Con la ley de Centros en la mano
El vicepresidente del Gobierno, Fernando Abril, ha tratado de tranquilizar a la opini¨®n p¨²blica y a un determinado sector de su partido al asegurar que la ense?anza estatal va a merecer atenci¨®n preferente y que se va a realizar una pol¨ªtica de financiaci¨®n en materia educativa que va a tener en cuenta las necesidades prioritarias.Sin embargo, parece bastante l¨®gico preguntarse si el Estatuto de Centros Escolares, uno de cuyos objetivos consiste en garantizar a todas las personas jur¨ªdicas la libertad de creaci¨®n de centros, no podr¨¢ impedir, parad¨®jicamente, que el Estado pueda ejercer esta, misma libertad.
Es imposible olvidar la campa?a que la Federaci¨®n Espa?ola de Religiosos de la Ense?anza (FERE) puso en marcha para tratar de frenar la masiva creaci¨®n de centros acordada en los pactos de la Moncloa. En aquella ocasi¨®n, tras denunciar los supuestos intentos de la izquierda de ?barrer la religi¨®n de las escuelas?, protestaron en¨¦rgicamente contra la ?improcedencia de crear centros escolares estatales all¨ª donde ya existen centros privados?.
De ahora en adelante, y con el Estatuto de Centros en la mano, es de imaginar lo que dir¨¢n los dirigentes de la FERE cada vez que el Estado se proponga crear una nueva escuela.
La FERE, no obstante, tendr¨¢ alguna explicaci¨®n razonable para el problema que supone tratar de conjugar la libertad de conciencia de los ciudadanos con la imposibilidad de asistir a una escuela estatal, si ¨¦sta no ha podido construirse porque ya exist¨ªa otra privada en la que, adem¨¢s, rige un determinado ideario.
La verdad es que esta idea de que a partir de ahora los padres podr¨¢n elegir el centro educativo que conviene a sus convicciones ideol¨®gicas plantea un c¨²mulo de interrogantes que nadie se ha molestado en aclarar en los debates parlamentarios de la ley de centros.
Porque, ?cu¨¢ntas convicciones ideol¨®gicas se van a poder satisfacer con el dinero del Estado: dos, cuatro, med¨ªa docena?... Y el derecho a la libertad de opci¨®n, ?incluir¨¢ el derecho al pago del transporte y de la comida de aquellos escolares que tengan que ir a buscar a unos cuantos kil¨®metros de distancia ?el tipo de educaci¨®n? que no encontraron en la proximidad de sus domicilios?
Por otra parte, ?a qu¨¦ edad permitir¨¢ el Gobierno que los padres permitan a su vez a sus hijos tener sus propias convicciones?, ?en la segunda etapa de EGB?, ?en el bachillerato? Y, en consecuencia, ?qu¨¦ suceder¨¢ en el instante en que las convicciones ideol¨®gicas, filos¨®ficas y religiosas de un alumno empiecen a ser diametralmente opuestas a las de sus padres y que fueron las que determinaron su ingreso en un determinado centro?
Y el tecn¨®crata de turno respondi¨® muy convincentemente: ?Muy sencillo, amigo m¨ªo. Cuando se programen las construcciones de centros escolares, los estudios sobre densidad de poblaci¨®n, disponibilidad de suelo edificable, movimientos migratorios y redes viarias de acceso tendr¨¢n que estar precedidos de unos muy ponderados y ajustad¨ªsimos an¨¢lisis sobre el espectro ideol¨®gico de la zona de poblaci¨®n de que se trate.
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