El Ayuntamiento de Madrid discrimina a la mujer
Candidata por ORT a la alcald¨ªa de MadridSeg¨²n el informe publicado en EL PA?S SEMANAL de 5 de noviembre, resultado de una encuesta a muestra representativa de madrile?os, el 53%, el 66% y el 62% de los entrevistados opinaban que la estatura, el color del pelo y el peso, respectivamente, no eran aspectos importantes a considerar en el futuro alcalde. Pero s¨ª es importante, por lo visto, que el alcalde sea var¨®n o mujer. El 58,9% opinaba que deb¨ªa ser var¨®n.
No pretendo, en absoluto, negar objetividad y rigor a la encuesta. Al contrario, la doy por v¨¢lida e intento avanzar y profundizar en el dato.
En cierto modo, ese resultado es l¨®gico. No est¨¢n acostumbrados los ciudadanos de este pa¨ªs a ver demasiadas mujeres en los ayuntamientos. En 1964, s¨®lo 62 mujeres ocupaban el puesto de alcalde y s¨®lo 685 el de concejal, en todo el Estado.
A las notas que han caracterizado los ayuntamientos del franquismo (uniformidad, impenetrabilidad, administrativizaci¨®n, etc¨¦tera) hay que a?adir otra que no suele estar recogida en los tratados sobre el tema: su discriminaci¨®n a la mujer.
?Puede extra?ar, si los ayuntamientos -como la Administraci¨®n toda, como la sociedad toda- se han regido por normas discriminatorias, que tal porcentaje de madrile?os estime que el alcalde de Madrid debe ser var¨®n?
De los resultados de una encuesta realizada ya hace alg¨²n tiempo por el Instituto de Estudios de la Administraci¨®n Local se deduce que mientras las ?alcaldesas? tienen las mismas dificultades que los alcaldes para el desempe?o de sus cargos, las ?concejalas? tienen, adem¨¢s de los problemas inherentes al cargo, los derivados de su condici¨®n de mujer, cortapisas, limitaciones y restricciones que imponen los se?ores alcaldes.
No basta con que Espa?a se ponga al d¨ªa en la firma de declaraciones de la ONIT que no hab¨ªan recibido a¨²n respaldo oficial. Es preciso llevarlas consecuentemente a la pr¨¢ctica.
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprob¨®, en 1967 una Declaraci¨®n sobre Eliminaci¨®n de la Discriminaci¨®n contra la Mujer.
?Existen en el Ayuntamiento de Madrid leyes, costumbres, reglamentos y pr¨¢cticas que constituyen una discriminaci¨®n contra la mujer? Veamos.
Si una mujer quiere concurrir a alg¨²n puesto de trabajo del Ayuntamiento madrile?o, nos encontramos con el siguiente cuadro:
Primero. Hay trabajos que pueden ser ocupados por la mujer, como pueden serlo por el var¨®n, tales como t¨¦cnicos de la Administraci¨®n, ?general o especial?, auxiliares administrativos, ATS, profesores especiales, auxiliares tituladas de archivos, celadoras, cocineras, amas de gobierno, telefonistas, etc¨¦tera.
Segundo. Hay otros cuerpos especiales de mujeres, en los que trabajan tambi¨¦n hombres, tales como profesoras de educaci¨®n f¨ªsica, operarias de limpieza, visitadoras sanitarias, vigilantes de evacuatorios, asistentes sociales, costureras, gobernantas, etc¨¦tera.
Entre estos cuerpos especiales cabe destacar en la Polic¨ªa Municipal la quinta agrupaci¨®n, la femenina, de Polic¨ªa Femenina. de Tr¨¢fico, cuya denuncia acerca de un mayor rigor con esa agrupaci¨®n que con el resto por parte del inspector de disciplina, adem¨¢s de otros extremos, se ha hecho recientemente p¨²blica en los medios informativos.
Tercero. Existe, adem¨¢s, un conjunto de trabajos en el Ayuntamiento de Madrid que impiden el acceso a la mujer porque en los concursos-oposiciones para provisi¨®n de plazas se exige, entre otros requisitos, el de ?ser var¨®n?.
Como es de suponer, no existe en el Ayuntamiento estudio alguno que d¨¦ cuenta de su propia pr¨¢ctica discriminatoria.
Con posibilidad de incurrir en alg¨²n error, los cuerpos para los que se exige necesariamente ser var¨®n y se discrimina, por tanto, a la mujer, son los siguientes: artes gr¨¢ficas (Administraci¨®n especial), recaudadores, abastos (mataderos y mercados, saneamiento, operaciones de limpieza, parques y jardines, bomberos, centros de protecci¨®n animal (operarios), talleres generales...
?Es posible que alguien pregunte -remedando el t¨ªtulo de una conocida pel¨ªcula- ??Qu¨¦ hace una mujer en un sitio o puesto de trabajo como ¨¦se (los citados)?? En las empresas privadas, con trabajos similares a los citados, trabajan mujeres. Por otro lado, ?c¨®mo puede defenderse que la atenci¨®n a los parques y jardines municipales deba ser exclusivamente prestada por quienes son varones? ?C¨®mo puede excluirse de esta tarea el 52% de la poblaci¨®n? ?D¨®nde te han dejado, pobre literatura rom¨¢ntica -y antifeminista- que asociaba a la mujer a la flor!
Francisco Umbral (v¨¦ase EL PA?S del 10 de noviembre), en uno de sus excelentes trabajos imaginativos, cuenta que Carmen D¨ªez de Rivera lo que quiere ser -y as¨ª se lo pide a Tierno Galv¨¢n- es delegada municipal de Parques y Jardines. Podr¨ªa serlo en cuanto que ¨¦se es un cargo de directo nombramiento del alcalde (uno de los aspectos este de los concejales representativos, a revisar en la ley Especial de Madrid), pero no podr¨ªa serlo, ni ella ni muchas miles de C¨¢rmenes, si deseara ingresar en el Departamento Municipal de Parques y Jardines de Madrid.
Debe cesar esta pr¨¢ctica discriminatoria del Ayuntamiento madrile?o.
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