Pr¨®xima publicaci¨®n de la normativa electoral sindical
La orden del Ministerio de Trabajo que regular¨¢ las pr¨®ximas elecciones sindicales, consta de catorce art¨ªculos, una disposici¨®n adicional y otra final, y ser¨¢ publicada oficialmente a comienzos de la pr¨®xima semana, informa Efe.Seg¨²n el texto de la citada orden, las elecciones pueden ser promovidas por los ¨®rganos de representaci¨®n de los trabajadores, los sindicatos legalmente constituidos o un n¨²mero de trabajadores fijos que represente, al menos, al 10% de la plantilla de la empresa o centro de trabajo.
En aquellas empresas donde, por la naturaleza de su actividad, existan centros de trabajo de car¨¢cter temporal, podr¨¢n celebrarse elecciones en ellos, si bien deber¨¢n comunicar al Instituto de Mediaci¨®n, Arbitraje y Conciliaci¨®n (IMAC), la desaparici¨®n de dichos centros para que surta efecto respecto a las actas electorales
Las actas de escrutinio, en aquellas empresas de rnenos de cincuenta trabajadores, deber¨¢n contener, entre otros datos: lista ¨²nica de candidatos a delegados de personal ordenados alfab¨¦ticamente, con expresi¨®n del sindicato o grupo de trabajadores que los presenten y n¨²mero de votos obtenidos. Igual requisito se exigir¨¢ en las empresas de 50 a 250 trabajadores donde se elijan los miembros del comit¨¦ de empresa. Por lo que respecta a las que superen el n¨²mero de 250 trabajadores, se incluir¨¢n listas presentadas por sindicatos o grupos de trabajadores, consign¨¢ndose adem¨¢s el n¨²mero de votos obtenido por cada lista.
Por otra parte, en aquellas empresas que tengan trabajadores fijos y eventuales y el n¨²mero de ¨¦stos supere el 20% del total, se elegir¨¢n por separado los representantes de unos y otros.
Las elecciones efectuadas al amparo del Estatuto de los Trabajadores producir¨¢n sus efectos respecto de la empresa y de la negociaci¨®n colectiva, siempre que sus resultados hubieran sido depositados, en su d¨ªa, en la delegaci¨®n. de Trabajo o en el IMAC.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.