Dios y el c¨¦sar
LAS CONVERSACIONES entre el Estado espa?ol y la Iglesia, preparatorias de los acuerdos espec¨ªficos que en su d¨ªa van a sustituir al actual Concordato, vigente desde hace m¨¢s de un cuarto de siglo, van bastante adelantadas, aunque no pueden llegar a su definitiva formalizaci¨®n hasta tanto la Constituci¨®n no haya sido aprobada por el pueblo espa?ol. Y ello porque muchos de los temas afectados est¨¢n pendientes, por el lado civil, de su configuraci¨®n final.La trampa, literalmente saducea -que de ah¨ª viene el calificativo-, que, seg¨²n los Evangelios, le fuera tendida a Cristo sobre la obediencia a los poderes civil y religioso y su compatibilidad fue resuelta con la archisabida f¨®rmula que reconoc¨ªa y separaba las obligaciones para con Dios y el c¨¦sar. En el ¨²ltimo tercio del siglo, Espa?a se dispone a seguir esa inspiraci¨®n evang¨¦lica, durante tan largo tiempo desatendida, tanto por los eclesi¨¢sticos como por los laicos. Seg¨²n el proyecto de Constituci¨®n, nuestro Estado no ser¨¢ confesional. El constantinismo, que en nuestro pa¨ªs revisti¨® los caracteres del llamado nacionalcatolicismo, ha llegado a su fin. S¨®lo la ultraderecha podr¨ªa so?ar a¨²n con una situaci¨®n que desembocara en una nueva guerra de las investiduras.
Es un hecho sociol¨®gico indiscutible, sin embargo, que en Espa?a existe un elevado porcentaje de poblaci¨®n cat¨®lica. A este respecto, las modernas t¨¦cnicas de investigaci¨®n social podr¨ªan arrojar una luz definitiva. La discusi¨®n sobre el n¨²mero de cat¨®licos practicantes en Espa?a no debe ser ya m¨¢s objeto de discusiones impresionistas o de eslogan. El dinero que se gasta en los sondeos de opini¨®n bien pudiera aplicarse a despejar una inc¨®gnita cuya soluci¨®n temen tal vez tanto los que convierten el catolicismo en sinonimia de espa?olidad como los que piensan que todos los espa?oles son como aquel republicano agn¨®stico que tan bien describiera Clar¨ªn en La regenta. Por lo dem¨¢s resulta evidente que cat¨®lico practicante no es lo mismo que cat¨®lico por fe de bautismo. Es muy probable que la gran mayor¨ªa de nuestros conciudadanos agn¨®sticos -o conversos a -otras religiones- hayan sido bautizados al nacer.
En cualquier caso, todo parece indicar el peso sociol¨®gico inconcuso de las creencias y pr¨¢cticas m¨¢s o menos regulares del catolicismo en nuestro pa¨ªs. El respeto a la fe de los ciudadanos, y a su derecho a educar a sus hijos seg¨²n sus preceptos, entra de lleno en la doctrina general de los derechos humanos y las libertades ciudadanas. M¨¢s delicado de establecer resulta articular el ejercicio de estos derechos y libertades con las obligaciones de la Administraci¨®n a la hora de asignar partidas del gasto p¨²blico para la subvenci¨®n de los centros de ense?anza privados de ¨ªndole religiosa, el mantenimiento del patrimonio art¨ªstico de la Iglesia y los ingresos del clero secular y de las ¨®rdenes religiosas.
En el campo de la ense?anza parece obligado que el Estado aplique criterios de estricta justicia en la distribuci¨®n de los recursos a los centros privados de distinta orientaci¨®n. Tan absurdo e injusto ser¨ªa un Estado anticlerical que negar¨¢ toda ayuda a los centros religiosos como aquel que se la concediera entera y sin ning¨²n control democr¨¢tico. Mayor dificultad puede haber en la definici¨®n de los principios para la financiaci¨®n, con los presupuestos del Estado, de la Iglesia cat¨®lica espa?ola.
La nota oficial hecha p¨²blica, tras la reuni¨®n de ayer en el Ministerio de Hacienda entre las delegaciones del Gobierno espa?ol y la Nunciatura, apunta en una direcci¨®n prometedora. Las declaraciones hechas al diario Informaciones por el protovicario apost¨®lico de la di¨®cesis de Madrid, Jos¨¦ Mar¨ªa Mart¨ªn Patino (v¨¦ase p¨¢gina 22 de este mismo n¨²mero), matizan y completan estas buenas expectativas.
En este momento, el Estado subvenciona a la Iglesia espa?ola aproximadamente con unos 6.000 millones de pesetas anuales, a trav¨¦s de la Conferencia Episcopal. A unos podr¨¢ parecer que se trata de una cantidad excesiva y a otros muy escasa, dada la envergadura de la infraestructura eclesi¨¢stica en el pa¨ªs. En todo caso, se trata de una cifra convencional desde el punto de vista del contribuyente. Como ha indicado el padre Patino, ?los fondos p¨²blicos de los espa?oles no pueden ir indiscriminadamente a una confesi¨®n religiosa, sino a aquella que determine cada creyente?. El procedimiento para conseguirlo es elemental: preguntar a los contribuyentes. El poder civil no debe entrar en disquisiciones religiosas, en estimaciones aproximativas, ni en una arbitraria operaci¨®n distributiva: ?Tiene que preguntar al ciudadano a qu¨¦ religi¨®n o para qu¨¦ fines quiere destinar sus fondos, ? Queda ahora por determinar la cuant¨ªa del impuesto que va a ser exigida a los contribuyentes, formulada como un porcentaje de su contribuci¨®n global a los fondos p¨²blicos. El sistema alternativo de que la Iglesia constituyera su propio sistema fiscal no parece viable.
Por ¨²ltimo, quedan (los aspectos m¨¢s espinosos: las exenciones fiscales y el patrimonio art¨ªstico de la Iglesia espa?ola. Sea cual fuere la soluci¨®n que se arbitre para estos dos ternas, la prioridad es clara: el servicio a la comunidad del pueblo espa?ol en su conjunto. Las exenciones ficales no deben aplicarse, en ning¨²n caso, a bienes productivos, o a bienes muebles o inmuebles de uso exclusivo de una comunidad restringida. Y los beneficios y exenciones del patrimonio art¨ªstico deben tener como contraprestaci¨®n que el pueblo espa?ol pueda utilizarlo y disfrutarlo. Si la Iglesia es la tenedora del patrimonio art¨ªstico e hist¨®rico que ha conservado y reunido a lo largo de los siglos, no hay que olvidar que su verdadero propietario es no s¨®lo la corn unidad de los creyentes, sino la totalidad del pueblo espa?ol.
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