Antonio Ledesma: "La pol¨ªtica judicial debe basarse en los mandatos constitucionales"
ENVIADA ESPECIALLas necesidades de que la pol¨ªtica judicial est¨¦ inspirada en los mandatos constitucionales y de que los jueces no sean un freno a las conquistas populares fueron puestas de manifiesto ayer por Fernando Ledesma, vocal del Consejo General del Poder Judicial, en la tercera jornada del ciclo que sobre ?La justicia en la d¨¦cada de los ochenta? se celebra en la Universidad Men¨¦ndez y Pelayo, en Santander. Ledesma plante¨® que a las exigencias del Estado social y democr¨¢tico de derecho, que consagra la Constituci¨®n espa?ola, corresponde un cambio en el papel judicial que debe acercarse a la realidad y considerar su misi¨®n como una profesi¨®n, y no como un sacerdocio. El ponente manifest¨® su creencia de que los jueces deben estar presentes en ¨¢mbitos que preocupan actualmente al ciudadano, como la lucha contra la contaminaci¨®n, la calidad de los alimentos, la defensa de los intereses de los trabajadores, el ataque a los abusos urban¨ªsticos y el fraude fiscal.
?El juez espa?ol?, dijo Fernando Ledesma, ?ha tenido un curriculum de progresivo distanciamiento de la realidad social que debe ser corregido con una imagen constructiva, imaginativa y creadora?. Para ello se?al¨® la necesidad de que la formaci¨®n de los jueces sea m¨¢s integral y no se limite a unas oposiciones memor¨ªsticas. ?Un juez?, afirm¨® ?no podr¨¢ entender los problemas del paro en Andaluc¨ªa, Extremadura o Canarias, no conoce la realidad social de esas zonas, por lo que tendr¨¢ que estudiar disciplinas como econom¨ªa, Sociolog¨ªa o derechos humanos?.
En cuanto a la independencia de los jueces y magistrados, Ledesma lament¨® que las competencias del Consejo garanticen un alto grado de esa independencia, pero no toda la necesaria. ?Hay l¨ªmites que deben ser corregidos, como los supuestos en los que la decisi¨®n judicial viene precondicionada por las decisiones de ¨®rganos vinculados, al poder ejecutivo, que les hace adoptar soluciones de oportunidad pol¨ªtica?, o cuando ?los ¨®rganos de investigaci¨®n de los comportamientos penales escapan al control del poder judicial?.
Fernando Ledesma se?al¨®, asimismo, que los jueces o tribunales no deben dictar circulares a instancias inferiores para interpretar las normas, como suced¨ªa en el pasado, e hizo especial hincapi¨¦ en que una de las formas de coartar la independencia de los jueces y magistrados es la retenci¨®n por parte del poder ejecutivo de la competencia para elaborar los presupuestos judiciales.
El ponente cit¨® el informe evacuado por el Consejo General del Poder Judicial sobre la ley org¨¢nica de este poder, y anunci¨® que los derechos fundamentales y las libertades p¨²blicas est¨¢n garantizados baj¨® los jueces y tribunales.
Fernando Ledesma explic¨® que la Constituci¨®n contiene un mandato claro sobre las condiciones en las que el poder judicial debe realizar su funci¨®n, y apunt¨® en primer lugar la necesidad de que los jueces operen con exclusividad, que est¨¦n s¨®lo para una funci¨®n jurisdiccional.
Fernando Ledesma expres¨® como otras condiciones en que el poder judicial debe actuar, la de legalidad, ?no pueden neutralizarse con acciones judiciales las conquistas populares,y no puede decirse, por ejemplo, que "en mi juzgado, mientras yo est¨¦, no habr¨¢ divorci¨®"?. Tambi¨¦n puso de manifiesto la necesidad de responsabilizarse, ya que ?s¨®lo la persona del Rey es inviolable y no est¨¢ sujeta a responsabilidad ?, y la de participaci¨®n en la justicia de todos los estamentos sociales.
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