Reformas tras siete siglos, de historia
El reglamento general de las C¨¢maras Of¨ªciales de Comercio, Industria y Navegaci¨®n fue modificado por el real decreto de 27 de marzo de 1978, que sustituy¨®, en gran parte, lo establecido en la normativa de 1974. El objeto de esta modificaci¨®n, cuya necesidad plantearon las propias C¨¢maras en su d¨¦cima asamblea, estribaba en la necesidad de adecuarse a los cambios introducidos en los ¨®rganos pol¨ªticos del pa¨ªs y en la normativa sobre representaci¨®n sindical y organizaciones corporativas de car¨¢cter profesional.De acuerdo con la nueva reglamentaci¨®n, las C¨¢maras son corporaciones de derecho p¨²blico, dependientes del Ministerio de Comercio y Turismo, con car¨¢cter de ¨®rganos consultivos de la Administraci¨®n y con personalidad jur¨ªdica propia. Corresponde a las C¨¢maras la representaci¨®n de los intereses generales del comercio, la industria y la navegaci¨®n. Forman parte de ellas, como electores, todas las personas, naturales o jur¨ªdicas, que, en su demarcaci¨®n, satisfagan al Tesoro una tributaci¨®n anual superior a veinticinco pesetas por ejercer el comercio, la industria o la navegaci¨®n, o dedicarse a los mismos. En cada provincia existir¨¢, al menos, una C¨¢mara.
Los ¨®rganos de gobierno de las C¨¢maras son el pleno y el comit¨¦ ejecutivo. El pleno, ¨®rgano supremo, estar¨¢ compuesto por el n¨²mero de miembros que se determine en cada reglamento de r¨¦gimen interior, sin que puedan ser inferiores a diez ni superiores a sesenta, distribuido en grupos con representaci¨®n proporcional de todos los intereses generales del comercio, la industria y la navegaci¨®n de sus respectivas demarcaciones. Cada C¨¢mara podr¨¢ nombrar vocales cooperadores que coadyuven en las tareas corporativas, aunque la condici¨®n de miembro del pleno es ¨²nica e indelegable. El comit¨¦ ejecutivo lo forman once miembros.
El pleno se reunir¨¢ seis veces al a?o como m¨ªnimo y el comit¨¦ ejecutivo una vez al mes. Los vocales pueden asistir a las sesiones con voz, pero sin voto, y su n¨²mero no podr¨¢ exceder de la cuarta parte de los miembros. El Ministerio de Comercio y Turismo tiene la posibilidad de suspender, en determinados casos, los ¨®rganos de gobierno.
Las 85 C¨¢maras nacionales est¨¢n agrupadas en el Consejo Superior de C¨¢maras de Comercio, cuya sede radica en Madrid, y que dispone de numerosas C¨¢maras en el extranjero, as¨ª como C¨¢maras mixtas, con un papel destacado en las relaciones comerciales exteriores. El Consejo Superior consta de un director gerente, un secretario y el personal necesario para su funcionamiento. El pleno del Consejo est¨¢ compuesto por los presidentes de todas las C¨¢maras y ocho miembros elegidos por el propio Consejo al constituirse. El comit¨¦ ejecutivo, ¨®rgano de gesti¨®n, lo forman el presidente, dos vicepresidentes, el tesorero, el contador y nueve miembros del pleno.
El origen de las C¨¢maras de Comercio se remonta al siglo XIII, cuando surgieron las primeras cofrad¨ªas de mercaderes en la Corona de Arag¨®n, extendi¨¦ndose posteriormente a toda la Pen¨ªnsula. En 1886 un real decreto firmado por la reina regente Mar¨ªa Cristina dio vida oficial a las C¨¢maras, asign¨¢ndoles funciones de representaci¨®n, y, en 1911, se les confiri¨® el car¨¢cter de organismo p¨²blico y de inscripci¨®n obligatoria.
En sus 92 a?os de existencia oficial las C¨¢maras han celebrado asambleas a escala nacional s¨®lo en diez ocasiones y siempre en coincidencia con momentos de especial trascendencia para la econom¨ªa del pa¨ªs. La primera tuvo lugar en Zaragoza, tras el desastre colonial de 1898, y la pen¨²ltima, en 1961, para el replanteamiento obligado de nuestra econom¨ªa, una vez abandonada la pol¨ªtica de autarqu¨ªa. En mayo de 1977 las C¨¢maras celebraron su d¨¦cima asamblea general, donde se abord¨® la necesidad del nuevo modelo econ¨®mico y se adopt¨® una postura de independencia de las C¨¢maras respecto a las asociaciones patronales.
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