Los abogados de los procesados por el atentado de Atocha podr¨¢n presenciar interrogatorios
El Juzgado Central n¨²mero 1 de la Audiencia Nacional, que instruye el sumario por la matanza de la calle de Atocha, ha desestimado el recurso interpuesto por la acusaci¨®n particular contra la presencia de los abogados defensores de los procesados en los interrogatorios de personas citadas para declarar en torno al atentado, informa Europa Press.
El magistrado-juez, Rafael G¨®mez Chaparro, ha mantenido la tesis de que debe permanecer en la prueba testifical la asistencia de los abogados de los procesados. Para ello se ha basado en que el propio texto legal -los art¨ªculos 302 y 316, en relaci¨®n con el 435, de la ley de Enjuiciamiento Criminal- es ambiguo y que las dos posiciones (el estar presentes o no) ser¨ªan factibles con el texto legal vigente.A?ade el se?or Gim¨¦nez Chaparro que, seg¨²n el art¨ªculo 3 del C¨®digo Civil, los textos legales se han de interpretar conforme a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicados y que, como se da la circunstancia de que en el momento actual -en el proyecto constitucional y en un proyecto de ley enviado ya a las Cortes- se ha mantenido que podr¨¢n intervenir los letrados, no a los veinte meses de ocurridos los hechos, como es el caso presente, sino desde el momento mismo de la detenci¨®n, de acuerdo con esta tendencia se ha optado por la presencia de los letrados de la defensa.
El propio juzgado se?ala que en el planteamiento que se ha hecho se resuelve no s¨®lo un problema procesal, sino una garant¨ªa para la dignidad humana, aunque los procesados en cualquier supuesto hayan podido cometer actos crueles o despiadados.
Dado que el recurso del ahogado acusador, Antonio Rato, anunciaba subsidiariamente el de apelaci¨®n, ahora el asunto depende de la secci¨®n primera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional. Posiblemente cuando la sala resuelva y se cite nuevamente a los testigos propuestos por la acusaci¨®n particular la Constituci¨®n ya est¨¦ aprobada y se permita la presencia de los abogados de la defensa en la realizaci¨®n de la prueba testifical.
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