Crisis pol¨ªtica de largo alcance en la Generalitat
La revelaci¨®n por EL PA?S, en su edici¨®n de ayer, del contenido del proyecto de reglamento provisional de r¨¦gimen interior de la Generalitat de Catalu?a mostr¨® con claridad la larga serie de contradicciones jur¨ªdicas existentes, al darse en Catalu?a la superposici¨®n de dos poderes pol¨ªticos, el auton¨®mico y el central, sin que su regulaci¨®n est¨¦ establecida a nivel constitucional. EL PA?S mostr¨® ayer a varios profesores de la facultad de Derecho de la primera universidad de Barcelona el proyecto dado a conocer por este peri¨®dico, y todos ellos coincidieron en indicar las graves irregularidades jur¨ªdicas que el proyecto conten¨ªa.La principal contradicci¨®n provendr¨ªa del intento de los redactores del proyecto (siete ministros del Gobierno aut¨®nomo catal¨¢n) de dar al reglamento interior de la Generalitat el car¨¢cter de ley formal -incluso de ley formal constitucional y no de ley formal ordinaria, rompiendo con el principio de la divisi¨®n de poderes-, cuando el proyecto deber¨ªa ser un mero reglamento de r¨¦gimen interior, dedicado, por tanto, en pura t¨¦cnica jur¨ªdica, a la estricta organizaci¨®n interna de la Generalitat.
Los juristas consultados se?alaron todo tipo de irregularidades jur¨ªdicas en el proyecto, al tiempo que indicaban la gran dificultad que implicaba solventar el problema del encaje entre la posible facultad reglamentaria interna de la Generalitat y la potestad reglamentaria del ejecutivo. Por otro lado indicaron la confusi¨®n en que se encuentran actualmente en Catalu?a diluidos principios de todo Estado de derecho, como son el principio de la legalidad y el de la jerarqu¨ªa normativa.
Una fuente afirm¨®, incluso, su clara sorpresa por el hecho que los comunistas catalanes enunciaran, en el informe de su gabinete jur¨ªdico, hecho suyo Por la direcci¨®n del partido, que ?el real decreto-ley (de restablecimiento de la Generalitat) no agota ni puede agotar el r¨¦gimen de organizaci¨®n y funcionamiento de la Generalitat. Solamente en el marco jur¨ªdico es donde se definen las l¨ªneas maestras de la Generalitat, de sus ¨®rganos de gobierno y el ¨¢mbito m¨ªnimo de sus competencias. Pero ser¨ªa muy insuficiente por s¨ª mismo si solamente sirviera de pauta a la autoorganizaci¨®n de la Generalitat, que, sin duda, ha de buscar sus criterios propios y complementarios en unos principios que aseguren una manera democr¨¢tica de ejercicio de poder?.
Son tambi¨¦n los comunistas catalanes quienes sustentan con mayor energ¨ªa, en su informe jur¨ªdico, el criterio de que el reglamento interno de la Generalitat debe hacer las veces de norma constitucional. En concreto afirman: ?el reglamento de r¨¦gimen interior aparece como la ley fundamental de la Generalitat en este per¨ªodo provisional.?
Frente a esta postura se sit¨²a, en otro extremo, la mantenida por el presidente de la Generalitat, quien se apoya en un informe emitido, a su requerimiento, por la Academia de Jurisprudencia y Legislaci¨®n de Catalu?a y en otro suscrito por destacados juristas. En efecto, en este tema, como en otros, Tarradellas se destaca por su cautela y, muy especialmente, por su deseo de no irritar al Gobierno central, en unos momentos en que Catalu?a no tiene -con reglamento interior o sin ¨¦l- pr¨¢cticamente ning¨²n poder real, y en que todo depende de la buena o mala disposici¨®n de los representantes del Estado en la comisi¨®n mixta para el traspaso de funciones de la Administraci¨®n central a la Generalitat.
