Ej¨¦rcito democracia y UMD / y 2
Dicho lo que a mi juicio fue la UMD, en la primera parte de este art¨ªculo (v¨¦ase EL PA?S del 1-8-1980), pasar¨¦ a rebatir los argumentos m¨¢s esgrimidos por quienes opinan que sus miembros no deben volver al Ej¨¦rcito.Naturalmente ignorar¨¦ las manifestaciones de quienes a favor, o en contra, no aducen m¨¢s argumentos que su pasi¨®n o su odio, o no tienen otra motivaci¨®n que la defensa de sus intereses o privilegios. Para ellos, cualquier raz¨®n es balad¨ª. S¨®lo saben hablar de fusilamientos y de cortar cabezas, por lo que no merecen otro trato que el que se da a los seres irracionales o a los terroristas, que viene a ser lo mismo.
Entre los argumentos m¨¢s empleados est¨¢ el del respeto a la legalidad entonces vigente, que fue la que se les aplic¨® a los ¨²medos. Pero se olvida el asunto previo de dilucidar si los hechos recogidos en las actuaciones estuvieron bien encuadrados en el tipo de la conspiraci¨®n para la rebeli¨®n, que sigue siendo ?legalidad vigente?. Yo he excogitado lo contrario, creo que con bastante fundamento. Los interesados tambi¨¦n niegan el delito, que no los hechos.
Pero es que, adem¨¢s, se olvida el problema de la ?legitimidad?. Como dije ante el consejo de guerra de Herreros, para que una conducta sea delito es necesario, entre otras cosas, que de su comparaci¨®n con el conjunto del ordenamiento, resulte antijur¨ªdica. No queda, por tanto, m¨¢s remedio que analizar los hechos desde el punto de vista de todo el ordenamiento. Y a este fin, es preciso no olvidar que la ideolog¨ªa pol¨ªtica dominante es la que impone los principios o fundamentos de los que ha de partir el ordenamiento jur¨ªdico, cuyo desarrollo posterior, subordinado siempre a los mismos, se efect¨²a casi exclusivamente por medio de la ley, en su sentido amplio.
Pues bien, la democracia, ideolog¨ªa imperante en la sociedad espa?ola cuando se conden¨® a los de la UMD, parte del principio inviolable de que la soberan¨ªa radica en el pueblo, del, que la ley es la expresi¨®n de su voluntad. (Pre¨¢mbulo y art¨ªculo 1? de la Constituci¨®n).
Para que este principio sea real y la ley sea expresi¨®n de la voluntad de todos, es necesario que todos, sin discriminaciones o desigualdades, podamos participar en su formaci¨®n, bien directamente, bien a trav¨¦s de unos representantes peri¨®dicamente elegidos en proporci¨®n a los votos de todos. Mas esta participaci¨®n, amparada por el art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n, ser¨ªa s¨®lo formal si no fuese acompa?ada de otro derecho democr¨¢tico primordial: la libertad de expresi¨®n, en su sentido m¨¢s lato. S¨®lo e m¨¢ximo de esta libertad nos permitir¨¢ conocer las alternativas que de verdad, podemos dar a nuestro voto, convirti¨¦ndolo as¨ª en aut¨¦ntica expresi¨®n de nuestra voluntad, y no en instrumento de otros. Y tambi¨¦n nos permitir¨¢ saber y controlar el uso o abuso que en cada momento se hace del que hemos otorgado.
Quienes no comprendan cuanto acabo de decir ser¨¢n incapaces de distinguir la enorme diferencia existente entre las leves y el ordenamiento de Amin Dada o Mac¨ªas, pongo por caso, y las leyes y ordenamientos de Alemania o Suecia.
Y lo que es peor, admitir y tolerar que unas leyes no amparadas ni legitimadas por principios democr¨¢ticos sigan produciendo efectos en una naci¨®n regida por una Constituci¨®n que, si lo est¨¢, equivale a identificar legitimaci¨®n con positivismo y a reconocer que, llegado el caso, se aceptar¨ªan y tolerar¨ªan, como igualmente leg¨ªtimas, las leyes nacidas e impuestas por la mera fuerza o poder de unos pocos.
Uni¨®n no significa uniformidad
Otra de las argumentaciones esgrimidas en contra de la readmisi¨®n es que se provocar¨ªa la desuni¨®n en el Ej¨¦rcito. Pero como han dicho los mandos, uni¨®n no significa absoluta uniformidad.
