Veinticinco enmiendas de UCD a los proyectos fiscales
El grupo parlamentario de UCD ha presentado a la Mesa de la Comisi¨®n de Hacienda del Congreso cuatro enmiendas al proyecto de ley del impuesto sobre el patrimonio, otras tantas al de sucesiones, y diecisiete al impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas.Las enmiendas al proyecto del patrimonio contemplan la integraci¨®n de los cuerpos diplomados de Inspecci¨®n e Intendentes al servicio de Hacienda en el de inspectores Financieros y Tributarios; la adaptaci¨®n de las cantidades se?aladas en la ley a las alteraciones del valor de la moneda, para lograr una mayor justicia fiscal, y la inclusi¨®n, en cualquier caso, dentro del ajuar de las obras de arte cuyo valor no exceda de un mill¨®n de pesetas.
Por lo que respecta a la ley de Sucesiones, UCD pide que el pago de este impuesto pueda hacerse en obras de arte y en bienes de inter¨¦s cultural, en las condiciones que se se?alen reglamentariamente por los Ministerios de Hacienda y Cultura.
Sobre la renta de las personas f¨ªsicas, las enmiendas van dirigidas a que por los Ministerios de Hacienda y Comercio y Turismo se dicten las disposiciones adicionales necesarias para adecuar al nuevo r¨¦gimen de imposici¨®n los recursos de las C¨¢maras Oficiales de Comercio, Industria y Navegaci¨®n consideraci¨®n como rendimientos del trabajo de todas las contraprestaciones, cualquiera que sea su denominaci¨®n o naturaleza, que se deriven exclusivamente del trabajo personal del sujeto pasivo; determinaci¨®n de los rendimientos netos del trabajo y de las actividades profesionales y empresariales deduciendo las cantidades abonadas a montep¨ªos laborales obligatorias, cotizaciones a la Seguridad Social y derechos pasivos; obligatoriedad de que las sociedades a que se refieren los apartados 2 y 3 del art¨ªculo 12 de la ley declaren la relaci¨®n nominal de socios y el beneficio imputable a cada uno, y obligaci¨®n de que los sujetos pasivos que lleven a cabo actividades empresariales lleven los libros o registros en los que se reflejen sus ingresos y gastos en la forma que reglamentariamente se determine.
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