Proyecto para que los casados y viudos queden exentos del servicio militar
La posibilidad de exenci¨®n del servicio militar para los reclutas casados y viudos, una nota sobre el ataque al pesquero Cruz del Mar, que ofrecemos en la p¨¢gina 19 de este mismo n¨²mero, y la convocatoria de una reuni¨®n informativa del Gobierno para el pr¨®ximo lunes d¨ªa 4 en la que ?se har¨¢ un estudio de diversos temas de car¨¢cter econ¨®mico?, son las notas m¨¢s destacadas del Consejo de Ministros celebrado ayer, extraordinariamente breve -se prolong¨® desde la una a las cuatro de la tarde- y sin temas de relevancia, al menos entre los que han trascendido.
El tema de mayor alcance entre los que se han hecho p¨²blicos es la remisi¨®n a las Cortes de un proyecto de ley para modificar el art¨ªculo 30 de la ley General del Servicio Militar, que regula la pr¨®rroga de primera clase ?por ser el interesado sost¨¦n de su familia en l¨ªnea ascendente o colateral en segundo grado, en las condiciones que indique el reglamento?.Este supuesto exclu¨ªa a los casados o viudos, por lo que el proyecto propone que el p¨¢rrafo correspondiente del mencionado art¨ªculo quede redactado de la siguiente forma: ?Primera clase: por ser el interesado sost¨¦n de su familia en las condiciones que indique el reglamento.?
La pr¨®rroga de primera clase viene regulada en el art¨ªculo 231 del Reglamento del Servicio Millitar, que establece que ?los reclutas excluidos temporalmente del contingente anual por disfrutar pr¨®rroga de incorporaci¨®n a filas por sost¨¦n de familia pasar¨¢n revisi¨®n obligatoria en el tercer a?o siguiente al del alistamiento. Si en esta revisi¨®n subsisten las causas que la motivaron, quedar¨¢n exentos del servicio militar activo y pasar¨¢n a la situaci¨®n de reserva?.
Esta pr¨®rroga, que, en definitiva, desemboca en la exenci¨®n del servicio, es a la que podr¨¢n acogerse los casados y viudos una vez que se modifique la ley.
La nota oficial sobre este proyecto de modificaci¨®n explica que:
- En cada contingente anual que se incorpora a filas para el cumplimiento del servicio militar se da el caso de que un determinado porcentaje de reclutas est¨¢ casado, con uno o m¨¢s hijos, y viudos en iguales circunstancias.
- En la ley 55/1968 General del Servicio Militar no est¨¢ contemplado expl¨ªcitamente este supuesto, cuando se establecen las circunstancias por las que pueden concederse exenciones y reducci¨®n en la prestaci¨®n del mismo.
- Determinada la compatibilidad de las necesidades primordiales de los Ej¨¦rcitos con la posibilidad de proteger a estas familias, se abord¨® para 1978 la aplicaci¨®n de medidas de car¨¢cter excepcional haciendo uso, por analog¨ªa, de las facultades que se establecen en los art¨ªculos 61.6 y 62.1 de dicha ley 55/1968, en tanto se dicten otras para el futuro.
- Consecuencia de ello, en Consejo de Ministros del d¨ªa 14 de abril de 1978, fue aprobado un acuerdo por el que se conced¨ªan exenciones del servicio militar activo y reducciones del servicio militar en filas al personal de tropa casado o viudo con hijos del reemplazo de 1977 y agregados al mismo.
- Por aplicaci¨®n de este acuerdo fue dictada la orden de 17 de abril de 1978 (BOE n¨²mero 101, de 28-4-78).
A la vista de la evoluci¨®n social de Espa?a, se puede considerar que este problema va a tener car¨¢cter permanente, teniendo en cuenta que, como se ha indicado, esta necesidad de evitar que estas familias se queden en desamparo econ¨®mico no est¨¢ contemplada en la ley del Servicio Militar, es preciso modificarla en este sentido, para disponer de las medidas legales que permitan resolver esta situaci¨®n con el indicado car¨¢cter permanente.
- Las condiciones para solicitar y obtener las pr¨®rrogas de primera clase est¨¢n regladas en los art¨ªculos 275 y siguientes del Reglamento del Servicio Militar, pero ser¨¢ necesaria la adecuaci¨®n de algunos de estos art¨ªculos para incluir como familiares a los hijos y concretar tanto las circunstancias que deben concurrir como los extremos que se deben acreditar.
