Educaci¨®n y Constituci¨®n
Diputado del PSOE por Vadadolid Miembro de la ponencia constitucional
Uno de los problemas m¨¢s importantes y m¨¢s controvertidos en la Constituci¨®n espa?ola va a ser el tema del derecho a la educaci¨®n y de la libertad de ense?anza, que comprenden diversas perspectivas respecto de las cuales, el an¨¢lisis conjunto de todas, con referencias al Derecho Comparado en la materia, es indispensable. No quiero incurrir en la parcialidad con que trata el tema el doctor Ortiz D¨ªaz en una obra sufragada por el Estado a trav¨¦s del Centro de Estudios Constitucionales, que dirige el jesuita padre Prieto. Unos estudios sobre el proyecto de Constituci¨®n no pueden ponerse, en este tema, al servicio del grupo de presi¨®n de los colegios religiosos, muy respetable, pero que en todo caso debe tener el contraste de otras posiciones. Por emplear un calificativo suave, es por lo menos curioso que se insista por el doctor Ortiz en las mismas tesis empleadas por el padre Mart¨ªnez Fuertes, y que se desee ampliar la libertad de creaci¨®n de centros, a la de dirig¨ªrlos y gestionarlos al ente titular de los mismos, mientras que se restringe o se considera terna no constitucional el control de profesores, padres y, en su caso, alumnos a que se refiere el anteproyecto en su n¨²mero seis.
Es absolutamente esclarecedor el art¨ªculo del doctor Ortiz para comprobar lo que ya me tem¨ªa, y es que cuando se habla de libertad plena para la ense?anza privada se est¨¢ pensando en los entes titulares de la propiedad de los centros y no en la comunidad escolar (padres, profesores y alumnos). En definitiva, se est¨¢n defendiendo, principalmente, intereses econ¨®micos y no pedag¨®gicos. Lo que se pretende es mantener la situaci¨®n del r¨¦gimen franquista, donde los hombres como el doctor Ortiz, el padre Mart¨ªnez Fuertes y otros, no consideraban que la ense?anza obligatoria en las escuelas de una asignatura totalitaria fuese un atentado a la libertad de ense?anza. Y ten¨ªan raz¨®n, tal como ellos conciben la libertad de ense?anza, en tanto en cuanto, esa asignatura se hac¨ªa compatible con el mantenimiento de sus privilegios.
Parece incre¨ªble los prejuicios que en esta materia persisten, y c¨®mo algunas asociaciones de padres de inspiraci¨®n confesional se dejan todav¨ªa enga?ar por una, propaganda que nos presenta a los socialistas corno estatalistas y como enemigos de la libertad de ense?anza. No se dan cuenta que son instrurnentalizados por intereses ajenos a los suyos propios y que en estos momentos la posici¨®n socialista, al defender el control de la comunidad escolar sobre los centros defiende sus intereses.
Por otra parte, el reconocimiento del derecho a la libre creaci¨®n de centros docentes y el reconocimiento constitucional de las subvenciones son la prueba de que los socialistas no queremos un modelo estatalista, sino pluralista de ense?anza. Pero querer apurar casi reglamentariamente un texto que en la Constituci¨®n debe quedar en perspectivas m¨¢s de principio, es no saber lo que es una Constituci¨®n y querer abusar del deseo de paz y de consenso que tenemos en esta materia.
