Hay m¨¢s rebeldes
EL CONSEJERO togado Jos¨¦ Mar¨ªa Garcia Escudero ha elevado al Consejo Supremo de Justicia Militar las actuaciones sumariales sobre el golpe de Estado frustrado del 23 de febrero. Sin embargo, el fiscal del Consejo Supremo podr¨¢ solicitar la pr¨¢ctica de diligencias sumariales complementarias y pedir, eventualmente, nuevos procesamientos antes de la fase del plenario.Ser¨ªan necesarios argumentos cuya existencia no resulta f¨¢cil de adivinar, para justificar el no procesamiento de todos los hombres armados que en la tarde del 23 de febrero asaltaron el Palacio del Congreso, interrumpieron a golpe de metralleta la votaci¨®n de investidura del presidente Leopoldo Calvo Sotelo, humillaron, agredieron y vejaron de palabra y de obra y a disparos a los miembros del Gobierno en funciones (entre otros, al teniente general Guti¨¦rrez Mellado) y a los diputados, y mantuvieron secuestrados durante cerca de dieciocho horas a los representantes electos de la soberan¨ªa popular.
Nada m¨¢s lejos de nuestro prop¨®sito que equiparar a los cabecillas de la intentona facciosa con todos los guardias que participaron en la tropel¨ªa subversiva. Los propios diputados podr¨ªan testificar quiz¨¢ en un juicio p¨²blico a favor de algunos guardias atemorizados por sus superiores. Cualquier tribunal podr¨ªa encontrar circunstancias atenuantes de la responsabilidad en el comportamiento de una parte de los asaltantes del Congreso.
No obstante, las atenuantes, si bien disminuyen la responsabilidad criminal, en modo alguno la anulan. Por esa raz¨®n, el procesamiento de los presuntos culpables y la celebraci¨®n del consiguiente juicio constituyen pasos inexcusables para apreciar tales circunstancias aliviadoras de la responsabilidad, ya que ¨²nicamente la sentencia puede establecer esas atenuantes y rebajar la pena en funci¨®n de su n¨²mero e importancia.
La decisi¨®n de no procesar a todos los asaltantes del Palacio del Congreso s¨®lo podr¨ªa justificarse por la in equ¨ªvoca existencia de una eximente, esto es, de una circunstancia que hiciera desaparecer la responsabilidad criminal en una conducta objetivamente delictiva. Ahora bien, el art¨ªculo 185 del C¨®digo reformado de Justicia Militar es inequ¨ªvoco justamente en el sentido contrario, ya que, tras eximir de responsabilidad a quien ?obra en virtud de obediencia debida?, establece, de manera rotunda, que ?se considera que no existe obediencia debida cuando las ¨®rdenes entra?en la ejecuci¨®n de actos que constituyan delito, en particular contra la Constituci¨®n?.
Este precepto, por lo dem¨¢s, no hace sino trasladar a la normativa penal disposiciones incluidas en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, aprobadas por las Cortes Generales y sancionadas por el Rey el 28 de diciembre de 1978. Porque el art¨ªculo 34 de esa ley establece que ?cuando las ¨®rdenes entra?an la ejecuci¨®n de actos que (...) constituyan delito, en particular, contra la Constituci¨®n, ning¨²n militar estar¨¢ obligado a obedecerlas?, y, ?en todo caso asumir¨¢ la grave responsabilidad de su acci¨®n u omisi¨®n ?. El art¨ªculo 26 de esas mismas Reales Ordenanzas establece que ?todo militar deber¨¢ conocer y cumplir exactamente las obligaciones contenidas en la Constituci¨®n?.
Parece, as¨ª pues, fuera de duda que todos los asaltantes del Palacio del Congreso, en estricta justicia Y de acuerdo con las leyes, deben ser procesados y comparecer ante un consejo de guerra.
El actual presidente del Gobierno afirm¨® hace pocas semanas ante el Congreso, en una intervenci¨®n muy firme y ligeramente arrogante, que desconoc¨ªa la existencia de un presunto pacto entre las autoridades y el teniente coronel Tejero para facilitar la rendici¨®n sin derramamiento de sangre de los sediciosos. Seg¨²n ese fantasmal acuerdo, la inmensa mayor¨ªa de los guardias que asaltaron el Palacio del Congreso ser¨ªan dejados en libertad, sin procesamiento, y continuar¨ªan en el servicio activo. Pero Leopoldo Calvo Sotelo fue todav¨ªa m¨¢s all¨¢ en sus palabras y subray¨®, con ¨¦nfasis y solemnidad, que tampoco se sentir¨ªa obligado por ese hipot¨¦tico pacto, en el caso de que, efectivamente, hubiera llegado a rubricarse. Mucho nos tememos, sin embargo, que la ausencia de argumentos jur¨ªdicos parajustificar la impunidad y el no procesamiento de un gran n¨²mero de los asaltantes del 23 de febrero fuerce la explicaci¨®n de que s¨ª hubo pacto y de que Leopoldo Calvo Sotelo, pese a su negativa ante,el Congreso, lo conoce y est¨¢ dispuesto a cumplirlo. Nos hallar¨ªamos, en tal caso, ante una grav¨ªsima dejaci¨®n de los deberes del Gobierno y de los poderes p¨²blicos, obligados a respetar y a hacer cumplir las leyes, y a incumplir en cambio acuerdos arrancados por la extorsi¨®n y por la fuerza. Tejero no actu¨® como un militar que se rinde ante el enemigo, sino como el jefe de una banda terrorista que capitula ante la ley y el poder leg¨ªtimo. Y tambi¨¦n, por supuesto, estar¨ªamos ante una especie de involuntaria incitaci¨®n al golpismo.
Si este r¨¦gimen es incapaz de juzgar a quienes criminalmente atentaron contra ¨¦l, si la debilidad del Gobierno es tanta, o tan grandes sus dudas que no es posible llevar ante un tribunal a los hombres armados que amenazaron a punta de metralleta la vida y la libertad de los representantes del pueblo, ning¨²n juicio, ninguna condena, ninguna respuesta pol¨ªtica que desde el poder se otorgue al golpismo tendr¨¢ la credibilidad suficiente ante los ojos de los ciudadanos. El hecho es llano y simple: muchos guardias civiles rebeldes que asaltaron el Congreso siguen en libertad, est¨¢n en posesi¨®n de su arma y amenazan -con su ignorancia o con su malevolencia- al orden p¨²blico. No se explican las diferencias del comportamiento gubernamental respecto al comandante S¨¢enz de Ynestrillas, al que tilda de terrorista, y estos n¨²meros de la Guardia Civil a los que mantiene en su puesto. Es intolerable que el director general del Cuerpo siga en su cargo despu¨¦s de los ¨²ltimos y recientes acontecimientos. Es inadmisible que el presidente del Gobierno haga ante el Congreso rotundas promesas que no cumple. Su Gabinete ha solicitado el procesamiento de algunos de los rebeldes todav¨ªa en libertad. La opini¨®n p¨²blica solicita, sin embargo, el de todos ellos y su inmediata expulsi¨®n de un cuerpo al que deshonraron. Pero, adem¨¢s, la destituci¨®n de un director general cuya torpeza e incapacidad no merecemos los contribuyentes.
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