Lo importante es que todos coincidamos en los principios, finalidades y m¨¦todos esenciales de la instituci¨®n y en su sometimiento a quienes reciben el poder del pueblo. La discrepancia, respetuosa, en lo accesorio, carece de trascendencia.
Por otra parte, decir que los reconocidos criterios democr¨¢ticos de los ¨²medos dar¨ªan lugar a antagonismos en las FAS implica decir que dichos criterios son extra?os a las mismas, y eso no es verdad, pues entre los militares hay dem¨®cratas, hay indiferentes y hay totalitarios.
No son precisamente los militares con criterios o talantes democr¨¢ticos quienes provocan antagonismos con sus compa?eros. Tal vez choquen alguna vez con sus superiores, en su af¨¢n de lograr m¨¢s libertad y m¨¢s respeto para todos. Pero no conozco ning¨²n caso en que un militar dem¨®crata haya insultado p¨²blicamente a sus superiores o gobernantes. En cambio, la Prensa s¨ª ha dado noticia de hechos de este tipo procedentes de sectores militares no democr¨¢ticos.
La uni¨®n, en lo pol¨ªtico, no existe en las FAS, como tampoco existe en la sociedad de la que forma parte, entren o no los de la UMD. Y si se producen conductas exacerbadas, lo que hay que hacer es corregirlas, si la propia educaci¨®n no las refrena. ?Pero no pongamos disculpas tontas!
Queda, por ¨²ltimo, intentar rebatir la tesis de que con la vuelta de los separados del servicio se atentar¨ªa contra la disciplina, pilar b¨¢sico del Ej¨¦rcito.
Nadie niega que la disciplina es esencial, las diferencias empiezan con la extensi¨®n que se le quiera dar al concepto, que desde luego no es inmutable ni ilimitado. Respecto a esto ¨²ltimo, el ejercicio de las facultades de mando -y, por tanto, la disciplina- siempre han tenido un l¨ªmite: la necesaria referencia a los actos del servicio.
As¨ª, en las tomas de posesi¨®n del mando se dice: ?... obedecerle y respetarle en cuanto mandare concerniente al servicio?. Las ordenanzas, el c¨®digo y el r¨¦gimen interior expresan siempre con claridad dicho l¨ªmite.
El concepto ?acto de servicio? no es inmutable y, consecuente mente, tampoco lo es el de disciplina. Como cualquier otro concepto social, va perfeccion¨¢ndose continuamente, alcanzando mayores cotas de precisi¨®n y justicia. Ning¨²n militar espa?ol de hoy considerar¨ªa actos del servicio muchos de los efectuados por los antiguos asistentes. Y el trato con los subordinados de hoy d¨ªa es bastante diferente del de hace varios lustros. Si estas miradas atr¨¢s nos permiten apreciar la evoluci¨®n producida, la mirada al presente nos permitir¨¢ comprobar que el ?tipo? de disciplina de los ej¨¦rcitos est¨¢ ¨ªntimamente relacionado con el grado de desarrollo que las libertades y derechos reciben en el pa¨ªs al que pertenecen.
En este sentido, resulta extra?o que las continuas referencias al Ej¨¦rcito alem¨¢n de anta?o hayan sido sustituidas por un total mutismo sobre dicho Ej¨¦rcito en la actualidad, cuando los a?os transcurridos y el cambio del nazismo por la democracia, lo han convertido, junto a otros ej¨¦rcitos europeos de la OTAN, en paradigma de lo que deben ser hoy d¨ªa unas FAS. La creaci¨®n, en su seno, de organismos e instituciones de defensa y control de los derechos de todos -comit¨¦ disciplinario, sindicatos, sometimiento pleno a la jurisdicci¨®n ordinaria, etc¨¦tera-, no s¨®lo no han creado problemas de disciplina, sino que han permitido resolverlos mejor. La democratizaci¨®n de las FAS -ciudadanos de uniforme- ha permitido neutralizar la antigua influencia nazi y garantizar as¨ª un Ej¨¦rcito al servicio de la democracia, manteniendo su eficacia.
Que los militares de la UMD estuviesen dispuestos a desobedecer a sus superiores, si ¨¦stos intentaban ejercer las facultades de mando, confundiendo ?servicio? con ?pol¨ªtica partidista?, no s¨®lo no es un ataque a la disciplina, sino que constituye un acto digno de loa y ejemplo. Dejemos para pa¨ªses de pandereta el confundir disciplina con imposici¨®n personal y aprendamos de nuestros vecinos europeos, con los cuales nos queremos integrar.
