La realidad de Radiotelevisi¨®n Espa?ola / 2
Personal. La pol¨ªtica de personal y la situaci¨®n de ¨¦ste en la radio y la televisi¨®n del Estado han sido, de siempre, uno de los aspectos m¨¢s debatidos. La inadecuada personalidad jur¨ªdica de RTVE y una legislaci¨®n laboral no ajustada a las especiales caracter¨ªsticas de ambos medios est¨¢n en el origen de toda la pol¨¦mica y fueron defectos que RTVE arrastr¨® consigo hasta el mes de septiembre de 1978. Por eso quiz¨¢ sea m¨¢s necesaria en este cap¨ªtulo que en ning¨²n otro una mirada retrospectiva a la historia de este problema.Remont¨¦monos al origen. Cuando se pone en marcha Televisi¨®n Espa?ola, un grupo de funcionarios recibe la orden de poner en antena los primeros programas. A medida que crece el medio, a medida que aumenta la demanda social de nuevos servicios y a medida que se hacen nuevas emisiones se va produciendo una progresiva incorporaci¨®n de personal para cubrir esas necesidades. Diversas ordenanzas laborales tratan de acomodarse a la realidad de la incorporaci¨®n de los nuevos sectores profesionales, que eran imprescindibles para el cumplimiento de los fines encomendados.
Las innovaciones afectaban, de la misma forma, a las clasificaciones de personal. Ello implicaba la respectiva adecuaci¨®n de los empleados a las nuevas categor¨ªas profesionales surgidas, as¨ª como la imprescindible contrataci¨®n de colaboradores que suplieran las deficiencias de trabajadores fijos. Las sentencias de las magistraturas de Trabajo convert¨ªan estos contratos de colaboraci¨®n en contratos de duraci¨®n indefinida y, por tanto, con derecho a fijeza.
Paralelamente, la radio y la televisi¨®n del Estado est¨¢n encuadradas en la direcci¨®n general de un ministerio, sin ning¨²n tipo de personalidad jur¨ªdica propia. A nadie se le oculta que el r¨¦gimen jur¨ªdico y presupuestario a que debe sujetarse una direcci¨®n general de un departamento ministerial no era el m¨¢s adecuado para la actividad y funciones que se desarrollan en la radio y en la televisi¨®n. Esto, naturalmente, no es imputable a RTVE. Sus responsables solicitaron reiteradas veces a las instancias superiores de la Administraci¨®n un status jur¨ªdico para el organismo. Pese a que se trataba de gestionar con realismo una actividad tan novedosa como la televisi¨®n, con sus nuevas t¨¦cnicas, con su car¨¢cter de aut¨¦ntico ?fen¨®meno social?, la verdad es que esa m¨ªnima autonom¨ªa no se consigue hasta noviembre de 1977, y el Estatuto hasta1980.
Mientras tanto, RTVE tenla que seguir cumpliendo sus funciones. Esas funciones son, en s¨ªntesis, la producci¨®n y emisi¨®n de programas. Y aunque muchas veces se tenga la impresi¨®n de que la labor de Televisi¨®n es poner en imagen una producci¨®n, la verdad es que detr¨¢s de esa operaci¨®n se esconde un complejo sistema de relaciones que hace preciso que existan m¨¢s de 160 categor¨ªas laborales.
Pero hab¨ªa una evidencia: Radiotelevisi¨®n Espa?ola no podr¨ªa permanecer, est¨¢tica frente. a las crecientes demandas del servicio p¨²blico: la producci¨®n de programas. tanto radiof¨®nicos como televisivos. aumentaba. el horario de emisi¨®n se elevaba; se creaban nuevos centros regionales; nac¨ªan nuevas emisoras radiodifusoras estatales. surg¨ªan nuevas t¨¦cnicas. a las que hab¨ªa que adaptarse...
Con una realidad as¨ª. y con unas estructuras no adecuadas a ella. no es nada extra?o que se puedan haber producido distorsiones. El punto final s¨®lc se comienza a poner en 1977. cuando se aprueba una ordenanza laboral com¨²n para los trabajadores de Radio Nacional y Televisi¨®n. Y s¨®lo se puede habla: del nacimiento de la coherencia cuan. do. en septiembre de 1978. el Consejo de Ministros aprueba la plantilla laboral de RTVE. Los pasos posteriores entre los que se encuentra la homologaci¨®n y reclasificaci¨®n del persona (septiembre de 1979). no son m¨¢s que intentos de hacer una pol¨ªtica coherente de personal y normalizar los aspectos t¨¦cnicos y legales de su situaci¨®n.
El hecho de que EL PAIS lo desconozca no significa que desde entonces no se haya desarrollado una ampl¨ªa pol¨ªtica, cuyos resultados ni se ocultan ni son secretos de Estado. Una pol¨ªtica, en definitiva, que comienza por establecer un sistema racional, transparente y l¨®gico en la contrataci¨®n de personal, que se hace exactamente as¨ª:
Personal fijo. La provisi¨®n de plazas se lleva a cabo a trav¨¦s de las pruebas previstas en el art¨ªculo 15 de la ordenanza laboral.
Todas estas convocatorias, al objeto de su difusi¨®n p¨²blica para libre concurrencia de candidatos, son publicadas en los distintos centros de trabajo de RTVE, en las respectivas oficinas de empleo y en el Bolet¨ªn Oficial del Estado.
