Hoy entra en vigor el reglamento que permite declarar en ruinas medio Madrid
Hoy entra en vigor el Reglamento de Disciplina Urban¨ªstica, que desarrolla la ley del Suelo de 1976, de acuerdo con el cual ser¨ªa posible derribar legalmente la mitad de los edificios actualmente existentes en Madrid (v¨¦ase EL PAIS del 26 de septiembre). Tal posibilidad viene dada por la permisividad con que ha sido redactado el cap¨ªtulo del Reglamento que establece las condiciones que ha de reunir un edificio para poder ser declarado en ruina. Sin embargo, esta parte del Reglamento referida a las ruinas s¨®lo estar¨¢ en vigor durante unos pocos d¨ªas, los que sean estrictamente necesarios para que un pr¨®ximo Consejo de Ministros apruebe un decreto derog¨¢ndola (v¨¦ase EL PAIS del 5 de octubre).La raz¨®n por la que ese decreto derogatorio no haya entrado todav¨ªa en vigor est¨¢ en el hecho de que la reuni¨®n de subsecretarios, preparatoria del Consejo de Ministros, que deb¨ªa haberse celebrado el mi¨¦rcoles de la semana pasada, no pudo realizarse por la imposibilidad de que el ministro de la Presidencia, Jos¨¦ Manuel Otero, asistiera a la misma, ya que hubo de estar presente en los funerales del papa Juan Pablo I.
Por estas razones, el Reglamento citado, con su carga de inoportunidad y de permisividad, va a permanecer durante unos cuantos d¨ªas en vigor. Te¨®ricamente, una vez entrado en vigor el Reglamento -lo que sucede hoy- cualquier persona puede solicitar legalmente de la Gerencia Municipal de Urbanismo la declaraci¨®n de ruina de un edificio, bas¨¢ndose ¨²nicamente en presuntas deficiencias sanitarias. Y, tambi¨¦n te¨®ricamente, el gerente municipal de Urbanismo se ver¨ªa obligado, por fuerza de ley, a aceptar tal solicitud y darle curso. Y el expediente abierto con este motivo no podr¨ªa ya cerrarse por el hecho de que el Reglamento fuera derogado, ya que su apertura habr¨ªa coincidido con los pocos d¨ªas en que permanecer¨¢ en vigor.
Cambiar el concepto de ruina
Con todo, todo esto es especular con el ansia de los promotores inmobiliarios y de los propietarios del suelo urbano madrile?o. Para Bernardo Ynzenga, director general de Urbanismo del Ministerio de Obras P¨²blicas y, por tanto, responsable directo del Reglamento aprobado y de su posible derogaci¨®n, la filosof¨ªa de la declaraci¨®n de ruinas debe modernizarse. ?Cuando se aprob¨® la ley del Suelo de 1956 la ruina se utiliz¨® para recoger una situaci¨®n que favorec¨ªa la modernizaci¨®n del patrimonio urbano, contraria a una pol¨ªtica de conservaci¨®n y rehabilitaci¨®n de los centros urbanos.?La oportunidad para poder cambiar la filosof¨ªa de la ruina est¨¢ ahora mismo en las Cortes, en manos de la Comisi¨®n de Obras P¨²blicas y Urbanismo. Esta Comisi¨®n est¨¢ estudiando el proyecto de ley de valoraci¨®n del suelo, y en un apartado de dicha ley se contempla -como ya se hizo en la ley del Suelo- el concepto mismo de ruina. Si el actual equipo del Ministerio de Obras P¨²blicas y Urbanismo, mediante las oportunas enmiendas presentadas por diputados de UCD, consigue cambiar el concepto, al tener el mismo rango que la ley del Suelo, ¨¦sta quedar¨ªa autom¨¢ticamente modificada por la de Valoraciones.
?Lo que ha demostrado el Reglamento de Disciplina Urban¨ªstica ha sido precisamente eso: la necesidad de que se modifique el concepto mismo de ruina, que ya se viene arrastrando desde la ley del Suelo de 1956?, termin¨® asegurando a EL PAIS el se?or Ynzenga.
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