Bloqueada la campa?a electoral de los partidos a trav¨¦s de RTVE
La propaganda electoral gratuita a trav¨¦s de RTVE -que en principio deb¨ªa haber comenzado el pasado d¨ªa 7- permanecer¨¢ en suspenso, al menos hasta ma?ana s¨¢bado, fecha en que la Junta Electoral Central se reunir¨¢ para resolver los recursos pendientes en relaci¨®n con la designaci¨®n de miembros del comit¨¦ encargado de seguir la citada campa?a en radio y televisi¨®n. As¨ª se deduce de la nota facilitada anoche al t¨¦rmino de la reuni¨®n de la Junta Electoral Central.El presidente de la citada junta, Angel Escudero del Corral, se neg¨® a facilitar informaci¨®n a los periodistas al margen de una nota escrita que fue entregada poco despu¨¦s. El se?or Escudero justific¨® su actitud en que uno de los recursos planteados, el de Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico (UCD), se basaba en las distintas versiones period¨ªsticas dadas a sus palabras en relaci¨®n con la terminaci¨®n del plazo de presentaci¨®n de candidatos para el citado comit¨¦.
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Paralizada la campa?a electoral de los partidos en RTVE
(Viene de primera p¨¢gina)El plazo fue fijado por la Junta Electoral Central hasta el mediod¨ªa del pasado 5 de febrero, y el candidato de UCD fue propuesto con posterioridad. Sin embargo, UCD interpret¨® que su propuesta hab¨ªa sido formulada en momento procedente y que su candidato deb¨ªa sustituir al propuesto por la Organizaci¨®n Revolucionaria de Trabajadores (ORT), Jos¨¦ Folguera.
El recurso de UCD y del Partido Proverista, que ser¨¢ comunicado inmediatamente a los partidos, los cuales tendr¨¢n el plazo de hoy para opinar sobre ellos, no se resolver¨¢ hasta ma?ana, en la reuni¨®n que la Junta Electoral Central celebrar¨¢ a las once y media de la ma?ana, seg¨²n informaron fuentes pr¨®ximas a la citada Junta.
La ¨²nica informaci¨®n oficial facilitada se contiene en la siguiente nota, facilitada poco antes de las diez de la noche, en la que, entre otras cosas, se dice:
?A la vista de las alegaciones contenidas en los referidos escritos de recurso, esta Junta ha estimado que, de conformidad con lo dispuesto en los art¨ªculos 91, 117 y 119 de la ley de Procedimiento Administrativo, antes de pronunciarse sobre los recursos, debe darse audiencia de dichos escritos a los interesados afectados en este procedimiento. En su virtud y teniendo en cuenta que la perentoriedad y rapidez que exige el procedimiento electoral en marcha debe hacerse compatible con las garant¨ªas de los derechos e intereses de los que participan en el proceso electoral, ha fijado, interpretando lo dispuesto en el art¨ªculo 77 del decreto-ley de 18 de marzo de 1977, que dicho plazo de audiencia sea de un d¨ªa, plazo que finalizar¨¢ el pr¨®ximo s¨¢bado, d¨ªa 10 de febrero de 1979, a las diez horas de la ma?ana.?
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