Personal interino. Como se sabe, el art¨ªculo 8 de la vigente ordenanza laboral de RTVE lo define como ?el contratado, de acuerdo con el apartado c) de la ley de Relaciones Laborales, ¨²nicamente para suplir al personal fijo en aquellas situaciones que originen reserva de plaza?. En aplicaci¨®n del se?alado precepto, en el ejercicio de 1979 se contrataron 47 personas. Para su selecci¨®n se realizan pruebas te¨®rico-pr¨¢cticas acordes con las exigencias del puesto que se ha cubierto temporalmente. Estas pruebas son realizadas por tribunales integrados por representantes del comit¨¦ de empresa, de distintos profesionales especializados y por miembros del departamento de selecci¨®n y gabinete de psicolog¨ªa. De dichas pruebas se levantan actas, estas actas se remiten a la Intervenci¨®n Delegada de Hacienda, y esta Intervenci¨®n fiscaliza los aspectos formales y econ¨®micos de las distintas propuestas de contrataci¨®n. S¨®lo despu¨¦s de estos tr¨¢mites legales e imprescindibles son refrendadas estas resoluciones de admisi¨®n temporal por el director general de Radiotelevisi¨®n Espa?ola. No parece, pues, que tampoco en este cap¨ªtulo ha a ning¨²n tipo de oscurantismo.
Personal eventual. Definido en la. ordenanza laboral como ?el contratado, de acuerdo con el apartado b) del art¨ªculo 15 de la ley de Relaciones Laborales, para atender un trabajo que no tiene car¨¢cter normal y permanente y que, por tanto, no corresponde a puestos de plantilla?, su selecci¨®n se efect¨²a por el mismo procedimiento y tr¨¢mites que el interino. Dado su car¨¢cter peculiar y extraordinario, s¨®lo se efectuaron dos contrataciones en 1979.
Empleo juvenil y perceptores del subsidio de desempleo. A estas formas de contrataci¨®n se?aladas hay que a?adir una ¨²ltima: la que se efect¨²a de acuerdo con lo previsto en los reales decretos 41 y 42/1979, de 5 de enero, sobre contrataci¨®n de trabajadores perceptores del seguro de desempleo y sobre promoci¨®n del empleo juvenil. En el ¨²ltimo ejercicio de 1979 se efectuaron dieciocho contrataciones de empleo juvenil, trece procedentes del desempleo.
Colaboradores en general. Este tipo de contrataci¨®n viene determinada para los fines a cumplir por Radiotelevisi¨®n Espa?ola. La variedad de los programas que se realizan y emiten hace que no siempre se cuente dentro de la plantilla de fijos con los especialistas. Ni Radiotelevisi¨®n Espa?ola ni ning¨²n otro medio de comunicaci¨®n social han encontrado otro sistema para ello que acudir a esta v¨ªa.
Es seguro que si EL PAIS hubiera estudiado el n¨²mero de colaboradores que existen en otras televisiones europeas, si hubieran establecido el porcentaje que representan en relaci¨®n con el personal fijo y si hubiese profundizado en su distinta problem¨¢tica, habr¨ªan distinguido n¨ªtidamente la figura del colaborador habitual y la del colaborador ocasional o circunstancial. Como RTVE no puede caer en esa trampa, los cuadros estad¨ªsticos que se adjuntan especifican claramente el personal contratado con car¨¢cter de colaborador durante 1979 y las ¨¢reas sectoriales.
?Que estos colaboradores terminan siendo, en gran parte. fijos d¨¦ RTVE? "Es innegable. Pero las causas b¨²squelas el reportero en otras instancias e instituciones. B¨²squelas en la legislaci¨®n laboral. que no ha contemplado de manera expresa y directa esta problem¨¢tica. y b¨²squelas en los criterios de las magistraturas de Trabajo. que interpretan exhaustivamente el principio de ?in dubie pro operario? incrementando con ello el car¨¢cter ya de por s¨ª proteccionista y tuitivo de la legislaci¨®n aplicable.
En este aspecto hay que se?alar que muchos contratos fundamentados en el art¨ªculo 8.?- 1 d, suscrito de acuerdo con el art¨ªculo 15, apartado d), de la ley de Relaciones Laborales, han sido interpretados por las magistraturas en re cientes sentencias a favor de los colaboradores. Entienden las magistraturas que no es f¨¢cil considerar como espect¨¢culos los programas de RTVE, aunque la ley de Relaciones Laborales establezca que se podr¨¢n celebrar contratos de trabajo de duraci¨®n determinada, expresamente cuando se trate de personal art¨ªstico y t¨¦cnico de la producci¨®n de espect¨¢culos.
?Qu¨¦ puede hacer Radiotelevisi¨®n Espa?ola? ?Plantear, tras cada sentencia, el incidente de no readmisi¨®n? Podr¨ªa hacerlo. Pero, en ese caso, quienes hoy denostan el sistema tachar¨ªan a RTVE de falta de sentido social.
Curiosamente, esta situaci¨®n se?alada perjudica el funcionamiento de RTVE. Constatada la necesidad de colaboradores en funci¨®n de las singularidades de los medios y de sus producciones, su contrataci¨®n se ve dificultada por esta especie de condena. Y si esas dificultades vienen, en principio, determinadas por la ley de Contratos de Trabajo, la ley de Relaciones Laborales y las sucesivas ordenanzas, se acent¨²an gravemente en el ¨¢rea de la programaci¨®n. La causa es que la actividad que en ella se desarrolla presenta, en parte muy importante, connotaciones art¨ªsticas, culturales, literarias, de creatividad y especializaci¨®n profesional, as¨ª como coyunturales, que requieren una prestaci¨®n de servicios en r¨¦gimen de colaboraci¨®n.
Por otra parte, no constituye problema exclusivo de RTVE que el personal contratado con car¨¢cter temporal adquiera fijeza, pues la propia ley de Presupuestos de los a?os 1979 y 1980 tiene previsto el caso para toda la Administraci¨®n en los art¨ªculos 14 y 16 de dichas leyes, donde se dice textualmente:
?... El Gobierno, con respecto al personal laboral contratado con car¨¢cter temporal en ejercicios anteriores y tenga derecho a ella, determinar¨¢ el personal que pueda pasar a las plantillas del personal laboral fijo del respectivo ministerio y organismo, a iniciativa del departamento correspondiente y a propuesta del de Hacienda.?
