Nueva organizaci¨®n y distribuci¨®n policial en el territorio nacional
Por orden del Ministerio del Interior del pasado 17 de octubre, se modifica la organizaci¨®n territorial y distribuci¨®n de efectivos de la polic¨ªa. Esta nueva organizaci¨®n sustituye a la establecida por orden de 16 de febrero del a?o pasado del mismo Ministerio.La nueva reorganizaci¨®n, seg¨²n se?ala la orden, se deriva de la experiencia adquirida, ?que aconseja proceder a una distribuci¨®n m¨¢s racional de los efectivos policiales, en orden a conseguir su mayor efectividad para alcanzar el mayor ¨ªndice de seguridad ciudadana?.
Por la organizaci¨®n del pasado a?o se procedi¨® a una distribuci¨®n en ?base a criterios exclusivamente demogr¨¢ficos, sin tener en cuenta otros factores que inciden notablemente en la prestaci¨®n de los servicios policiales?, seg¨²n cita la nueva orden.
A lo largo del pasado a?o, en que se organiz¨® la distribuci¨®n policial de acuerdo con dotar de una comisar¨ªa toda poblaci¨®n mayor de 20.000 habitantes, diversas fuentes policiales han reiterado su opini¨®n en desacuerdo con aquella medida. Consecuencia de tal distribuci¨®n fue, por ejemplo, que algunas grandes ciudades permanecieran con una sola comisar¨ªa, mientras muchos pueblos, por el hecho de tener m¨¢s de 20.000 habitantes, pero con bajo ¨ªndice delictivo, contaban con otra comisar¨ªa. Esto produjo la despoblaci¨®n de efectivos policiales en las grandes ciudades, que, con el transcurso del tiempo, se intent¨® corregir mediante el reenv¨ªo a estas ¨¢reas de alta demograf¨ªa e ¨ªndice de criminalidad de polic¨ªas agregados temporalmente a las distintas comisar¨ªas m¨¢s necesitadas. Sin embargo, tampoco esta medida coyuntural dio, al parecer, buenos resultados. Antes al contrario, por el desconocimiento que los agregados ten¨ªan de las zonas donde se les enviaba, hubo de sufrirse ciertos fallos, no exentos de gravedad en alg¨²n caso.
Traslados y plantillas
La nueva orden supone una anulaci¨®n de algunas comisar¨ªas y creaci¨®n y unificaci¨®n de otras. En su art¨ªculo tercero se?ala: ?Cuantos traslados sean dispuestos como consecuencia de la supresi¨®n de plantillas o de reducci¨®n de las mismas ser¨¢n considerados forzosos a todos los efectos, pudiendo los interesados obtener nuevo destino o su reingreso al anterior, en caso de vacante, con preferencia a cualquier otro peticionario.?Se calcula que esta reorganizaci¨®n afectar¨¢ a unos quinientos funcionarios del Cuerpo Superior de Polic¨ªa, en el sentido de verse obligados a establecer una nueva residencia.
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