El fiscal acusa al coronel Grandal de atacar la honorabilidad de la aeron¨¢utica militar espa?ola
Los obsequios entregados por la Lockheed en las Navidades de los a?os 1971 a 1975 a diversos militares y civiles relacionados con los programas de material del Ministerio del Aire y con la aeron¨¢utica en general, de los que s¨®lo uno alcanz¨® el valor de 30.000 pesetas, no re¨²nen las caracter¨ªsticas del delito de soborno, dada la escasa entidad de los mismos, que, por otra parte, no rebasaban el marco de los usos sociales y de las costumbres atribuidos a esas fechas, seg¨²n manifest¨® ayer el fiscal militar que act¨²a en el consejo de guerra que enjuicia en Madrid las repercusiones del llamado caso Lockheed en Espa?a.
Por otra parte, algunos de los obsequiados, como es el caso del actual teniente general Ignacio Alfaro Arregui, que recibi¨® este tipo de regalos en las Navidades de 1974 y 1975, los devolvieron y otros no estimaron necesario hacerlo por considerar que su valor era irrelevante y, en todo caso, ser una atenci¨®n personal del delegado en Espa?a de la compa?¨ªa Lockheed, Hilarlo Ortiz. Estos datos figuran en el duro y a la vez trabajado alegato pronunciado ante el consejo de guerra por el fiscal militar sobre la conducta del procesado coronel Grandal, al que acusa de haber atacado, al simultanear sus actividades lucrativas en Avi¨®nica, SA, y su cargo en el Estado Mayor del Aire, la honorabilidad de la Administraci¨®n militar aeron¨¢utica espa?ola.Antes de producirse los informes del fiscal militar y del abogado defensor del procesado se concluy¨® la prueba testifical con la declaraci¨®n de varios antiguos miembros de la secci¨®n del Estado Mayor, en la que prest¨® sus servicios el procesado y que hab¨ªan sido propuestos como testigos por el abogado defensor. Todos ellos coincidieron en afirmar que en aquellas fechas dicha secci¨®n no prepar¨® ning¨²n informe sobre la adquisici¨®n por Espa?a de aviones C-130 H¨¦rcules y manifestaron a la vez que el coronel Grandal nunca comunic¨® su pertenencia como accionista a la empresa Avi¨®nica, SA, representante de los intereses de la Lockheed en Espa?a. Especial relevancia tuvo la declaraci¨®n del delegado de la Lockheed en Espa?a, Hilario Ortiz, quien afirm¨® haber mantenido frecuentes contactos desde 1970 con los accionistas civiles de Avi¨®nica, SA. A preguntas del fiscal militar, confes¨® que en octubre de 1973 adquiri¨® acciones de Avi¨®nica sin hacer desembolso alguno, a petici¨®n de Fernando Herce Valdivia, operaci¨®n de la que no tuvo conocimiento la empresa Lockheed, de la que era delegado en Espa?a. El testigo manifest¨® desconocer que Avi¨®nica cobrase cantidades fuertes de la Lockheed, lo cual origin¨® cierta extra?eza del fiscal, quien pregunt¨® al testigo: ??A pesar de ser usted deleoado de esta compa?¨ªa en Espa?a??. La pregunta del fiscal no tuvo respuesta. El pagador de Avi¨®nica, Angel Mat¨ªas P¨¦rez, que tambi¨¦n testific¨®, manifest¨® que su cometido era pagar peque?as cantidades, de 40.000 o 50.000 pesetas, y as¨ª realiz¨® ingresos de este tipo en una cuenta corriente a nombre del coronel Grandal.
Jos¨¦ Carlos Gil Romero, directivo de la compa?¨ªa aeron¨¢utica espa?ola Caesa, declar¨®, por su parte, que puso en contacto a Miguel Angel Jim¨¦nez Emb¨²n con Avi¨®nica, entreg¨¢ndole adem¨¢s algunas informaciones que podr¨ªan ser ¨²tiles a esta compa?¨ªa, por lo que recibi¨® tres millones de pesetas. ?Nuestra compa?¨ªa?, declar¨® este testigo, ?representa al avi¨®n B¨²falo. Ten¨ªamos un estudio muy bueno de comparaci¨®n entre este tipo de avi¨®n y el C-130 H¨¦rcules, y Jim¨¦nez Emb¨²n me pidi¨® que se lo entregase. Nosotros se lo entregamos porque pensamos que la hora del prototipo B¨²falo hab¨ªa pasado ya en Espa?a?.
Tras la conclusi¨®n de la prueba testifical, el fiscal inici¨® su informe con la historia de la constituci¨®n de Avi¨®nica, SA, el 29 de abril de 1970, y las diversas cantidades que recibi¨® de la Lockhhed por la venta de diversos aviones de la compa?¨ªa norteamericana al Ministerio del Aire. En total, 1.800.000 d¨®lares, es decir, 105 millones de pesetas por la venta de tres P-3 A Oriont, cuatro C-130 H, tres KC- 130 H¨¦rcules, 249 motores para el modelo Aviocar, doce motores de repuesto y 380 radiobalizas.
