Se crea una nueva comisi¨®n para la defensa del patrimonio hist¨®rico-art¨ªstico
Nuevas limitaciones para la exportaci¨®n de obras de arte
El Ministerio de Cultura, ante la creciente ola de atentados contra la propiedad de innumerables objetos de arte, ha creado una comisi¨®n interministerial de defensa y protecci¨®n de los bienes muebles del patrimonio hist¨®rico art¨ªstico, seg¨²n un decreto aparecido en el BOE.
Esta comisi¨®n estar¨¢ presidida por el subsecretario del departamento, su vicepresidente ser¨¢ el director general del Patrimonio Art¨ªstico y en ella estar¨¢n representados, asimismo, los Ministerios de Hacienda, Interior y Comercio y Turismo. Armonizar¨¢ la acci¨®n administrativa en la salvaguardia de estos bienes y de la prevenci¨®n de los actos que atenten contra su propiedad, as¨ª como de la realizaci¨®n de los estudios y propuestas de medidas para ello.Al mismo tiempo, con el fin de evitar la salida del territorio nacional de una amplia gama de obras de arte no incluidas hasta ahora en el tesoro hist¨®rico art¨ªstico, el Ministerio ha dictado un real decreto por el que se establecen limitaciones a la exportaci¨®n de obras de arte. En virtud del mismo, podr¨¢n declararse parte integrante del tesoro no s¨®lo los bienes muebles que posean cien a?os de antig¨¹edad -como estaba establecido hasta ahora-, sino todos-los que posean un indiscutible valor art¨ªstico e hist¨®rico, siempre y cuando no sean de autores vivos. Para la declaraci¨®n se necesitar¨¢ propuesta favorable de la mayor¨ªa absoluta de los vocales de la junta de calificaci¨®n, valo raci¨®n y exportaci¨®n de obras de importancia hist¨®rica o art¨ªstica. El real decreto elimina la necesidad de publicaci¨®n de una orden ministerial por la que se declara la inclusi¨®n de un bien en el tesoro art¨ªstico, siendo suficiente la notificaci¨®n de su contenido al interesado. Asimismo se proh¨ªbe la exportaci¨®n de cualquier obra de arte -excepto de autor vivo-, aun no integrante del citado tesoro, sin autorizaci¨®n expresa de la Direcci¨®n General del Patrimonio Art¨ªstico, Archivos y Museos.
El bien ser¨¢ exportable si transcurrido el plazo de seis meses desde la solicitud de declaraci¨®n de que no forma parte integrante del tesoro nacional no se recibe respuesta, o lo mismo si se solicit¨® permiso de exportaci¨®n. La autorizaci¨®n, previo informe de la junta de calificaci¨®n, s¨¦ habr¨¢ de conceder, salvo que el Estado ejerza su derecho de adquisici¨®n preferente.
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