Las acusaciones de los reportajes de EL PAIS van, sin embargo, m¨¢s lejos cuando hablan de la ? irresponsabilidad de la gesti¨®n de personal?. Por si no fuesen suficientes las puntualizaciones anteriores, hay que se?alar que el sistema de contrataci¨®n de estos colaboradores es el siguiente:
Las juntas de RNE y de TVE son las competentes para el estudio de las necesidades de producci¨®n de programas, que determinan las distintas exigencias de contrataci¨®n. Una vez estudiadas las necesidades de personal y la falta de empleados que tengan fijeza en RTVE para cubrir esas exigencias, se proponen los diversos contratos que deben suscribirse. Efectuadas las propuestas, ¨¦stas requieren los siguientes requisitos:
1. Certificaci¨®n de no existencia de personal fijo ni contratado en vigor, que puedan cubrir dichas necesidades de contrataci¨®n.
2. Certificaci¨®n de existencia de cr¨¦dito suficiente que respalde dichas contrataciones, con indicaci¨®n espec¨ªfica de la propuesta de gasto que, debidamente fiscalizada por el interventor delegado del Ministerio de Hacienda, ampara dicho programa.
3. Informe jur¨ªdico-laboral sobre la legislaci¨®n aplicable a cada tipo de contrato.
4. Exigencia de t¨ªtulos profesionales e Inscripciones, en su caso, en el registro respectivo.
5. Selecci¨®n y pruebas respectivas, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza Laboral de RTVE.
6. Fiscalizaci¨®n individualizada por la Intervenci¨®n Delegada de Hacienda en RTVE de las distintas propuestas de contrataci¨®n.
7. Resoluci¨®n del director general aceptando la contrataci¨®n efectuada.
8. Comunicaci¨®n de altas y bajas a las respectivas oficinas de colocaci¨®n.
?No parecen suficientes estas cautelas para evitar el crecimiento espont¨¢neo de la plantilla a trav¨¦s de la v¨ªa del colaborador temporal de programas que se convierte en fijo por sentencia de Magistratura?
Pues a pesar de ello el Estatuto, con fuerza de ley, ha respaldado estas cautelas. En su art¨ªculo 35, apartado 4.?, se dice textualmente:
?El ingreso en situaci¨®n de fijo en RTVE y en las sociedades estatales que se creen s¨®lo podr¨¢ realizarse mediante las correspondientes pruebas de admisi¨®n establecidas y convocadas por el director general de RTVE, de acuerdo con el consejo de administraci¨®n. ?
RTVE conoce la plantilla. El martes 22 de enero, el diario EL PAIS continuaba su viaje por las cosas? de Radiotelevisi¨®n Espa?ola. Este d¨ªa, el punto de mira del espejo c¨®ncavo de los autores del reportaje era la plantilla de este organismo. ?Es desconocida para sus directivos?, se dec¨ªa en los titulares en un alarde de falta de inter¨¦s de los informadores por comprobarlo.
La ¨²nica verdad es que en RTVE la plantilla, el n¨²mero de sus miembros, las retribuciones que perciben, son datos evidentemente conocidos y controlados. Si alguna duda puede tener RTVE sobre sus propios asuntos internos no es, ciertamente, este. Creemos que son los n¨²meros los que mejor lo pueden demostrar. En este momento, la plantilla de Radiotelevisi¨®n Espa?ola, que se encuentra mecanizada, est¨¢ distribuida de la forma siguiente:
Estas cifras parciales dan un total de 8.500 plazas. Y esta cantidad no es naturalmente, un capricho de los directivos -ni actuales ni anteriores- de Radiotelevisi¨®n Espa?ola, sino la aprobada por un ¨®rgano superior: el Consejo de Ministros del d¨ªa 29 de septiembre de 1978, en expediente tramitado a trav¨¦s del Ministerio de Hacienda. Un a?o despu¨¦s, en septiembre de 1979, se termin¨® la reclasificaci¨®n y homologaci¨®n del personal, pero esto no supuso un aumento de plazas, ya que qued¨® ratificado el mismo n¨²mero de 8.500, sino que signific¨® solamente una adecuaci¨®n en las categor¨ªas.
?Es excesiva esta plantilla? Como calificarla es un juicio de valor, s¨®lo podemos compararla con otros organismos de radio y televisi¨®n europeos.
Retribuciones. Pasemos ahora al cap¨ªtulo de retribuciones de ese personal. Y Radiotelevisi¨®n Espa?ola tambi¨¦n tiene que decir que vuelve a ser incierta otra informaci¨®n del reportaje, que precisamente recibe los honores de presidir sus titulares: ?La mitad de su n¨®mina, repleta de los m¨¢s variados pluses extrasalariales, se destina a complementos y horas extraordinarias.?
Una vez m¨¢s es preciso acudir a las cifras reales. Y esas cifras son las siguientes: del presupuesto de personal de RTVE, 8.000 millones de pesetas se destinan a retribuciones b¨¢sicas, antig¨¹edad y pagas extraordinarias. Frente a esa cantidad, se destinan a retribuciones complementarias -incluidas las horas extraordinarias- 2.200 millones de pesetas.
Hay que decir tambi¨¦n que el sistema actual de retribuciones se encuentra en v¨ªas de revisi¨®n. Pero no es porque no est¨¦ totalmente clarificado, sino por otra raz¨®n: el sistema retributivo de los funcionarios -connotaci¨®n administrativa que hasta ahora no pudo eludir RTVE- no resulta adecuado al esquema de una futura empresa p¨²blica, que debe regirse por par¨¢metros de otra naturaleza.