Estas cantidades, de las que el procesado percibi¨® diecis¨¦is millones, deben ser consideradas, seg¨²n el fiscal, como comisiones y no como dividendos percibidos a cuenta de los beneficios de Avi¨®nica, SA.
El fiscal mantiene en su informe que el procesado no s¨®lo era accionista de Avi¨®nica, sino tambi¨¦n fundador de la misma y gestor con el general Rey, ya fallecido, Luis S¨¢enz de Pazos y Fernando Herce Valdivia. Por otra parte, el fiscal mantiene que el procesado entreg¨® a Avi¨®nica informes de car¨¢cter militar, que si bien no afectaban a la defensa nacional, lo cual hubiera constituido un delito m¨¢s grave, ni tampoco ten¨ªan car¨¢cter de reservados, s¨ª entraban en el ¨¢mbito de lo confidencial que todo funcionario p¨²blico, m¨¢xime si es militar, debe respetar. El primer hecho, es decir, la pertenencia al mismo tiempo a una sociedad cuyo objeto social era la venta de productos aeron¨¢uticos y a una secci¨®n del Estado Mayor del Ej¨¦rcito del Aire, que ten¨ªa la tarea de realizar informes sobre programas de material, constituye, seg¨²n el fiscal, el delito que tipifica el art¨ªculo 198 del C¨®digo Penal, que castiga con la pena de inhabilitaci¨®n especial y multa de hasta 500.000 pesetas a la autoridad o funcionario p¨²blico que, prevali¨¦ndose de su cargo, ejerza alguna profesi¨®n directamente relacionada con la esfera de sus actividades oficiales o interviniere directa o indirectamente en empresas o asociaciones privadas con m¨®vil de lucro. El segundo hecho, es decir, la entrega de informes de car¨¢cter militar a Avi¨®nica, es calificado por el fiscal como un delito del art¨ªculo 391, p¨¢rraf¨® segundo del C¨®digo de Justicia Militar, que castiga con la pena de seis meses y un d¨ªa a seis a?os de prisi¨®n militar o con la separaci¨®n del servicio al que sin incurrir en desobediencia deje de cumplir sus deberes militares. El fiscal militar puso especial inter¨¦s en dejar claro que la actuaci¨®n del coronel Grandal y, en general, la de Avi¨®nica, fueran cuales fueren sus intenciones, influy¨® muy escasamente en las autoridades del Ministerio del Aire.
El procesado era un simple accionista de Avi¨®nica, seg¨²n la defensa
La defensa, a cargo del letrado Francisco Javier S¨¢enz de Pipa¨®n, puso especial inter¨¦s en desvirtuar las acusaciones del fiscal y en llevar al ¨¢nimo del consejo de guerra la idea de que las pruebas documentales eran endebles, que el procesado era un simple accionista de Avi¨®nica, y como tal percibi¨® los correspondientes dividendos, y que sus informes a dicha compa?¨ªa proven¨ªan de sus conocimientos como t¨¦cnico en temas econ¨®micos, y no de su cargo en la cuarta secci¨®n del Estado Mayor del Aire. El defensor tuvo duros calificativos contra los documentos entregados por las autoridades americanas a la fiscal¨ªa del Tribunal Supremo, todos ellos fotocopias no autentificadas y bastantes de ellas pr¨¢cticamente ilegibles. Por otra parte, el defensor manifest¨® que la conducta del coronel Grandal era irrelevante desde el punto de vista penal, ya que era un simple accionista de Avi¨®nica, sin funciones concretas en la direcci¨®n y gesti¨®n de la misma.
El abogado defensor manifest¨® que Avi¨®nica no precisaba, para promocionar sus ventas, de informes hechos por el coronel Grandal, ya que ten¨ªa otras personas con fuertes relaciones con el Ministerio del Aire y dispon¨ªa, al mismo tiempo, de la organizaci¨®n adecuada para conseguir este fin. As¨ª, seg¨²n el abogado defensor, Hilario Ortiz, delegado de la Lockheed en Espa?a, tiene sus fuentes de informacl¨®n en el servicio de planes y programas del Ministerio del Aire. Avi¨®nica tiene tambi¨¦n su propio equipo y dispone de Jim¨¦nez Emb¨²n, que trabaja tambi¨¦n para ella. Tambi¨¦n puede utilizar los servicios de Gil Romero, directivo de Caesa, muy bien relacionado con el Ministerio del Aire. La conclusi¨®n, seg¨²n el abogado defensor, es que Avi¨®nica no necesitaba para nada informes del coronel Grandal para promocionar las ventas de los aviones de la Lockheed.
Por otra parte, seg¨²n su abogado, el coronel Grandal ni tuvo funciones directivas en Avi¨®nica ni inform¨® en beneficio de la Lockheed, sino que mantuvo una actividad simplemente t¨¦cnica y perfectamente compatible con su condici¨®n militar. Neg¨® el abogado defensor que su patrocinado hubiese cometido los delitos que le atribuye el fiscal, ya que, por una parte, ser accionista de una empresa es una actividad perfectamente legal, y, por otra, la informaci¨®n que facilitaba no proced¨ªa de su empleo en el Ministerio del Aire, por lo que solicit¨® la libre absoluci¨®n de su patrocinado.
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