Regulaci¨®n de ascensos en el Ej¨¦rcito
El Diario Oficial del Ej¨¦rcito de Tierra public¨® ayer una orden del ministro de Defensa, por la que se establece la normativa precisa para conseguir, en el plazo de un a?o, la nivelaci¨®n de los ascensos en todos los empleos y escalas de las armas del Ej¨¦rcito de Tierra entre los componentes de igual promoci¨®n.Esta medida, acorde con la legislaci¨®n vigente, es considerada como previa y necesaria para abordar el sistema de regulaci¨®n de escalas y ascensos en los estudios realizados sobre el tema, que ya ha tenido eco en los medios de comunicaci¨®n social. Y el plazo de un a?o se?alado en la orden, adoptado como el m¨¢s ponderado para conseguir el fin propuesto sin ocasionar alteraciones, posiblemente contraproducentes, en espera de que disposiciones de mayor rango, hoy en preparaci¨®n, hagan posible la total puesta en pr¨¢ctica del nuevo sistema.
Asimismo, para llevar a cabo la acomodaci¨®n de los distintos cuerpos del Ej¨¦rcito de Tierra a este sistema de ascensos regulados, la citada orden ministerial dispone que por el Estado Mayor del Ej¨¦rcito se efect¨²en los estudios precisos en el m¨¢s breve espacio de tiempo.
En cuanto a la Armada y al Ej¨¦rcito del Aire, se ordena a sus Estados Mayores la realizaci¨®n de estudios an¨¢logos y correspondientes propuestas para obtener objetivos semejantes en dichos ej¨¦rcitos.
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