El sistema actual es el siguiente:
Desde un punto de vista presupuestario, las retribuciones del personal est¨¢n clasificadas por conceptos separados, y as¨ª han figurado en el presupuesto del organismo, aprobado por el Gobierno y por las Cortes junto con los Presupuestos Generales del Estado.
En el concepto 131.1 figuran las retribuciones b¨¢sicas (salario base, pagas extraordinarias de julio y diciembre, paga especial de octubre y trienios).
El salario base est¨¢ distribuido por niveles del 1 al 9, cuyas cuant¨ªas mensuales, en 31 de diciembre de 1979, van, respectivamente, de 71.963. a 43.940 pesetas (v¨¦ase cuadro 1).
En el concepto 131.2 figuran las retribuciones complementar¨ªas, con una cuant¨ªa total de 1.831.754.995 pesetas, que suponen el 20,46% de las retribuciones b¨¢sicas.
Del conjunto de complementos que se recogen en este concepto los que tienen mayor entidad, por afectar a mayor n¨²mero de trabajadores, son los siguientes:
Complementos de destino. Su cat¨¢logo y cuant¨ªas fueron aprobados por acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de junio de 1979. Se trata de un plus para retribuir la responsabilidad, la dedicaci¨®n y la disponibilidad de los puestos org¨¢nicos y funcionales. Naturalmente, aunque esto sorprenda a los autores de la colecci¨®n de reportajes, es incompatible con la percepci¨®n de horas extraordinarias (v¨¦ase cuadro n¨²mero 2). El nombramiento y remoci¨®n de los puestos con derecho a este complemento es competencia indeclinable de la direcci¨®n, de acuerdo con el art¨ªculo 4.? de la propia Ordenanza Laboral.
Como se puede comprobar con el cuadro n¨²mero 2, tienen asignado complemento de destino un total de 1.845 puestos de trabajo cualificados, de los cuales 117 son puestos directivos, 66 excluidos de la Ordenanza.
En esa plantilla de 117 puestos directivos existen 36 vacantes, por lo que en estos momentos el n¨²mero de directivos es de 81, es decir, inferior al 1 % del total de la plantilla de empleados fijos.
Esto pone de manifiesto que deducir conclusiones utilizando cifras en t¨¦rminos absolutos es incorrecto. El m¨¢s ele mental rigor t¨¦cnico exige el an¨¢lisis de los datos en su contexto y relacionados con par¨¢metros que aporten una base para su interpretaci¨®n.
Plus de programas. En cuanto a este plus, la realidad es que tampoco registra ninguna discrecionalidad y trata de retribuir al personal fijo por la especial responsabilidad o creatividad dentro de los programas, as¨ª como por el desempe?o de funciones que la categor¨ªa laboral no exige (por ejemplo, los realizadores, por adaptar guiones literarios).
Este plus tambi¨¦n lo percibe el personal fijo de un medio (RNE) que, al margen y sin merma de su jornada laboral reglamentaria, interviene en alg¨²n programa del otro medio (TVE), por ejemplo, el locutor de radio que comenta una retransmisi¨®n televisada de un acontecimiento deportivo.
Con anterioridad a la resoluci¨®n de 9 de diciembre de 1977, que regulariz¨® la percepci¨®n de este plus, se acreditaban. estas percepciones con total independencia de la n¨®mina del personal fijo. Es decir, lo mismo que si se tratara de un colaborador ajeno. Precisamente este sistema ofrec¨ªa una v¨ªa at¨ªpica e irregular, ya corregida, para que el personal fijo de un medio que colaboraba en el otro adquiriese la fijeza en ambos o a trav¨¦s de la Magistratura de Trabajo. As¨ª, antes de 1977 adquirieron fijeza en ambos medios las personas a que se refiere el reportaje.
Las exigencias de la programaci¨®n han aconsejado la pervivencia de este plus para que siga cumpliendo una evidente funci¨®n incentivadora, aunque en los dos ¨²ltimos a?os se ha ido acomodando para dedicarlo a retribuir ¨²nicamente labores de creatividad y especial responsabilidad en los programas.
Los restantes pluses, que por lo dem¨¢s tambi¨¦n est¨¢n previstos y regulados en la ordenanza laboral aprobada por el Ministerio de Trabajo el 19 de. diciembre de 1977, previo informe del Ministerio de Hacienda, responden en definitiva a la complejidad de una empresa con m¨¢s de 160 categor¨ªas profesionales que debe cumplir funciones de la m¨¢s diversa ¨ªndole. A t¨ªtulo de ejemplo, citaremos desde el personal que ha de subir a m¨¢s de cien metros de altura para conservar una antena, al trabajador que atiende una emisora en lo m¨¢s elevado de una monta?a, pasando por los t¨¦cnicos de laboratorio, que utilizan diariamente material t¨®xico.
Por ese motivo, efectivamente, hay 255 trabajadores con derecho a percibir el plus de residencia; 81, el plus de transporte; 671, el plus de instalaciones aisladas; noventa, el plus de trabajos peligrosos, y setenta, el plus de toxicidad.
No parece que exijan un mayor tipo de explicaci¨®n otras percepciones complementarias, como es el complemento familiar voluntario o los mismos trienios.
Plus de direcci¨®n. A los miembros de la comisi¨®n ejecutiva de RTVE, que en la actualidad est¨¢ constituida por diez personas (resoluci¨®n de 4 de octubre de 1978), no se les acredita cantidad alguna por su pertenencia a dicho organismo colegiado.
