La sentencia de la "operaci¨®n Galaxia" ser¨¢ sometida a revisi¨®n
La autoridad judicial militar de la I Regi¨®n ha disentido de la sentencia dictada para el teniente coronel Tejero y el capit¨¢n S¨¢enz de Ynestrillas, como autores de un delito de proposici¨®n y conspiraci¨®n para la rebeli¨®n, cuyos hechos se conocieron como la ?operaci¨®n Galaxia?. La decisi¨®n de la autoridad militar se interpreta como una revisi¨®n de la condena, calificada de benigna por amplios sectores democr¨¢ticos y gubernamentales, por el compl¨® organizado para ejecutar un golpe de mano sobre el palacio de la Moncloa, sede de la Presidencia del Gobierno.
Ayer por la ma?ana los dos procesados fueron citados a la Secretar¨ªa de Justicia del Gobierno Militar de Madrid, donde les fue comunicada la decisi¨®n del capit¨¢n general. El teniente coronel Tejero hab¨ªa sido condenado en el consejo de guerra celebrado el pasado 6 de mayo a siete meses de prisi¨®n, y el capit¨¢n S¨¢enz de Ynestrillas, a seis meses y un d¨ªa Aunque no existe explicaci¨®n oficial, fuentes de Capitan¨ªa General confirmaron ayer que la autoridad judicial hab¨ªa disentido de la sentencia. A partir de este dato hay que considerar que ha entrado en juego el art¨ªculo 798 del C¨®digo de Justicia Militar que se?ala que el auditor -en este caso concreto, el general Teodoro Fern¨¢ndez D¨ªaz- eleva un dictamen sobre- la sentencia del consejo de guerra a la autoridad judicial, en el que propone que apruebe la sentencia si puede ser ejecutada tras esta aprobaci¨®n, como era el caso juzgado en esta ocasi¨®n, o bien propone la remisi¨®n al Consejo Supremo de Justicia Militar, por no considerarla ajustada a la ley.De acuerdo con las declaraciones a la agencia Efe del teniente coronel Tejero, el auditor no hab¨ªa disentido en su informe de la sentencia, pero la posici¨®n del auditor no es vinculante y la decisi¨®n final es de la exclusiva competencia del capit¨¢n general.
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El Consejo Supremo de Justicia Militar decidir¨¢ definitivamente sobre la "operaci¨®n Galaxia"
Viene de primera p¨¢ginaContando con la inexistencia de informaci¨®n oficial, surge cierta duda sobre la posibilidad de que se hubiese considerado la aplicaci¨®n del art¨ªculo 801 del C¨®digo de Justicia Militar, que previene que la autoridad judicial y su auditor encuentren alg¨²n ?defecto esencial? o que hubiesen surgido ?hechos o pruebas nuevas tan trascendentales que a su juicio hagan variar fundamentalmente el proceso?, en cuyo supuesto ordenan que se vuelvan los autos al momento procesal oportuno.
Sin embargo, as¨ª confirman fuertes jur¨ªdicas militares, este supuesto no parece que tenga, aplicaci¨®n en este caso, ya que la informaci¨®n ofrecida en la propia capitan¨ªa general habla textualmente de disentimiento.
Es por tanto el Consejo Supremo de, Justicia Militar quien habr¨¢ de juzgar definitivamente sobre la causa, Aunque los procesados no han hecho p¨²blica su decisi¨®n, la agencia Efe se?ala que en medios jur¨ªdicos pr¨®ximos al caso se apunta la posibilidad de que designen a los mismos defensores ante el Consejo Supremo de Justicia Militar que los que les representaron ante el consejo de guerra, Jos¨¦ Mar¨ªa Stampa Braun y Enrique Alonso Yag¨¹e.
El disentimiento de la sentencia del consejo de guerra, seg¨²n informan fuentes jur¨ªdico-militares, es un supuesto muy poco frecuente en la pr¨¢ctica.
El Consejo Supremo de Justicia Militar est¨¢ presidido en la actualidad por el teniente general Luis Otero Saavedra. La funci¨®n judicial propiamente dicha la ejerce, en este caso, la Sala de Justicia del consejo.
La sentencia del consejo de guerra que conden¨® al teniente coronel Tejero y al capitan S¨¢enz de Ynestrillas hab¨ªa causado profunda sorpresa en medios jur¨ªdicos, militares y del propio Gobierno. La sentecia llam¨® poderosamente la atenci¨®n, no s¨®lo por la expectaci¨®n que hab¨ªa despertado la llamada ?operaci¨®n Galaxia?, sino porque los resultandos de hechos probados confirmaban con sustancial exactitud las informaciones que hab¨ªan trascendido sobre la supuesta actividad delictiva de los dos procesados, mientras que la penas impuestas fueron consideradas como extraordinariamente benignas.
En fuentes cercanas al Gobierno, relacionadas con la defensa, y durante los ¨²ltimos d¨ªas, se guardaba la m¨¢xima discreci¨®n y se rehusaba aventurar cualquier posibilidad en tomo al desenlace del tema y a la decisi¨®n que pudiera. adoptar el capit¨¢n general.
La agencia Efe, que cita fuentes militares de la m¨¢xima solvencia, se?alaba ayer que ¨¦stas declinaron pronunciarse sobre las causas del disentimiento ante la sentencia, aunque indicaron que ?en la decisi¨®n no ha habido influencias de nada ni de nadie?.
La sentencia ser¨¢ enviada al Consejo Supremo de Justicia Militar y se da traslado de las actuaciones al fiscal togado, en este caso, el general Joaqu¨ªn Lob¨®n Valverde. El consejo se?ala d¨ªa para la vista, a la que asisten los defensores, pero no los procesados, y el Consejo Supremo dicta sentencia firme definitiva.
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