La constitucionalidad de los estatutos puede revisarse antes del refer¨¦ndum
Los estatutos de autonom¨ªa podr¨¢n ser objeto de un recurso de inconstitucionalidad antes de ser sometidos a refer¨¦ndum del cuerpo electoral de las provincias a las que afecte, seg¨²n la interpretaci¨®n que fuentes cercanas a la Presidencia del Gobierno conceden al art¨ªculo 84 del proyecto de ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional, remitido por el Gobierno al Congreso (v¨¦ase EL PA?S de ayer).
Seg¨²n manifestaron a EL PA?S dichas fuentes, se pretende evitar que un proyecto de Estatuto pueda ser declarado inconstitucional despu¨¦s, tal vez, de haber sido aprobado masivamente por los electores de las provincias afectadas. Una situaci¨®n semejante podr¨ªa provocar, seg¨²n afirm¨® un portavoz de la Presidencia del Gobierno, una tensi¨®n popular de dif¨ªcil soluci¨®n.Ante la previsible reacci¨®n negativa de los grupos parlamentarios vasco y catal¨¢n, el portavoz de la presidencia se?al¨® que, muy probablemente, los estatutos de autonom¨ªa del Pa¨ªs Vasco y de Catalu?a no podr¨ªan someterse a un recurso de inconstitucionalidad previa, ya que el Tribunal Constitucional no podr¨¢ entrar en funcionamiento antes de que, de acuerdo con los plazos fijados por la Constituci¨®n, se sometan a refer¨¦ndum en ambas nacionalidades.
El texto del proyecto de ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional fue redactado inicialmente en el Ministerio de Justicia, pero pas¨® despu¨¦s al Ministerio de la Presidencia, cuyo titular, Jos¨¦ Pedro P¨¦rez Llorca, lo someti¨® a una amplia revisi¨®n.
Miguel Roca, portavoz de Convergencia i Uni¨®, afirm¨® que su grupo se opondr¨ªa a la ampliaci¨®n de competencias del Tribunal Constitucional en el campo de los estatutos. ?Entiendo que la propia ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional -afirm¨®- no puede atribuir a este organismo ninguna competencia que no figure en la Constituci¨®n.?
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