- Para ello, deber¨¢ tramitarse un decreto que modifique los art¨ªculos del reglamento que sean necesarios, y que requerir¨¢ dictamen de la Comisi¨®n Permanente del Consejo de Estado (art¨ªculo 10.6 de la ley de R¨¦gimen Jur¨ªdico de la Administraci¨®n del Estado), una vez que se promulgue la ley que modifica la ley 55/68.
- Ahora bien, considerando el plazo de tiempo que llevar¨¢ la realizaci¨®n de los tr¨¢mites previstos para la promulgaci¨®n de la ley 55/68, y la correspondiente del reglamento, ser¨¢ necesario adoptar, en relaci¨®n con el contingente que se incorpore en 1979, id¨¦ntica medida a la tomada para el contingente de 1978.
Relaciones con la CEE
El ministro para las Relaciones con las Comunidades Europeas expuso al Consejo de Ministros las l¨ªneas principales del dictamen favorable de la Comisi¨®n de Bruselas sobre la solicitud de incorporaci¨®n de Espa?a a la CEE. El se?or Calvo Sotelo mantuvo ayer una rueda de prensa sobre este tema (v¨¦ase p¨¢gina 43).
Por otra parte, fueron aprobadas varias disposiciones en relaci¨®n con el Ministerio de Obras P¨²blicas y Urbanismo, entre ellas el concurso-subasta del desdoblamiento de calzada de la carretera Nacional II entre Torrej¨®n y Alcal¨¢ de Henares, en un tramo de seis kil¨®metros. La obra estar¨¢ terminada en 1980, seg¨²n el presupuesto, que cifra el costo en 170 millones de pesetas.
Tambi¨¦n se aprobaron otros expedientes de obras del mismo Ministerio, que, junto a la de la Nacional II, suman 591 millones de pesetas; la revisi¨®n de tarifas por derechos de aterrizaje y salida de viajeros en tr¨¢fico internacional, que no se modificaba desde 1961, y cuyos ingresos se destinan al mantenimiento de la infraestructura aeroportuaria, cuyos gastos son de creciente importancia. Por ¨²ltimo, se dio v¨ªa libre a la renovaci¨®n de v¨ªa del trayecto Santander-Li¨¦rganes de los Ferrocarriles de V¨ªa Estrecha de Cant¨¢brico.
Informe sobre anticonceptivos
Entre otros acuerdos que figuran en la referencia de la reuni¨®n del Consejo de Ministros, en el apartado correspondiente al Ministerio de Hacienda, figura la concesi¨®n de un anticipo de tesorer¨ªa para el pr¨®ximo refer¨¦ndum, sin especificarse la cantidad. En el temario de Sanidad y Seguridad Social se expone que se trat¨® un informe sobre el proyecto de decreto por el que se regula la expedici¨®n y publicidad de anticonceptivos.
El Ministerio del Interior realiz¨® en la reuni¨®n sendos informes sobre seguridad ciudadana y sobre pol¨ªtica interior. En Educaci¨®n y Ciencia se trataron varios expedientes de autorizaci¨®n de gastos para construcci¨®n y puesta en funcionamiento de varios centros educativos, entre ellos 648 millones de pesetas para la construcci¨®n del Hospital Materno-Infantil de Santiago de Compostela, y otros 792 millones para construcci¨®n de dos centros de formaci¨®n profesional, cinco de bachillerato y cuatro de educaci¨®n general b¨¢sica en la provincia de Madrid.
Agricultura
Tambi¨¦n en el apartado del Ministerio de Agricultura fueron aprobados diversos expedientes de gasto y obras, de ellos el correspondiente a las obras del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA) para la segunda fase del proyecto de canales, redes principales y secundarias de riego, desag¨¹es y caminos de las zonas regables del campo de Cartagena. Tambi¨¦n se encomienda al Ministerio de Agricultura la elaboraci¨®n de un Plan Nacional de Acuicultura Nacional.
En Comercio y Turismo se aprobaron diversos expedientes de inversi¨®n de capital extranjero. En el Ministerio de Cultura se adscribe a este departamento, a trav¨¦s de la Direcci¨®n General de Radiodifusi¨®n, el organismo aut¨®nomo Noticiarios y Documentales Cinematogr¨¢ficos (No-Do).
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