Precisiones del Ministerio de Defensa
Los soldados no podr¨¢n realizar actividades pol¨ªticas o sindicales durante el tiempo en que se encuentran prestando servicio militar activo, seg¨²n la nota hecha p¨²blica ayer por la oficina de informaci¨®n del Ministerio de Defensa.El ministerio se?ala que, con motivo de la reciente visita de la mesa de la comisi¨®n de Defensa del Senado, se ha publicado en alguna prensa nacional que el teniente general Guti¨¦rrez Mellado hab¨ªa manifestado a los integrantes de la misma que ?los soldados afiliados a partidos pol¨ªticos podr¨ªan seguir perteneciendo a sus organizaciones durante el tiempo en que cumplan su servicio militar, pero no podr¨ªan, sin embargo, desarrollar actividad pol¨ªtica alguna en los cuarteles?. Estas palabras, ?puestas en boca del ministro?, a?ade la nota oficial, no contradicen ni revocan el contenido de los decretos de ley de 8 de febrero y 1 de abril, por los que se regula en sus art¨ªculos 6 y 10, el ejercicio de las actividades pol¨ªticas y sindicales por parte de los integrantes de las Fuerzas Armadas.
Dichos art¨ªculos dicen textualmente: ?El personal no profesional perteneciente a las clases y mariner¨ªa no podr¨¢n realizar actividades pol¨ªticas o sindicales durante el tiempo en que se encuentran prestando servicio militar activo? y ?mientras est¨¦ prestando su servicio militar obligatorio o sustitutivo del mismo, podr¨¢ mantener su filiaci¨®n pol¨ªtica o sindical estrictamente, sin que pueda realizar actividad alguna de su organizaci¨®n, participar en sus reuniones o asambleas, distribuir propaganda y cualquier otro activismo?.
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