La declaraci¨®n sobre la renta, a partir del 1 de marzo
El plazo de presentaci¨®n de declaraciones por el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas, correspondiente a 1979 ha quedado fijado entre el 1 de marzo y 30 de junio pr¨®ximos, seg¨²n una orden del Ministerio de Hacienda que ayer publicaba el BOE.La orden dispone igualmente que las declaraciones correspondientes a sujetos pasivos, cuyo domicilio Fiscal se encuentre en el ¨¢mbito de las delegaciones de Hacienda de Barcelona, Madrid, Sevilla, Valencia y Vizcaya se presentar¨¢n en los siguientes plazos: hasta el 31 de mayo, los contribuyentes cuyo primer apellido se inicie con una letra comprendida entre la A y la J; y hasta el 31 de junio, cuando lo est¨¦ entre la K y la Z.
Para la presentaci¨®n de la declaraci¨®n del impuesto extraordinario sobre el patrimonio regir¨¢n los mismos plazos, as¨ª como para la presentaci¨®n de la declaraci¨®n anual de estimaci¨®n objetiva singular, salvo que el contribuyente no estuviera obligado a declarar por el impuesto sobre la renta, en cuyo caso esta declaraci¨®n se presentar¨¢ en el primer trimestre de cada a?o.
La orden se?ala que est¨¢n obligados a presentar declaraci¨®n los sujetos pasivos que obtengan rendimientos o incrementos patrimoniales sometidos al impuesto; no lo estar¨¢n los que tengan rentas inferiores a 300.000 pesetas anuales, comput¨¢ndose a estos efectos todos los ingresos de la unidad familiar. Igualmente, deber¨¢n declarar aquellas personas con derecho a devoluci¨®n, en raz¨®n de retenciones o pagos, para que la Administraci¨®n tramite la correspondiente devoluci¨®n cuando proceda.
La declaraci¨®n podr¨¢ ser ordinaria o simplificada; ¨¦sta podr¨¢n presentarla los contribuyentes cuya renta total no exceda de 740.000 pesetas anuales.
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