Lo que s¨ª existe en el sistema retributivo es un plus de direcci¨®n asignado a los puestos directivos de confianza que, por sus funciones y especial responsabilidad, requieren una total dedicaci¨®n por parte de sus titulares, sin limitaci¨®n de horarios, con obligaci¨®n de prestar sus servicios incluso en d¨ªas festivos.
Este plus est¨¢ distribuido en cinco niveles, que van de un m¨¢ximo de 90.000 pesetas mensuales a un m¨ªnimo de 40.000 pesetas.
Por acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de junio de 1978, este personal, m¨¢s los directores de emisoras y centros regionales, as¨ª como los corresponsales en el extranjero, figuran para 1980 con un concepto presupuestario independiente, por estar excluidos de ordenanza laboral, tal como se establece en el art¨ªculo segundo en relaci¨®n con el 13.3 de la misma.
Horas extraordinarias. Constituye uno de los problemas m¨¢s complejos que est¨¢ afrontando el organismo, aunque son muchas las dificultades a vencer.
El principal motivo se debe a que RTVE es un servicio que funciona sin interrupci¨®n (RNE, las veinticuatro horas del d¨ªa), y por lo que se refiere a TVE es precisamente en s¨¢bados y domingos cuando se incrementa el trabajo, debido a la necesidad de ofrecer al espectador una programaci¨®n variada. Por otra parte, las retransmisiones deportivas, tan del aprecio del p¨²blico, se celebran generalmente en domingo. A t¨ªtulo de ejemplo, diremos que el programa Estudio estadio se nutre de filmaciones realizadas el domingo anterior, realizadas a trav¨¦s de personal distribuido por todos los campos de f¨²tbol de Primera Divisi¨®n y de otras categor¨ªas inferiores, que se ofrecen por los programas regionales.
La libranza del personal en otros d¨ªas de la semana no siempre es posible, por cuanto algunas plantillas, singularmente Las de los centros regionales, est¨¢n insuficientemente dotadas, y en otros casos el equipo de un programa no siempre es sustituible por otro que resultar¨ªa un poco ajeno a la tarea que est¨¢ realizando el titular.
La direcci¨®n de RTVE ya adopt¨® en su momento decisiones para frenar este gasto, una de las cuales fue el cierre de la emisi¨®n con ?interioridad a las veinticuatro horas, que se viene cumpliendo con escrupulosidad, lo que permiti¨® que el personal de estudios, control central y los t¨¦cnicos de las distintas emisoras del pa¨ªs que aseguran la correcta emisi¨®n de los programas pudieran terminar su trabajo dentro del horario normal asignado a su turno.
La propia prensa se ha hecho eco de otras medidas adoptadas ¨²ltimamente en este tema. y aparte de las que est¨¢n en estudio y que por afectar a la programaci¨®n es preciso ponderar para no defraudar al espectador que l¨®gicamente demanda programas en directo. informaci¨®n inmediata y amplia de cualquier acontecimiento, que l¨®gicamente no se producen siempre dentro de la jornada laboral.
En el a?o 1979 se intent¨® congelar el cr¨¦dito de horas extraordinarias y aunque se logr¨® frenar el n¨²mero de las trabajadas, el incremento del precio de la hora por consecuencia de la revisi¨®n salarial y las repercusiones que tuvo en este tema la homologaci¨®n y reclasificaci¨®n del personal impidieron lograr totalmente dicho objetivo. que se considera prioritario para 1980.
Dietas y gastos de viaje. En Radiotelevisi¨®n Espa?ola se pagan, como parece elemental, dietas. Para hacer programas, hay que viajar, y para viajar, hay que compensar los gastos del trabajador. Quiz¨¢ las cifras absolutas no den una imagen exacta de esta otra realidad de Radiotelevisi¨®n Espa?ola. Pero, quiz¨¢, muchos se sorprendan, sobre todo despu¨¦s del ?mundo de oro? que pintan los redactores de EL PAIS, si saben que la dieta nacional es de 2.704 pesetas por persona y d¨ªa, y la dieta en el extranjero, de 6.625 pesetas.
En cuanto a la utilizaci¨®n del coche propio por el personal de RTVE en sus desplazamientos, tema que tambi¨¦n sorprende -o as¨ª lo dicen- a los redactores, tenemos que aclarar que este es un procedimiento excepcional. Pero a¨²n hay m¨¢s. Los viajes en autom¨®vil propio necesitan una autorizaci¨®n especial. Caso de autorizarse, han de viajar en ese coche un m¨ªnimo de dos personas, que est¨¢n obligadas a transportar todo el equipo profesional para el desarrollo de su trabajo. La cantidad que se paga por este concepto es de diez pesetas por kil¨®metro.
Estas indemnizaciones se estiman inferiores a las que paga la empresa privada y similares a las que concede la Administraci¨®n. En el caso de viaje en coche propio, la Administraci¨®n concede nueve pesetas al kil¨®metro recorrido, pero no establece la obligaci¨®n de transportar equipo de trabajo.
Jornada laboral. Las referencias a la jornada laboral, que se califica como ?la m¨¢s corta de Europa?, apenas merece contestaci¨®n. Se trata, evidentemente, de una realidad laboral. No parece, por lo dem¨¢s, que sea ?escandalosa? una jornada de 35 horas, cuando en prensa -que afecta, por ejemplo, a EL PAIS- es de 36.
En definitiva, Radiotelevisi¨®n Espa?ola entiende que desarrolla una pol¨ªtica de personal basada en los principios de equidad y progresismo; ajustada a los principios jur¨ªdicos que rigen su estructura legal; transparente y sin ning¨²n tipo de ?galimat¨ªas?, como textualmente dice el reportaje period¨ªstico.
