Los profesores de religi¨®n de bachillerato son funcionarios de empleo
El Tribunal Supremo ha reconocido a los profesores de religi¨®n de los institutos nacionales de bachillerato, la condici¨®n de funcionarios de empleo del Ministerio de Educaci¨®n, seg¨²n una sentencia que acaba de dictar, de la que informa Europa Press.
La sentencia ha sido dictada tras la demanda presentada por un grupo de 241 profesores de religi¨®n y directores espirituales de los centros de bachillerato estatales, por la que se reclamaba la equiparaci¨®n acad¨¦mica y retributiva con los catedr¨¢ticos y agregados de las otras asignaturas o con el profesorado interino y contratado de las otras materias.
El Supremo reconoce la ?injusta discriminaci¨®n? de que ha sido objeto el profesorado de religi¨®n, desde 1965 establece que el Ministerio debe ?fijar su remuneraci¨®n en forma an¨¢loga a la establecida para el profesorado interino y con tratado?; que el Ministerio debe ponerse de acuerdo con la jerarqu¨ªa eclesi¨¢stica en orden a fijar las retribuciones, porque ?la Administraci¨®n no es soberana por s¨ª so la para fijarlas, al tratarse de materia concordataria?; que la Administraci¨®n no puede inhibirse de la obligaci¨®n de fijar esas retribuciones ni alegar falta de cr¨¦ditos presupuestarios, ya que estos ser¨¢n una consecuencia del derecho que se declara y, finalmente, que la jerarqu¨ªa ?no va a obstaculizar el convenio, pues ?no tiene que so portar la carga econ¨®mica, ya que su misi¨®n es, en cierto modo, tutelar?.
La sentencia del Tribunal Supremo abarca, tanto al Ministerio de Educaci¨®n, como al de Hacienda, en cuanto a la parte demandada, y por lo que respecta a los recurrentes, a todo el personal de la docencia religiosa de los institutos.
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