplicaci¨®n de unos preceptos derogados por el decreto de 16 de agosto de 1969 en la instrucci¨®n del expediente.
Respecto a los hechos imputados como falta, dice una de las cartas: ?la realidad es que nos negamos a coger una porra de goma y ello por varios motivos. El primero, porque me repugna la posibilidad de pegar a un recluso, ya que la conciencia actual que todos tenemos, y m¨¢s, l¨®gicamente, los funcionarios del cuerpo de prisiones, es que el preso es un ciudadano con todos los derechos, excepto que est¨¢ privado temporalmente de libertad. Y, concretamente, el reglamento dice que: ?la misi¨®n penitenciaria se ejercer¨¢ con estricto respeto a la personalidad humana de los recluidos y a los derechos e intereses de los mismos, no afectados por la condena...?. Pues bien: el primer derecho de cualquier persona, seg¨²n establecen todos los c¨®digos y constituciones de los pa¨ªses civilizados, es el respeto a la integridad f¨ªsica, lo que mal se lleva con coger porras de goma para imponer la disciplina a los reclusos?.
?El segundo motivo por el que no cog¨ª la porra de goma es porque hubiera sido totalmente contraproducente, ya que tal como estaban de alterados los ¨¢nimos en la poblaci¨®n reclusa s¨®lo una actitud pac¨ªfica, comprensiva, era apropiada para mantener el orden y la disciplina. Intentar pegar a uno solo de los internos hubiera sido echarse encima a doscientos, por lo que resultaba totalmente desafortunado coger aquel instrumento.?
En una tercera alegaci¨®n se dice que ?me pareci¨® necesario poner en conocimiento del director del centro lo que ocurr¨ªa?, para pedirle que entrara en el establecimiento; ?se neg¨® a ello y orden¨® que se volviese a restablecer el orden, ante lo que se le manifest¨® el grave peligro en que nos encontr¨¢bamos, incluso el que nos matasen, a lo que respondi¨® textualmente: "si hace falta, que los maten"; por ello y como ¨²nico comentario manifestamos: "Bueno, pero venga usted y que lo maten tambi¨¦n".?
Niegan, en definitiva, haber cometido ninguna falta y suplican al inspector instructor que acuerde aceptar el pliego de descargo y absolverlos de las faltas imputadas.
Los hechos a que se refiere el expediente tienen que ver con los acontecimientos registrado en la prisi¨®n de C¨®rdoba durante los ¨²ltimos d¨ªas de agosto. A la situaci¨®n de tensi¨®n que hab¨ªa en la c¨¢rcel, por la lucha reivindicativa de los presos, se a?adi¨® la incomodidad creada por los traslados, en este caso de 43 presos, en su mayor¨ªa preventivos, procedentes de Carabanchel.
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