El Banco de Espa?a controlar¨¢ las asignaciones a los consejeros de los bancos
El Gobierno tratar¨¢ de establecer un control sobre el cumplimiento de normas vigentes de control de reparto de beneficios y de otras atenciones a los consejeros de sociedades an¨®nimas. En este sentido, el Ministerio de Econom¨ªa ha ordenado al Banco de Espa?a que investigue la situaci¨®n que a este respecto reflejan las cuentas de resultados de los bancos en los tres ¨²ltimos ejercicios. El Banco de Espa?a ha pedido a todos los bancos, seg¨²n Europa Press, que informen sobre las atenciones estatutarias -denominaci¨®n que se otorga a las participaciones en beneficios de los consejeros de sociedades an¨®nimas -fijadas y entregadas en los ejercicios de 1976, 1977 y 1978.
El decreto de 8 de octubre de 1976 sobre limitaci¨®n de rentas, dictado en la etapa de Eduardo Carriles en el Ministerio de Hacienda y de Alfonso Osorio en la responsabilidad de los asuntos econ¨®micos, se?alaba en su art¨ªculo 6: ?Durante 1977, las sociedades o empresas no podr¨¢n distribuir participaciones en los beneficios a favor de los consejos de administraci¨®n o de las juntas que hagan sus veces, que excedan en cuant¨ªa absoluta de la cifra repartida en el a?o 1976, cualquiera que sea el ejercicio econ¨®mico a que se imputan y el n¨²mero de personas con derecho a participaci¨®n. El incumplimiento de esta norma ser¨¢ sancionado por el Ministerio de Hacienda con una multa igual al 80% de la distribuci¨®n que resulte ilegal, sin perjuicio de la tributaci¨®n que proceda.?Esta disposici¨®n fue prorrogada el 4 de enero del pasado a?o por un decreto-ley publicado el 10 de enero sobre limitaci¨®n de determinadas rentas, que en su art¨ªculo tercero dice: ?Se prorroga durante el a?o 1978 la vigencia del art¨ªculo sexto del decreto-ley de 8 de octubre de 1976, por el que se limita la distribuci¨®n de participaciones en los beneficios a favor de los consejos de administraci¨®n o de las juntas que hagan sus veces.? Esta pr¨®rroga se realiz¨® en la etapa de Enrique Fuentes en la vicepresidencia econ¨®mica y Francisco Fern¨¢ndez Ord¨®?ez en Hacienda, en desarrollo de las disposiciones a que dio lugar el pacto de la Moncloa.
Las atenciones estatutarias a los consejos de administraci¨®n de las grandes empresas suelen estar reguladas en los estatutos de las mismas y pueden alcanzar hasta un 5% de los beneficios del ejercicio. Estas atenciones no son ¨®bice para que los ejecutivos de la empresa presentes en el consejo tengan asignados salarlos seg¨²n los contratos que les unen a la empresa. El uso de las atenciones estatutarias es muy desigual, seg¨²n empresas. Mientras en algunos consejos la pertenencia al mismo no representa ninguna compensaci¨®n econ¨®mica directa -puede haberlas de otra forma-, en otros las asignaciones son sustanciales. Esto ocurre tanto en empresas privadas como en las p¨²blicas. En estas ¨²ltimas, la atenci¨®n estatutaria constituye una segunda l¨ªnea de retribuciones para los consejeros, que suelen ser o pol¨ªticos en ejercicio, aunque fuera de cargo p¨²blico, o altos cargos con ingresos poco competitivos -en algunos casos- en sus puestos.
Respecto al sector bancario, la reciente circular, denominada pastoral (v¨¦ase EL PA?S del 14 de enero), del Banco de Espa?a recomienda a las entidades financieras la presentaci¨®n p¨²blica de un amplio desglose de la cuenta de resultados, en el que figura el ep¨ªgrafe ?atenciones estatutarias?. La circular establec¨ªa adem¨¢s una serie de disposiciones sobre forma de contabilizar fallidos, morosos y otras cuentas sustanciales para calibrar la salud financiera de la entidad.
Hasta ahora se han celebrado ¨²nicamente juntas generales de tres entidades financieras de desigual tama?o -Popular (grande), Guipuzcoano (mediano) y Huesca (peque?o)- ?nicamente en el caso del Banco Popular, primer banco del pa¨ªs en cuanto a volumen informativo, se precisa en su memoria la cuenta de atenciones estatutarias, que es de 124,3 millones de pesetas. El consejo del Popular est¨¢ formado por veintitr¨¦s personas, adem¨¢s de la Fundaci¨®n Hisp¨¢nica, que, al parecer, es quien se lleva la parte sustancial de esta asignaci¨®n.
El Banco de Espa?a, adem¨¢s de pedir a las entidades financieras informaci¨®n sobre la cifra de atenciones estatutarias en los a?os citados, precisa en su informaci¨®n a los bancos, seg¨²n Europa Press, que los servicios de inspecci¨®n del Banco de Espa?a podr¨¢n proceder a revisar la exactitud de los datos. No hay noticias de que esta investigaci¨®n o comprobaci¨®n vaya a realizarse en otros sectores empresariales, aparte de la banca, tanto del sector p¨²blico como del privado.
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