El nuevo Documento Nacional de Identidad, costar¨¢ doscientas pesetas
El nuevo Documento Nacional de Identidad costar¨¢ al ciudadano doscientas pesetas de tasas, seg¨²n dictamin¨® ayer la Comisi¨®n de Hacienda del Congreso de los Diputados. La comisi¨®n comenz¨® ayer tambi¨¦n el estudio del proyecto de ley del Impuesto sobre Sociedades, y eligi¨® nuevos vicepresidente primero, cargo que recay¨® en Manuel de Sarraga, de UCD, y secretario primero, para el que fue elegido Enrique Beltr¨¢n, del mismo grupo.
El proyecto de ley de elevaci¨®n de la tasa del DNI responde al cambio de formato del documento, que en adelante ser¨¢ fabricado con un material especial e impreso con sistemas qu¨ªmicos, que lo hacen pr¨¢cticamente indestructible.El principal debate en torno al art¨ªculo seis, donde se se?ala la tasa, que para UCD deb¨ªa ser de trescientas pesetas -costo aproximado del nuevo documento-, y para el PSOE s¨®lo de 150 pesetas. Los socialistas argumentaron que el,Estado deb¨ªa pagar la mitad, puesto que el DNI es de clara utilidad para la Administraci¨®n. Finalmente, el diputado de UCD Jaime Garc¨ªa A?overos propuso doscientas pesetas como f¨®rmula de compromiso, que fue aceptada. Para casos de extrav¨ªo o renovaci¨®n anticipada, se pagar¨¢n cuatrocientas pesetas de tasa.
Impuesto sobre Sociedades
El estudio del proyecto de ley del Impuesto sobre Sociedades comenz¨®, por acuerdo un¨¢nime de la comisi¨®n, por el art¨ªculo, ocho, para dar oportunidad a los diputados catalanes, que hoy deber¨¢n asistir al debate del estatuto de autonom¨ªa de Catalu?a, para que defendieran las enn¨²endas que tienen presentadas a esta parte del articulado.
Tras numerosas enmiendas al art¨ªculo ocho, que trata sobre el domicilio fiscal de los sujetos pasivos en el sentido de una mayor igualdad territorial, que fueron rechazadas, se aprob¨® una propuesta de UCD para que en los casos en que resulte dudoso el domicilio fiscal prevalezca aqu¨¦l en donde exista mayor capital inmovilizado.
El resto de la sesi¨®n de la ma?ana se emple¨® en el debate del art¨ªculo trece, en el que fueron rechazadas todas las enmiendas aprobadas, excepto una de UCD, por la que el art¨ªculo establ¨¦ce que los intereses, alquileres y dem¨¢s contraprestaciones de la cesi¨®n de elementos patrimoniales, cuando no se transmita su propiedad, se computen en la base imponible de este impuesto.
En la sesi¨®n de la tarde se comenz¨® por el art¨ªculo catorce, relativo a partidas no deducibles, que fue aprobado conforme al' dictamen de la ponencia. Esta ha introducido dos variaciones respecto al proyecto remitido por el Gobierno, que afectan a dos apartados.
Seg¨²n estas modificaciones, son partidas no deducibles las multas y sanciones establecidas por un ente p¨²blico y que no tengan origen contractual, as¨ª como las libralidades, cualquiera que sea su denominaci¨®n, salvo ciertas excepciones recogidas en la misma ley.
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