Radiotelevisi¨®n Espa?ola asumi¨® en su d¨ªa un conjunto de situaciones de hecho en el aspecto retributivo, originadas, como queda dicho m¨¢s arriba, por su propio desarrollo. Y no es menor satisfacci¨®n haber convertido estas situaciones de hecho en situaciones de derecho. Desde esa coherencia de funcionamiento, entiende que los datos progresistas de su gesti¨®n de personal y de su actuaci¨®n social son hoy una base firme para alcanzar, con el nuevo status jur¨ªdico derivado de la entrada en vigor del Estatuto de la Radio y Televisi¨®n, mejores niveles de producci¨®n y un id¨®neo rendimiento.
Que nadie le pida a RTVE que haga tabla rasa de los derechos adquiridos por sus trabajadores. Que nadie le pida que renuncie al entendimiento progresista de las tareas que definen la naturaleza del medio. Que nadie le pida, en definitiva, que renuncie al principio de la atenci¨®n a los derechos -incluido el de la f¨ªjeza-, porque los logros alcanzados no s¨®lo eran deseables, sino que son compatibles con la nueva legalidad vigente.
Centro de proceso de datos
La constituci¨®n del organismo aut¨®nomo RTVE exigi¨® con la m¨¢xima urgencia la creaci¨®n de un centro de proceso de datos propio que acometiera las necesarias tareas de ?tratamiento autom¨¢tico de la informaci¨®n? referida a la contabilidad, gesti¨®n de personal, facturaci¨®n, etc¨¦tera. Para poder absorber las aplicaciones ya desarrolladas por RTVE en el Ministerio y para abordar escalonada y progresivamente la complejidad de la mecanizaci¨®n de un organismo de tal magnitud y naturaleza se hizo necesario instalar, con car¨¢cter provisional, un equipo de mediana potencia que resolvia moment¨¢neamente el problema, concretamente un 370/135.
En el mes de febrero del a?o 1978 se acomete de una forma global la idea de mecar¨²zar RTVE. Se realiza un seminario intensivo, por el que pasan todos los responsables de las distintas ¨¢reas del organismo, y se confecciona un plan inform¨¢tico para RTVE.
De este plan inform¨¢tico salen un buen n¨²mero de aplicaciones, que de inmediato se comienzan a mecanizar:
1. Contabilidad presupuestaria y de gesti¨®n
La primera aplicaci¨®n de nueva creaci¨®n que hab¨ªa que desarrollar en un plazo de tiempo r¨¦cord era la contabilidad presupuestaria del recientemente creado organismo aut¨®nomo RTVE, previa la confecci¨®n del plan contable.
El ordenador que provisionalmente ten¨ªa instalado el organismo, por su escasa potencia, no daba respuesta satisfactoria a una aplicaci¨®.n de tal envergadura. No obstante, salvando estas dificultades, se mecaniz¨® la contabilidad presupuestaria del a?o 1978.
Dicho sistema se perfecciona a partir del mes de febrero de 1979, a la vez que se instala el nuevo ordenador en RTVE.
El sistema ha dado resultados ¨®ptimos durante todo el a?o 1979, en el cual la contabilidad de gesti¨®n del organismo se ha realizado por medio de los procesos inform¨¢ticos, cubriendo todas las exigencias de los usuarios.
Entre los procesos m¨¢s importantes de dichas aplicaciones cabe destacar lo siguiente:
- Imputaci¨®n de asientos contables por medio de terminales en ?tiempo real? correspondiente a los cr¨¦ditos del organismo, a las propuestas de gasto o comprometidas y a las obligaciones reconocidas.
- Edici¨®n autom¨¢tica por el ordenador de los impresos correspondientes a cr¨¦ditos comprometidos y a obligaciones reconocidas.
- Imputaci¨®n autom¨¢tica de pagos ordenados.
- Imputaci¨®n contable autom¨¢tica de pagos liquidados.
- Edici¨®n autom¨¢tica de mandamientos de pago.
- Edici¨®n autom¨¢tica de balances.
- Proceso mecanizado de facturas.
- Consulta en ?tiempo real? de cualquier cuenta referida a la contabilidad presupuestaria o de gesti¨®n.
- Consulta de facturas en las que se obtienen el estado de la misma conformadas, saldo conformado, pagadas, etc¨¦tera.
- Consulta dejustificantes, en los que se obtienen fecha de Imputaci¨®n, texto, importe, cuenta de cargo y cuenta de abono, etc¨¦tera.
- Informaci¨®n directa, en lo que se refiere a balances, situaciones contables, etc¨¦tera, y posibilidades de simulaci¨®n de presupuestos.
2. Gesti¨®n integrada de personal
Se detectaba en el plan inform¨¢tico que la mecanizaci¨®n existente en el ¨¢rea de personal era insuficiente, sobre todo por la magnitud y disgregaci¨®n geogr¨¢fica del organismo. Hab¨ªa que confeccionar una aplicaci¨®n que fuera capaz de recoger informaci¨®n en el lugar y momento que se produce y contabilizarla para su posible gesti¨®n. Esto solamente se consegu¨ªa mecanizando la gesti¨®n de personal en ?tiempo real? y dotando a las distintas unidades con terminales de teleproceso para la recogida y explotaci¨®n de la informaci¨®n.
No obstante, se han seguido utilizando los procesos ya mecanizados en modo ?BATCH?, consistente fundamentalmente en confeccionar por ordenador la n¨®mina del personal del organismo, horas extraordinarias, censos, plantillas e informes diversos.
Precisamente el pr¨®ximo lunes quedar¨¢ en situaci¨®n operativa la primera y la segunda fase de la nueva aplicaci¨®n inform¨¢tica correspondiente al ¨¢rea de personal, que se ha llamado ?gesti¨®n integrada de personal?, dando comienzo el desarrollo de la tercera fase.