Contenido y tono constitucional
Centr¨¢ndonos en las veintid¨®s p¨¢ginas del proyecto de reglamento interior de la Generalitat vemos c¨®mo su contenido y el tono de su redactado es realmente el propio de una ley formal de car¨¢cter constitucional. Contiene un t¨ªtulo preliminar, un cap¨ªtulo sobre funciones, honores y atribuciones del pregidente de la Generalitat, normas de funcionamiento del Consejo de Ministros catal¨¢n, atribuciones de cada ministerio, enumeraci¨®n de los mismos y de su organizaci¨®n interna, un t¨ªtulo sobre procedimiento administrativo y r¨¦gimen jur¨ªdico, normas de funcionamiento del Diario Oficial de la Generalitat como veh¨ªculo para dar publicidad a las normas jur¨ªdicas propias, un t¨ªtulo sobre el delicado tema del funcionariado y r¨¦gimen de contrataci¨®n de personal y, como t¨ªtulo final, el r¨¦gimen financiero, este ¨²ltimo de una manifiesta imprecisi¨®n.
Como ejemplo del car¨¢cter constitucional que pretende tener lo que deber¨ªa ser un reglamento de r¨¦gimen interior, basta transcribir el art¨ªculo segundo del mismo: ?La lengua oficial en las actuaciones interiores de la Generalitat, tanto escritas como habladas, ser¨¢ la catalana. Para las relaciones oficiales de la Generalitat con el territorio espa?ol no comprendido en su ¨¢mbito geogr¨¢fico de actuaci¨®n, as¨ª como para la comunicaci¨®n con las autoridades y funcionarios del Estado, se utilizar¨¢ la lengua castellana. Los ciudadanos de Catalu?a, en sus relaciones con la Generalitat, podr¨¢n utilizar ind¨ªstintamente el idioma catal¨¢n o el castellano, de acuerdo con sus preferencias.? El art¨ªculo cuarto de dicho reglamento de r¨¦gimen interior llega incluso a determinar cu¨¢l es la bandera de Catalu?a, consideraci¨®n de obvio car¨¢cter, constitucional. Dice textualmente as¨ª: ?La bandera de Catalu?a es la tradicional de cuatro barras rojas en fondo amarillo.?Tarradellas, contra la ?ley fundamental?
En cualquier caso, la crisis pol¨ªtica aparecida con el complejo tema de la elaboraci¨®n de un reglamento interno de la Generalitat es, sin duda, de gran alcance. El presidente Tarradellas discrepar¨ªa tan b¨¢sicamente del proyecto comentado que se inclin¨® formalmente por no tratar este tema en las dos pr¨®ximas reuniones del Gabinete catal¨¢n. Con ello tendr¨ªa tiempo suficiente para medir sus fuerzas y las de sus antagonistas, dentro del propio Gobierno. Sin duda, su posici¨®n personal es favorable a la b¨²squeda de un reglamento interior que, simplemente, organice la labor cotidiana de la Generalitat, olvidando el m¨¢s o menos ut¨®pico deseo de conseguir ahora lo que los comunistas consideran ?ley fundamental de la Generalitat?, que es, en definitiva, lo que viene a ser el actual proyecto, obra de los siete ministros ?t¨¦cnicos? y que, por tanto, cuenta con la aprobaci¨®n de la mayor¨ªa del Gabinete. Por su parte, los socialistas pretenden ofrecer su propia soluci¨®n del conflicto: que el proyecto de reglamento sea discutido en el seno de la congelada Asamblea de Parlamentarios de Catalu?a. Ello constituir¨ªa simplemente un intento de apagar el incendio, ya existente, a base de arrojar unas cuantas toneladas de gasolina al fuego. Es, en efecto, bien sabido que el presidente Tarradellas no desea en absoluto que dicha asamblea congelada interfiera en la labor de la Generalitat. Como se recordar¨¢, en su d¨ªa se opuso a que esta asamblea ratificara el nombramiento de los componentes del primer Gobierno aut¨®nomo catal¨¢n. Por ello, lo que s¨ª aparece como seguro es que la soluci¨®n del conflicto no vendr¨¢, en este caso como en anteriores conflictos, por el camino propuesto por los socialistas.
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