Admisi¨®n del aborto y del divorcio
Un total de 115 enmiendas al anteproyecto de Constituci¨®n han sido presentadas por el grupo parlamentario comunista (PCE). Un n¨²mero determinado de ellas afecta a aquellos art¨ªculos del anteproyecto que recogen los derechos y deberes fundamentales de la persona. As¨ª, se plantea la abolici¨®n de la pena de muerte, la admisi¨®n del divorcio, el derecho de sindicaci¨®n para todos los trabajadores y funcionarios p¨²blicos, la interrupci¨®n del embarazo como uno de los m¨¦todos posibles de planificaci¨®n familiar y la ampliaci¨®n de los derechos de los trabajadores.Un segundo grupo de enmiendas se refiere a las relaciones entre los distintos poderes, y tienden a una mejor articulaci¨®n de los mismos, estableciendo el predominio pol¨ªtico de las Crotes sobre el Gobierno. En este sentido se suprime la reserva de ley y la reserva reglamentaria; se propone la elecci¨®n del presidente del Gobierno por el Congreso y la supresi¨®n de la moci¨®n de censura constructiva, de modo que el Gobierno deba gozar en todo momento de la confianza de la mayor¨ªa del Congreso.
Un tercer grupo de enmiendas se refiere a las instituciones con la finalidad de definir con mayor precisi¨®n las funciones de las fuerzas de orden p¨²blico y la protecci¨®n de los leg¨ªtimos derechos de sus miembros. En cuanto al poder judicial, se tiende a asegurar su m¨¢xima independencia, estableci¨¦ndose expresamente el derecho de sindicaci¨®n de los jueces y magistrados. Se asegura, por otra parte, la independencia del ministerio fiscal deslig¨¢ndole de toda dependencia gubernamental.
Un cuarto grupo de enmiendas se refiere a las autonom¨ªas, y mantienen la l¨ªnea de aceptar los criterios principales de la actual regulaci¨®n de las mismas, intentando mejorarla en determinados aspectos. Se intenta hacer realmente efectivo el sistema de autonom¨ªas eliminando los obst¨¢culos derivados de una concepci¨®n centralista que a¨²n subsiste en algunos aspectos del anteproyecto. As¨ª, se propone la eliminaci¨®n del veto suspensivo que se atribuye al Gobierno sobre la legislaci¨®n emanada de los territorios aut¨®nomos (art¨ªculo 143). Tambi¨¦n se propone la mejora del actual art¨ªculo 138, precisando mejor las competencias del poder central en relaci¨®n con las de los territorios aut¨®nomos.
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