La ley de convenios no lesiona el derecho de huelga
La contestaci¨®n de los dos grandes sindicatos al proyecto de ley de convenios colectivos aprobado por el ¨²ltimo Consejo de Ministros parece haber inducido al ministro de Trabajo a introducir sustanciales modificaciones en el texto que, definitivamente, fue remitido ayer a las Cortes para su debate por el tr¨¢mite de urgencia, con el fin de que la negociaci¨®n colectiva prevista para los pr¨®ximos tres meses pueda regirse por la nueva norma. La variaci¨®n fundamental afecta al derecho de huelga.
La principal modificaci¨®n introducida en el texto aprobado por el Gobierno suprime la obligatoriedad de que los convenios regular¨¢n, entre otros aspectos, la paz social, lo que equival¨ªa a declarar ilegal la huelga durante la vigencia. del pacto. Esta circunstancia justificaba el calificativo de anticonstitucional con que los sindicatos hab¨ªan calificado el primitivo proyecto de ley. No obstante, el texto mantiene la posibilidad de que los convenios puedan regular la paz social a trav¨¦s de las obligaciones que se pacten.En cuanto al l¨ªmite de representatividad de los sindicatos para su legitimaci¨®n como interlocutores en la negociaci¨®n colectiva, se mantiene el m¨ªnimo de un 10% de los delegados de personal o comit¨¦s de empresa del ¨¢mbito geogr¨¢fico o funcional a que se refiera el convenio, pero como disposici¨®n transitoria se admite la reducci¨®n de este tope hasta un 8 % ?hasta que se hayan celebrado elecciones sindicales que afecten al menos al 70% de trabajadores inclu¨ªdos en empresas en las que pueda efectuarse su celebraci¨®n?. La Uni¨®n Sindical Obrera, conforme con el l¨ªmite del 10% en una situaci¨®n sindical clarificada, solicitaba que transitoriamente se fijara este tope entre un 5 y un 7%.
Tambi¨¦n se mantiene la exclusi¨®n de esta ley del funcionariado y trabajadores al servicio de la Administraci¨®n p¨²blica, aspecto que los sindicatos consideraban igual mente anticonstitucional. En el pre¨¢mbulo del proyecto se insiste reiteradamente que el principio inspirador de la nueva norma persigue sustituir un r¨¦gimen de intervencionismo y correlativo bloqueo en las relaciones laborales por un sistema de libertad y correlativa responsabilidad de los interlocutores naturales de esas mismas relaciones.
No obstante, mediante la correspondiente disposici¨®n adicional, se autoriza al Ministerio de Trabajo para derogar total o parcialmente las reglamentaciones de trabajo y ordenanzas laborales con un preaviso de seis meses a las representaciones de las partes incluidas en su ¨¢mbito.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.