Bastar¨¢ mayor¨ªa simple para que el Gobierno gane la cuesti¨®n de confianza
La Comisi¨®n Constitucional del Senado acept¨® la propuesta in voce de UCD seg¨²n la cual la confianza se entender¨¢ otorgada por el Congreso al Gobierno que plantee dicha cuesti¨®n sobre su programa o sobre una declaraci¨®n de pol¨ªtica general cuando vote a favor de la misma la mayor¨ªa simple de los diputados. El proyecto de Constituci¨®n exig¨ªa el voto favorable de la mayor¨ªa absoluta. Esta fue la modificaci¨®n m¨¢s importante introducida ayer en los seis primeros art¨ªculos del t¨ªtulo quinto del proyecto de Constituci¨®n, que regula las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.En cambio, no prosperaron las enmiendas que intentaron modificar la moci¨®n de censura constructiva -consistente en la inclusi¨®n de un candidato a la presidencia del Gobierno junto a la propuesta de moci¨®n-, o suprimirla, como pretendieron el senador Carlos Ollero (Agrupaci¨®n Independiente) y Bel¨¦n Land¨¢buru (Grupo Mixto).
Los argumentos del se?or Ollero en contra de la moci¨®n de censura que establece el proyecto de Constituci¨®n lo desarroll¨® extensamente. Estim¨® que la regulaci¨®n citada hace posible la irresponsabilidad pol¨ªtica del Gabinete, perturba la funci¨®n del jefe del Estado de arbitrar y moderar el funcionamiento de las instituciones, as¨ª como la relaci¨®n de ¨¦ste con el presidente, al admitir dos clases de jefe de Gobierno: el propuesto por el Rey y el impuesto por la C¨¢mara a trav¨¦s de la moci¨®n de censura.
Asimismo la se?orita Land¨¢buru pidi¨® la supresi¨®n del car¨¢cter constructivo de la moci¨®n de censura, para evitar que el Rey quede sin posibilidad de nombrar presidente de Gobierno en los casos en que se plantee dicha moci¨®n.
En el art¨ªculo 101, UCD retir¨® una enmienda por la que propon¨ªa que el Gobierno pueda formular declaraciones de pol¨ªtica general ante una u otra C¨¢mara ?o ante las dos C¨¢maras conjuntamente?. El senador de este grupo hizo suya la enmienda, que fue rechazada con las abstenciones de su grupo. La mayor¨ªa de los art¨ªculos de este t¨ªtulo aprobados lo fueron por asentimiento de la Comisi¨®n. En el debate sobre el articulo 105, el se?or Ollero mantuvo que la estabilidad de los Gobiernos no debe confundirse con la estabilidad del sistema pol¨ªtico, que es lo que importa. El se?or L¨®pez Henares estim¨® que un elemento de esa ¨²ltima estabilidad es asegurar la m¨ªnima permanencia de los Gobiernos.
M¨¢s tarde, a prop¨®sito del art¨ªculo que regula la moci¨®n de censura, el se?or Ollero concluy¨® afirmando que si determinados textos consensuados por los dos partidos mayoritarios tienen como objeto consolidar situaciones pol¨ªticas moment¨¢neas, ser¨ªa preferible que el consenso desembocara en la coalici¨®n entre estas dos fuerzas, sin atentar contra el sistema democr¨¢tico que pretende dise?ar la Constituci¨®n. El portavoz del PSI, Manuel Villar, rechaz¨® los argumentos de Bel¨¦n Land¨¢buru sobre la existencia de dos clases de presidentes de Gobierno, con base en la moci¨®n de censura constructiva. Se, manifest¨® en contra de los vac¨ªos de poder y a favor de la existencia de un Gobierno, aunque ¨¦ste haya de ser d¨¦bil desde el punto de vista del respaldo parlamentario.
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