La nueva receta m¨¦dica unificada, arma fundamental en la lucha contra las drogas legales
La desviaci¨®n de productos f¨¢rmacos susceptibles de ser utilizados con fines de drogadicci¨®n es ahora uno de los frentes m¨¢s amplios a cubrir por la polic¨ªa, aunque parece que a¨²n no todos los sectores sociales que pueden ayudar a su control han tomado una conciencia clara de la gravedad del problema. En la Primera Convenci¨®n Sanitaria del Sindicato M¨¦dico Libre, celebrada en Tenerife del 29 de febrero al 9 de marzo ¨²ltimos, se afirm¨® tajantemente que el peligro actual para la juventud no es el porro, sino las llamadas drogas legales.Las recetas falsificadas proliferaron como hongos cuando, entre otros motivos, a partir del a?o 1978 las farmacias retiraron paulatinamente sus existencias de f¨¢rmacos estupefacientes (derivados del opio o la morfina) de sus anaqueles. Aunque el n¨²mero de robos y atracos tiende a disminuir, est¨¢ aumentando vertiginosamente la pr¨¢ctica de la falsificaci¨®n de recetas.
Recetas burdamente falsificadas
La pericia, a veces, no es mucha. Sorprende saber que la polic¨ªa ha recogido ?recetas? consistentes en un papel, de folio com¨²n, donde en uno de los ¨¢ngulos, a letraset y mal escrito, figuraba el nombre del doctor Jos¨¦ P¨¦rez, y debajo, ya escrito a mano, su supuesto n¨²mero de colegiado. Nada m¨¢s; ni un m¨ªsero sello ni direcci¨®n. El caso m¨¢s llamativo corresponde al audaz que se atrevi¨® a recortar de las p¨¢ginas amarillas de la gu¨ªa telef¨®nica un anuncio de un m¨¦dico, pegarlo en un folio y presentarlo como si se tratara de una receta normal. Lo curioso y lo grave al mismo tiempo es que el farmac¨¦utico lo acept¨®. Otras veces basta una hoja, tama?o bloc de bolsillo, de las utilizadas para tomar notas o pasar avisos, que lleve el membrete de la Cruz Roja.
Seg¨²n declaraciones recogidas en el ¨¢mbito policial, el problema es de dif¨ªcil soluci¨®n y es preciso previamente la disposici¨®n de los que posibilitan la relativa tranquilidad de los consumidores il¨ªcitos o traficantes. Es decir, que un impresor se niegue a imprimir talonarios si no es a trav¨¦s de un encargo debidamente comprobado, que las farmacias no admitan recetas sospechosas hasta que comprueben su legalidad, que los m¨¦dicos no dejen talonarios firmados y sin rellenar en las salas de los ambulatorios, que el colegio de farmac¨¦uticos obligue a sus afiliados a cumplir las disposiciones de control del Ministerio de Sanidad y, finalmente, que ¨¦ste agilice los tr¨¢mites burocr¨¢ticos para desarrollar y dar fuerza legal a los convenios internacionales suscritos por Espa?a en materia de psicotr¨®picos.
Y si fu¨¦ramos a un an¨¢lisis m¨¢s global del problema, restringir a sus estrictas dimensiones m¨¦dicas la elaboraci¨®n de productos que parecen tener un fin m¨¢s comercial que sanitario. Actualmente existen m¨¢s de mil f¨¢rmacos que llevan en su composici¨®n anfetaminas, barbit¨²ricos y analg¨¦sicos. Anfetam¨ªnicos son 77 de ellos, entre los que destaca el Bustaid, inhibidor del apetito, cuyas ventajas m¨¦dicas son similares a otros que, en cambio, no tienen sus ventajas euf¨®ricas -para el consumidor- y sus peligros toxic¨®manos -para la polic¨ªa-. El Bustaid no lo receta ya pr¨¢cticamente ning¨²n facultativo, lo que no impide que sea uno de los medicamentos m¨¢s solicitados en las farmacias.
Los ?moros? de las anfetaminas
Hace alg¨²n tiempo, en una reuni¨®n internacional, se calific¨® a Espa?a de para¨ªso de los psicotr¨®picos; de ser los moros de las anfetaminas, como Marruecos lo es del hach¨ªs. Razones no faltaban, puesto que la inmensa mayor¨ªa de dichos productos est¨¢n retirados de la circulaci¨®n en los pa¨ªses europeos o, cuando menos, se expenden bajo rigurosos controles.
En Espa?a no s¨®lo falta por desarrollar una legislaci¨®n, sino que lo legislado no se cumple. Centr¨¢ndonos en el aspecto de las recetas falsas, una circular de la antigua Direcci¨®n General de Sanidad, recogida en el Bolet¨ªn del Colegio de Farmac¨¦uticos, en agosto de 1976, daba cuenta de las medidas de control obligatorias. Entre otras, se citaba que ?los farmac¨¦uticos, propietarios, regentes o titulares de las oficinas de farmacia vienen obligados, adem¨¢s de verificar los datos de nombre y firma del m¨¦dico, n¨²mero de colegiado y fecha de expedici¨®n de las recetas, cuando se trate de prescripciones de especialidades psicotr¨®picas, a solicitar, en el acto de, la dispensaci¨®n, del enfermo o, en su caso, de la persona que requiera la dispensaci¨®n, la presentaci¨®n del documento nacional de identidad?. Muy pocas farmacias cumplen con esta norma b¨¢sica.
Esta disposici¨®n de Sanidad desarrolla en su escal¨®n m¨¢s bajo el convenio internacional de Viena de 21 de febrero de 1971, suscrito por Espa?a y que entr¨® en vigor el 16 de agosto de 1976, publicado en el BOE de 10 de septiembre de 1976. El convenio tuvo su desarrollo en el decreto de 6 de octubre de 1977, donde se estipula que las recetas queden archivadas por espacio de dos a?os, que su validez no superar¨¢ los diez d¨ªas o que s¨®lo pueda entregarse un envase por receta. Nada de esto se cumple.
En una orden del 11 de abril, los requisitos de control son a¨²n m¨¢s rigurosos: filiaci¨®n completa del facultativo prescriptor, los diez d¨ªas de plazo, tratamiento no superior a tres meses y la adecuaci¨®n del formato del impreso de forma que se acabe con los muy variados que existen ahora. La orden ministerial daba un plazo de un a?o a la Direcci¨®n General de Sanidad para desarrollarla.
Han pasado m¨¢s de tres, y todav¨ªa no se ha hecho. Es ahora cuando la Direcci¨®n General de Farmacia y Medicamentos ha elaborado un borrador por el que se establece que todos los m¨¦dicos e instituciones privadas deber¨¢n utilizar un formato especial, igual que ocurre ya para la prescripci¨®n de estupefacientes. Los talonarios ir¨¢n, adem¨¢s, numerados, y las matrices deben ser devueltas despu¨¦s de utilizados. Se proh¨ªbe a los m¨¦dicos firmar recetas hasta el momento de su entrega al paciente, as¨ª como que denuncien inmediatamente cualquier sustracci¨®n, lo que tampoco ahora se hace en todos los casos.
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