Ampliaci¨®n del plazo para regularizar la situaci¨®n fiscal
Hacienda ha decidido ampliar el plazo para que las personas fisicas regularicen su situaci¨®n fiscal. Las declaraciones de renta complementarias de la de 1976 podr¨¢n presentarse hasta el pr¨®ximo 15 de abril. Esto supone una ampliaci¨®n de otros quince d¨ªas sobre los previstos en la ley de Medidas Urgentes. Esta decisi¨®n se ha tomado a la vista del importante n¨²mero de personas que vienen presentando en los ¨²ltimos d¨ªas su declaraci¨®n complementaria, que supone borrar malos antecedentes fiscales. La ampliaci¨®n del plazo se ha concedido por resoluci¨®n administrativa, pero se?al¨¢ndose que los contribuyentes que vayan a presentar su declaraci¨®n entre el 1 y 15 de abril deber¨¢n comunicarlo a la Delegaci¨®n de Hacienda correspondiente antes de la primera fecha, es decir, dentro del plazo previsto por la ley de Medidas Urgentes.La declaraci¨®n complementaria a la de 1976, ¨²ltimo a?o por el que se ha debido tributar, y el pago de los impuestos correspondientes a la r¨¢sma supone para el contribuyente la limpieza de antecedentes y el olvido por parte de la Hacienda de los compromisos fiscales del sujeto anteriores a 1976. El pago de los impuestos correspondientes a esa declaraci¨®n complementaria puede hacerse de forma fraccionada, en cuatro trimestralidades iguales, seg¨²n una disposici¨®n reciente.
El ministerio no ha facilitado, por ahora, datos concretos sobre el n¨²mero de contribuyentes que han regularizado su situaci¨®n, aunque fuentes oficiales estiman que la cifra es importante y pone de relieve el eco que la reforma fiscal est¨¢ teniendo entre los contribuyentes.
En el caso de las personasjur¨ªdicas -sociedades-, para las que la moratoria supone una aut¨¦ntica y generosa, en opini¨®n de los expertos, amnist¨ªa fiscal, el plazo para regularizar su situaci¨®n no vence hasta el 31 de junio pr¨®ximo,
Una vez pasado el plazo Para la regularizaci¨®n fiscal de las personas f¨ªsicas, la inspecci¨®n actuar¨¢ conforme a las facultades que le son propias, y podr¨¢ multar con 15.000 pesetas a las personas que no hayan prestado declaraci¨®n teniendo obligaci¨®n de hacerlo, al tiempo que obligar a hacerla.
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