Los objetivos fundamentales de dicha aplicaci¨®n tienen cuatro vertientes:
1. Informativa.
2. Estad¨ªstica.
3. Econ¨®mica.
4. Org¨¢nica.
Con respecto a la primera vertiente, se trata de unificar todos los datos referidos al ¨¢rea de personal, al nivel m¨¢s concreto posible, en conjunto de informaci¨®n ¨²nica, que permite en cualquier momento obtener resultados individuales o colectivos.
El objetivo de la aplicaci¨®n en cuanto a la segunda vertiente es, igualmente, dotar a las direcciones de personal de una herramienta capaz de manejar los datos mantenidos en la base de informaci¨®n y obtener todo tipo de resultados estad¨ªsticos. Para ello, el sistema posee un generador autom¨¢tico de programas, mediante el cual, utilizando como base un simple formulario, genera los programas necesarios para obtener la informaci¨®n deseada.
La tercera fase del sistema comprende la implantaci¨®n del aspecto econ¨®mico de la gesti¨®n de personal, resolviendo la problem¨¢tica de n¨®minas en sus diversos aspectos de:
- Emisi¨®n de recibos.
- Res¨²menes de n¨®mina.
- Confecci¨®n de documentos oficiales (C-1, C-2, etc¨¦tera).
- Relaciones contables.
- Hist¨®ricos de n¨®mina.
- C¨¢lculo autom¨¢tico.
- Retroactividad, etc¨¦tera
Por ¨²ltimo, la cuarta vertiente trata de crear un sistema de perfiles de puesto de trabajo que,juntamente con la plantilla de personal, nos permita llevar un control adecuado de las necesidades y caracter¨ªsticas de las mismas en cuanto a vacantes y plazas de nueva creaci¨®n.
3. Gerencia de publicidad
Se desarroll¨® una aplicaci¨®n inform¨¢tica, basada en ?tiempo real?, que permite abordar en su totalidad la gesti¨®n de la gerencia. Esta aplicaci¨®n ha sido operativa en diciembre del a?o 1979 y en ella destacamos los siguientes procesos, todos ellos en ?tiempo real?:
- Inserci¨®n, anulaci¨®n y modificaci¨®n de ¨®rdenes de reserva: permite desde la propia gerencia de publicidad realizar todos esos procesos de contrataci¨®n de una orden, as¨ª como los de contraoferta.
- Consulta de ¨®rdenes o de bloques publicitarios, incluso a lo largo de cualquier semana del a?o.
- Consulta, inserci¨®n, modificaci¨®n o anulaci¨®n de anunciantes, producto y agencia.
- Proceso de avales: realiza el proceso autom¨¢tico de los avales correspondientes a los contratantes y productos, su modificaci¨®n y anulaci¨®n.
Para todos los procesos especificados se utilizan terminales conectadas al ordenador.
Como resultados de estos procesos, el sistema confecciona diversas estad¨ªsticas y posibilita la explotaci¨®n de la informaci¨®n en cualquier sentido.
4. Documentaci¨®n
El ¨¢rea de documentaci¨®n tambi¨¦n se detect¨® en el plan inform¨¢tico como aplicaci¨®n urgente a realizar. Para ello se ha desarrollado el sistema de recuperaci¨®n de informaci¨®n, que permite, utilizando terminales en ?tiempo real?, consultar los documentos que responden a un ?perfil de b¨²squeda? determinado.
Toda aplicaci¨®n de recuperaci¨®n de informaci¨®n lleva consigo la introducci¨®n en el ordenador de todos los documentos existentes en los ficheros manuales. Para un organismo como RTVE, que cuenta en la actualidad con un n¨²mero aproximado de 500.000 documentos referidos a programas filmados, programas en v¨ªdeo, discos y cintas magnetof¨®nicas, la Introducci¨®n de la informaci¨®n en el ordenador es una tarea a realizar en varios a?os.
La aplicaci¨®n qued¨® operativa en septiembre de 1979; desde entonces, y dado el perfecto funcionamiento de la misma, se han interesado por ella televisiones extranjeras (RTVE), organismos oficiales y empresas de los m¨¢s diversos sectores, entre otras la empresa editora de EL PAIS.
Como procesos a destacar en esta aplicaci¨®n se encuentran:
- Consulta de documentos.
- Impresi¨®n de documentos.
- Edici¨®n de cat¨¢logos.
- B¨²squedas retrospectivas, etc¨¦tera.
En la actualidad disponemos de una base de datos de documentos correspondientes al archivo sonoro de RNE, en los que ya se han introducido 16.000 documentos, correspondientes a cintas magnetof¨®nicas de m¨²sica cl¨¢sica y quinientos documentos correspondientes a programas filmados.
5. Control de pr¨¦stamos del archivo sonoro
La necesidad de la mecanizaci¨®n del control de pr¨¦stamos del archivo sonoro es consecuencia del elevado n¨²mero de documentos que posee dicho departamento y del gran volumen de pr¨¦stamos diarios que se realizan, lo que da lugar a una sobrecarga de trabajo del personal de dicho departamento.
La mecanizaci¨®n del control de pr¨¦stamos permite obtener toda la informaci¨®n mencionada y descarga al personal de las tareas rutinarias de b¨²squeda de datos y mantenimiento de ficheros.
El sistema actualmente en uso se basa en la creaci¨®n y mantenimiento de un fichero maestro en el que quedan reflejados todos los datos relativos a cada uno de los pr¨¦stamos, la actualizaci¨®n de dicho fichero y la obtenci¨®n de listados y estad¨ªstica.
6. N¨®mina mecanizada de colaboradores
El gran n¨²mero de colaboradores de RTVE y el pago decenal de estas colaboraciones obligaban a un arduo trabajo contra reloj al personal del departamento de colaboraciones de RTVE. Esta situaci¨®n, pr¨¢cticamente insostenible, motiv¨® la mecanizaci¨®n de dicha n¨®mina.
