Oposici¨®n socialista al real decreto que regula la cuota de pantalla
El Partido Socialista Obrero Espa?ol est¨¢ estudiando la posibilidad de presentar recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1864-1889, que desarrolla la ley sobre Cuotas de Pantalla y Distribuci¨®n, seg¨²n se ha informado a Europa Press en medios socialistas.
En opini¨®n de los socialistas, el art¨ªculo del real decreto contradice lo dispuesto en el art¨ªculo primero de la ley, en el que se dice que las salas estar¨¢n obligadas a programar dentro de cada cuatrimestre natural la exhibici¨®n de pel¨ªculas espa?olas a raz¨®n de un d¨ªa, como m¨ªnimo, por cada tres de exhibici¨®n de pel¨ªculas extranjeras en versi¨®n doblada a cualquier lengua oficial.Sin embargo -a?aden las citadas fuentes-, el real decreto dispone que las salas estar¨¢n obligadas a programar, dentro de cada cuatrimestre natural, la exhibici¨®n de pel¨ªculas espa?olas de forma tal que al concluir cada cuatrimestre se haya exhibido un m¨ªnimo de un d¨ªa de pel¨ªcula espa?ola por cada tres de pel¨ªcula extranjera, en version doblada a cualquier lengua.
A estos efectos, a los d¨ªas de exhibici¨®n efectiva de pel¨ªcula espa?ola en cada cuatrimestre natural podr¨¢n sumarse los correspondientes al cuatrimestre inmediatamente anterior que hayan excedido de la proporci¨®n establecida en el art¨ªculo primero de la citada ley.
Los socialistas entienden que el real decreto va en contra de lo dispuesto en la ley, por las siguientes razones:
La ley establece que dentro de cada cuatrimestre natural tendr¨¢ que haber como m¨ªnimo un d¨ªa de exhibici¨®n de pel¨ªculas espa?olas por cada tres de pel¨ªculas extranjeras. La ley no prev¨¦ ninguna excepci¨®n a dicha regla y, por tanto, de aceptarse la propuesta por el real decreto se vulnerar¨ªa la ley, pues no se exhibir¨ªan pel¨ªculas espa?olas durante los d¨ªas m¨ªnimos preceptivos dentro de cada cuatrimestre natural.
La excepci¨®n contenida en el real decreto, adem¨¢s de nula por vulnerar una norma de superior rango, es falaz, toda vez que habla de casos en que se haya excedido de la proporci¨®n establecida en la ley 3 / 1980. Pues bien, dicha ley no establece proporci¨®n alguna rebasable, toda vez que habla de un d¨ªa como m¨ªnimo, lo que acota la cuota por abajo pero no por arriba.
La cuota de pantalla, desde la regulaci¨®n de las actividades cinematogr¨¢ficas en 1977, ha sido motivo pol¨¦mico en el sector, ya que de la misma depende, en gran medida, el futuro de la industria nacional.
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