La Diputaci¨®n Foral de Alava fija subvenciones a las retenciones impositivas de los trabajadores
La Diputaci¨®n Foral de Alava aprob¨® ayer un dictamen por el que durante el actual ejercicio se aplicar¨¢n unas subvenciones compensatorias, en las retenciones en la fuente derivadas de la aplicaci¨®n del impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas, para trabajadores con ingresos iguales o inferiores a 799.000 pesetas anuales. La medida, que ser¨¢ efectiva a partir de enero, con efectos retroactivos, viene a prolongar y adecuar al nuevo a?o una pr¨¢ctica que ya se llev¨® a cabo, por primera vez, el a?o pasado.Los motivos de la misma radican en que al establecerse el nuevo impuesto sobre la renta, en vigor a partir del 1 de enero de 1979, no se manten¨ªa una normativa especial para las rentas, de un determinado nivel, derivadas del trabajo, que la Diputaci¨®n Foral ven¨ªa aplicando en el impuesto de los rendimientos del trabajo personal. Como es sabido, este impuesto ha quedado absorbido dentro del nuevo del impuesto sobre la renta, con lo que la exacci¨®n de ¨¦ste con las mismas tablas marcadas por el reglamento del Estado supon¨ªa un fuerte incremento fiscal respecto a la situaci¨®n anterior, que algunas centrales han cifrado en. m¨¢s del 35% de un a?o a otro.
En l¨ªneas generales, las subvenciones aprobadas son las siguientes: hasta las 500.000 pesetas anuales, las subvenciones ser¨¢n equivalentes a la cuota de retenci¨®n que resulte, con lo que en estos casos pr¨¢cticamente hay supresi¨®n de las retenciones. El a?o pasado para este tramo se daban 25.200 pesetas por todo el a?o. Desde quinientas a 750.000 pesetas se establecen unas cifras anuales de subvenci¨®n, a distribuir a trav¨¦s de las empresas como aminoraci¨®n de las retenciones mensuales, que van de 18.900 a 21.000 pesetas anuales (seg¨²n n¨²mero de hijos). El a?o pasado, las cantidades entregadas en estos casos -aunque el l¨ªmite superior estaba en las 725.000 pesetas de ingresos anuales- fueron de 16. 100 a 18.200 pesetas.
Se establecen tambi¨¦n dos situaciones especiales por los llamados ?saltos de escala?, que afectan a ingresos situados entre 501.000 y 528.000 pesetas, y, asimismo, a los que van de 750.000 a 799.000 pesetas. Tambi¨¦n hay subvenciones especiales para familias numerosas con ingresos superiores a medio mill¨®n, que perciben de 30. 100 a 40.000 pesetas anuales, lo cual supone un incremento de unas 6.000 pesetas sobre el a?o pasado. En el pasado ejercicio, el coste global de las subvenciones fue de novecientos millones.
Estos acuerdos se han alcanzado tras unas negociaciones con las centrales sindicales. Durante ellas, la misma Diputaci¨®n plante¨® sustituir la subvenci¨®n por una normativa especial, que supondr¨ªa aplicar unas tablas especiales para los tramos de ingresos citados, con cuya aplicaci¨®n el impuesto de estos contribuyentes quedar¨ªa saldado s¨®lo con las retenciones, sin declaraci¨®n anual para liquidar el impuesto. Esta f¨®rmula no ha sido posible, al negarse el Ministerio de Hacienda a autorizar una normativa aut¨®noma para el IPR.F. Incluso, el Estado indic¨® que se negar¨ªa a renegociar una disminuci¨®n en el cupo del concierto, solicitada por la Diputaci¨®n, si ¨¦sta alteraba la normativa. Parece que tambi¨¦n se habl¨® de presentar el caso al Tribunal Constitucional, caso de producirse.
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