Por otra parte, el reconocimiento, propuesto por nosotros en la ponencia, y que no estaba en el primer borrador, de que los padres tienen derecho a que sus hijos reciban en los centros docentes la en se?anza religiosa y moral acorde con sus convicciones, y se entiende que tanto en centros p¨²blicos como privados, es un reconocimiento a la libertad religiosa impensable hace unos a?os. A este esfuerzo de los socialistas, que se expres¨® de una manera magistral en el ¨²ltimo pleno del Congreso por Luis G¨®mez Llorente, en una brillante intervenci¨®n, conciliadora y llena de matices, y que se ha manifestado, d¨ªa a d¨ªa, en mi propio trabajo en la ponencia constitucional, se ha contestado con una campa?a desvirtuando y queri¨¦ndonos situar en los a?os treinta en esa ma, teria. El ¨²ltimo bot¨®n de muestra de esa deformaci¨®n de nuestro pensamiento est¨¢ en la cr¨®nica pol¨ªtica del se?or L¨®pez de Pablos, en Ya (16-IV-78) cuando dice, refiri¨¦ndose a Q¨®rnez Llorente, que se desprendi¨® nuestro deseo de dar prioridad a ?la escuela laica? -por el contrar¨ªo, G¨®mez Llorente anunci¨® la posibilidad de ense?anza religiosa en centros estatales y no estatales- y cuando catastr¨®ficamente valora el tema con la pretensi¨®n de acabar, por nuestra parte, con ?la sociedad cristiana occ¨ªdental?. Es lamentable.
De una vez conviene, por consiguiente, dejar claro, aunque me terno que los corifeos del mantenimiento de la confusi¨®n continuar¨¢n su tarea que, a nivel constitucional, el PSOE pretende lo siguiente:
a) El reconocimiento de la ense?anza corno derecho de todos, respecto del cual a los poderes p¨²blicos corresponde una funci¨®n prioritaria para atenderlo.
b) El reconocimiento de una ense?anza obligatoria y gratuita cuyo l¨ªmite no se puede fijar en la Constituci¨®n para poder elevarlo, sin necesidad de una reforma Constitucional, cuando sea posible.
c) La delimitaci¨®n de un objetivo central de la educaci¨®n como pleno desarrollo de la personalidad en el marco de los principios democr¨¢ticos y de los derechos y deberes fundamentales.
d) El derecho de los padres a que sus hijos reciban la formaci¨®n religiosa y moral que est¨¦ de acuerdo con sus convicciones, tanto en los centros p¨²blicos como privados.
e) El derecho de las personas f¨ªsicas y jur¨ªdicas a crear centros docentes.
f) El derecho de los centros; docentes que re¨²nan las condiciones fijadas por la ley a recibir ayuda de la Administraci¨®n.
g) El derecho de los padres, de los profesores y, en su caso, los alumnos, a intervenir en el control y gesti¨®n de todos los centros sostenidos por la Administraci¨®n p¨²blica para que la comunidad escolar partic¨ªpe en el proyecto educativo del centro.
En este marco de derechos, el deber central del Estado y de los dem¨¢s poderes p¨²blicos de atender ese servicio de la educaci¨®n exige una programaci¨®n general de la ense?anza y de la creaci¨®n de centros; el derecho a la inspecci¨®n de todos los centros; la homologaci¨®n del sistema educativo; la expedici¨®n de t¨ªtulos, y, la extensi¨®n progresiva de la ense?anza gratuita y obligatoria.
Adem¨¢s, el marco constitucional debe establecer las competencias en esa materia de las comunidades aut¨®nomas, cuidando especialmente de la promoci¨®n de sus culturas y de sus lenguas, en el marco de la cultura espa?ola y con respeto y promoci¨®n de la lengua castellana, oficial en todo el Estado, y con especial preocupaci¨®n por la integraci¨®n de las comunidades que en ellas viven, sin ghettos ni discriminaciones, con un estatuto jur¨ªdico que favorezca la solidaridad.
Hoy es posible una paz escolar en base a estos principios. Para algunos, sin embargo, la desestabilizaci¨®n de la democracia pasa or crear conflictos donde no los hay y por mantener el foso de las dos Espa?as. Esa es una grave responsabilidad y una mezquindad interesada. Con toda serenidad, tenemos que decir a todos los hombres de buena voluntad que estoy seguro que son la mayor¨ªa de nuestros ciudadanos, que no caigan en esa trampa y que, en base a unos planteamientos racionales como los que aqu¨ª se apuntan, es, sin duda, posible restablecer el consenso constitucional en materia de educaci¨®n y de ense?anza.
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