La aplicaci¨®n est¨¢ basada en el mantenimiento de un fichero maestro en el que quedan reflejados todos los pagos que se realizan a cada uno de los colaboradores, as¨ª como la informaci¨®n m¨¢s detallada sobre las colaboraciones.
A partir de este fichero, una veintena de programas permiten la obtenci¨®n de toda la informaci¨®n necesaria para la realizaci¨®n de la n¨®mina.
Aparte de todos los res¨²menes y listados que se confeccionan para el control de la n¨®mina, pueden obtenerse todo tipo de estad¨ªsticas y datos relacionados con los que se registran en el fichero.
7. Proceso de inventario
La presente aplicaci¨®n se concreta en la creaci¨®n, mantenimiento y explotaci¨®n de un fichero en el que se recogen todos aquellos datos precisos sobre los materiales inventariables del organismo, tanto de inmovilizado como de existencia.
Los datos sobre art¨ªculos inventariables se integran en un fichero, ordenado secuencialmente, que peri¨®dicamente se actualiza, seg¨²n las altas, bajas o modificaciones que sufran los bienes a los que el inventario hace referencia.
Por otra parte, el proceso de explotaci¨®n est¨¢ destinado a la obtenci¨®n de informaci¨®n referente a:
a) Inventario general valorado por provincias, agrupando art¨ªculos.
(Pasa a p¨¢gina 44.) (Viene de p¨¢gina 43.)
b) Inventario general valorado por centros geogr¨¢ficos, agrupando art¨ªculos.
c) Inventario general valorado por edificios, agrupando art¨ªculos.
d) Inventario por despachos, valorado o no. . .
e) Relaci¨®n de art¨ªculos que est¨¢n en unas condiciones determinadas.
fl C¨¢lculo de amortizaciones.
g) Relaci¨®n peri¨®dica de altas y bajas.
Hoy est¨¢n incorporados a la base de datos:
1. Expedientes de adquisici¨®n de inmovilizado, material e inmaterial, y los de materiales fungibles -repuestos, existencias, etc¨¦tera- desde la fundaci¨®n del organismo aut¨®nomo RTVE hasta la fecha del 31 de diciembre de 1979.
2. Todos los inmovilizados utilizados por RTVE y propiedad del Estado en lo que a edificios, obras de mejora y caminos de acceso se refiere, no inclu¨ªdos en el apartado anterior.
8. Realizaciones inform¨¢ticas no espec¨ªficas de RTVE
En este apartado se hace menci¨®n de las consultas electorales que han sido procesadas en el centro de proceso de datos de RTVE.
A la semana de estar instalado el ordenador, el Ministerio del Interior solicita de RTVE que se realice en su CPD los procesos correspondientes a la obtenci¨®n de resultados de una muestra estad¨ªstica para las elecciones genera les. El buen funcionamiento de dicho proceso y la perfecta ejecuci¨®n del mis mo motivan que al mes siguiente se vuelva a escoger el CPD de RTVE para efectuar los procesos correspondientes a una muestra estad¨ªstica, esta vez de elecciones municipales, lo cual se vuel ve a repetir para la consulta electoral correspondiente a la Autonom¨ªa del Pa¨ªs Vasco y Catalu?a.
Ante tal c¨²mulo de datos resalta el contenido del reportaje que a este respecto no duda en decir textualmente el d¨ªa 23 de enero de 1980, p¨¢gina 37: ?Centro de proceso de datos sin datos... La utilizaci¨®n del CPD es escasa y sus aportaciones son plaga de errores... Se ha vuelto a llevar la contabilidad manualmente ... ?
La realidad es que en RTVE funciona perfectamente el centro de procesc de datos.
Contin¨²a el peri¨®dico: ?... Como prueba de la p¨¦sima administraci¨®n se dice en el informe que aunque las estimaciones de alquiler de m¨¢quinas e?bern¨¦ticas eran de diez millones/a?o. en los cuatro meses de 1978 ya se gastaron 9,5 millones de pesetas...? Absolutamente falso, por el l¨®gico desconocimiento de los hechos por parte del periodista; fue el 27 de octubre de 1977 cuando se contrat¨® un equipo inform¨¢tico para RTVE, independiente del Ministerio, aunque en el presupuesto de aquel a?o 1978 (confeccionado con la l¨®gica antelaci¨®n al inicio del ejercicio correspondiente) se presupuest¨® la contrataci¨®n de una terminal unida al ordenador del Ministerio en el importe que bien dice el periodista; pero las necesidades propias del organismo reci¨¦n creado justificaban la independencia inform¨¢tica (ya citada) respecto del equipo del Ministerio, y ello era ya imposible de prever en el presupuesto del ejercicio... No es lo mismo contratar una terminal que todo un equipo ¨ªndependiente. De todas formas, la situaci¨®n presupuestaria se regulariz¨® mediante la tramitaci¨®n de un expediente de transferencia de cr¨¦dito que aprob¨® el Ministerio de Hacienda.
En el presupuesto de a?os sucesivos se ha contemplado con realidad econ¨®mica el coste de alquiler del equipo 3031/002.
Y llegados a este punto he de significar que la compleja labor realizada se debe, en gran medida, a la competencia, dedicaci¨®n y esfuerzo de un grupo reducido de personas que han sabido dar respuesta adecuada a la organizaci¨®n del centro de proceso de datos, buscando con urgencia la utilizaci¨®n en condiciones ¨®ptimas de un equipamiento t¨¦cnico puesto a su disposici¨®n. Parad¨®jicamente, estos profesionales est¨¢n incluidos entre los asesores a los que, distorsionando una vez m¨¢s y con absoluto desconocimiento de la realidad, alude el reportaje de EL PAIS.
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