Oposici¨®n generalizada a las obras de ampliaci¨®n del puerto de Huelva
Asociaciones de vecinos, representantes de colegios profesionales y partidos pol¨ªticos de izquierda han presentado ante la Delegaci¨®n Provincial de Obras P¨²blicas y Urbanismo, dentro del tr¨¢mite de informaci¨®n p¨²blica, un escrito de alegaciones solicitando que se deniegue la aprobaci¨®n del plan parcial del Nuevo Puerto (ampliaci¨®n), tendente a potenciar las actividades industriales del polo de desarrollo de Huelva.Las alegaciones se centran en el m¨¦todo autoritario con el que se ha procedido a la elaboraci¨®n del plan, en las irregularidades de tipo urban¨ªstico, la influencia negativa de las industrias a instalarse sobre terrenos agr¨ªcolas pr¨®ximos y los posibles efectos de degradaci¨®n del medio ambiente y la agravaci¨®n de la problem¨¢tica econ¨®mica planteada por el tipo de desarrollo que se viene imponiendo a la provincia.
Acerca del procedimiento, los impugnantes consideran que el plan se ha elaborado de forma centralista y sin responder, por tanto, a las necesidades y deseos de las ¨¢reas afectadas, que s¨®lo podr¨¢n intervenir en esta fase de informaci¨®n p¨²blica ?cuando los datos de partida, los objetivos y la planificaci¨®n ha sido efectuada y, como en el caso que nos ocupa, incluso realizadas las expropiaciones de la zona sobre la que se act¨²a?. La planificaci¨®n, por otra parte, se hace con sometimiento a los intereses empresariales y legalizaci¨®n de las situaciones preestablecidas, puesto que antes de la aparici¨®n p¨²blica del plan ya sal¨ªa en el Bolet¨ªn Oficial de la provincia la solicitud de licencia de obras hecha por Uni¨®n de Explosivos Riotinto, SA, para ubicar una gran planta industrial en los terrenos afectados por el plan.
En el plano urban¨ªstico, la resoluci¨®n que hace p¨²blico el plan parcial indica, textualmente, que ¨¦ste se realiza en cumplimiento de la ley del Suelo de 1956, que ya ha sido derogada y sustituida por un nuevo texto, en 1976. Ello supone una ignorancia imperdonable del Instituto Nacional de Urbanizaci¨®n acerca de la principal de las leyes vigentes sobre la materia, leyes, por otro lado, reiteradamente vulneradas por ir en contra de los planes generales de Moguer y Palos de la Frontera y desarrollarse sobre terrenos previamente expropiados. No es extra?o, pues, qu¨¦ el plan no vaya firmado por sus redactores ni visado por los correspondientes colegios profesionales.
Otros aspectos que el plan impugnado pr¨¢cticamente ignora o trata de modo superficial son los efectos nocivos que la implantaci¨®n de la gran industria en la zona podr¨ªa ocasionar a la explotaci¨®n agr¨ªcola sur-hort¨ªcola, cercana a la Laguna de las Madres, o el enorme consumo de agua que precisar¨ªa su puesta en marcha (138.000 millones de metros c¨²bicos al a?o), con la consiguiente y cuantiosa inversi¨®n p¨²blica.
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