La "operaci¨®n Galaxia"
Expuestas mis r¨¦plicas a quienes opinan que los de la UMD no deben volver, paso a tocar, brevemente, el tema de la comparaci¨®n entre su caso y el de los de la Galaxia.
A todos se les conden¨® como autores del delito de conspiraci¨®n para la rebeli¨®n del art¨ªculo 291 del C¨®digo Militar. La pena establecida en el mismo tiene unos m¨¢rgenes exorbitantes, como es frecuente en ¨¦l. Va de seis meses y un d¨ªa a doce a?os. Todo queda en mano del tribunal, no de la ley. Ni a unos ni a otros se les aplic¨® circunstancia modificativa alguna. Las, penas impuestas estaban dentro del amplio margen legal citado. Y aqu¨ª se acaban las coincidencias.
Pasemos a las diferencias.
En la Galaxia, la sentencia declar¨® probado el intento de emplear unas fuerzas armadas concretas, en un lugar y d¨ªa determinados y con un plan de actuaci¨®n espec¨ªfico y usando la violencia; en el caso de la UMD s¨®lo se precisaron las reuniones o asambleas, las captaciones y los documentos en los que hab¨ªa intervenido cada uno.
Los de la Galaxia llevaron el asunto con el m¨¢ximo secreto, sin difundir documento alguno sobre su existencia o intenciones y el termino se?alado para su intervenci¨®n estaba muy pr¨®ximo a su nacimiento; la UMD difundi¨® al m¨¢ximo su existencia e intenciones, efectu¨® asambleas, reuniones y captaciones durante m¨¢s de dos a?os y no fij¨® d¨ªa para su intervenci¨®n, disolvi¨¦ndose pac¨ªficamente.
Diferencias de trato
Los de la UMD no pudieron ser defendidos por abogados, a pesar de intentarlo; los de la Galaxia, s¨ª. Los de la UMD sufrieron parte de la prisi¨®n preventiva en distintos puntos de la periferia nacional; los de la Galaxia permanecieron, juntos, en la prisi¨®n militar de la Primera Regi¨®n Militar. Los de la UMD sufrieron limitaciones en las visitas, incluso en Navidad; los de la Galaxia disfrutaron de prisi¨®n atenuada en sus domicilios. Los de la UMD fueron condenados a penas que iban de los dos a?os y seis meses a los ocho a?os; los de la Galaxia lo fueron a penas de siete meses y seis meses y un d¨ªa. Los de la UMD fueron dados de baja en el servicio; los de la Galaxia, no. A los de la UMD se intenta no dejarles entrar; a los de la Galaxia nadie quiere echarlos.
La comparaci¨®n entre uno y otro caso queda hecha: que cada cual saque sus conclusiones.
Para salir al paso de que alguien alegue que, respecto a la intervenci¨®n de letrados en la Galaxia, se aplicaron preceptos constitucionales, dir¨¦ que, en ese caso, me extra?a que no se apliquen con igual diligencia otros muchos.
No quiero terminar sin expresar mi perplejidad ante el hecho de que haya causado m¨¢s revuelo la amnist¨ªa de unos compa?eros que la otorgada a verdaderos criminales y terroristas. Parece inconcebible se intente tama?a degradaci¨®n de quienes durante tantos a?os fueron compa?eros y amigos, y compartieron y comparten nuestras tristezas, aspiraciones y alegr¨ªas. Porque los conozco, puedo asegurarte, compa?ero, que ninguno de ellos ser¨ªa capaz de causar el menor da?o a nadie. Olvida, pues, tu odio, si es que lo tienes. ?O es que hay algo m¨¢s que odio?
Lector, puedes estar seguro que la democracia no quedar¨¢ asegurada si los militares no quieren. Y la mejor forma de que quieran es que asuman racionalmente sus principios. Hay que facilitarles la labor, tanto con la informaci¨®n y formaci¨®n, como con la observancia pr¨¢ctica de dichos principios en su propia profesi¨®n.
Hoy, democracia, no es s¨®lo voto, sino, principalmente, libertad y respeto a los derechos de todos, con interdicci¨®n absoluta del abuso. Y en este sentido, las FAS de los pa¨ªses m¨¢s avanzados nos han demostrado que la democratizaci¨®n del Ej¨¦rcito es en gran medida posible y beneficiosa. Por eso, quienes se oponen a ello, parece no quieren ver definitivamente establecido el sistema en Espa?a.
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