El desconcierto de Aranjuez
NO RESULTA f¨¢cil escalonar las responsabilidades de las desgracias que pudieran ocurrir en el fin de semana que se nos avecina. Fuerza Nueva figura, no obstante, a la cabeza de las premoniciones por su prop¨®sito de utilizar el 45? aniversario de la sublevaci¨®n militar contra las instituciones democr¨¢ticas, que desencaden¨® una larga y cruel matanza entre espa?oles, para alimentar la actual estrategia de la tensi¨®n. Pero no le va a la zaga el gerente del Patrimonio Nacional, c¨®mplice arrendador de la plaza de toros de Aranjuez como lugar de cita de la ofensiva fascista.El Ministerio del Interior, que ha estado dubitante y confuso, opt¨® anoche por la soluci¨®n salom¨®nica de prohibir lo de El Escorial y permitir lo de Aranjuez. Esperemos que no tenga que arrepentirse. Las recientes actuaciones de Fuerza Nueva en Madrid, Valladolid y otras capitales espa?olas han resucitado las viejas estampas del per¨ªodo de entreguerras, cuando las variantes locales de la Internacional Fascista provocaban en las calles de pueblos y ciudades de Italia, Alemania, Espa?a o Austria los enfrentamientos violentos, el desorden ciudadano y el derramamiento de sangre con la Finalidad de justificar como inevitable el golpe de Estado y la abolici¨®n de las Iibertades democr¨¢ticas. La convocatoria del s¨¢bado en Aranjuez presagia -y Ojal¨¢ nos equivoquemos- un intento de repetici¨®n de los incidentes y agresiones a que nos tienen acostumbrados.
Fernando Fuertes de Villavicencio, pintoresco personaje del pasado al que incomprensiblemente se le ha respetado en el presente su canonj¨ªa en el Patrimonio Nacional, se ha destapado ahora como un eficaz colaborador para la celebraci¨®n del acto de ma?ana, s¨¢bado, en Aranjuez. La historia ense?a que durante el franquismo nunca hubo ideas demasiado claras acerca del car¨¢cter p¨²blico que el adjetivo nacional agrega al concepto de patrimonio, y que los bienes de ese importante activo social fueron utilizados durante d¨¦cadas al servicio de gustos y usufructos personales o de grupo. Suponemos, sin embargo, que la permanencia de ese veterano administrador al frente del Patrimonio Nacional no lleva aparejada la condici¨®n vitalicia. Su continuidad en ese gratificador cargo parece del todo incompatible, tras su decisi¨®n respecto a la plaza de Aranjuez, con las necesidades del r¨¦gimen constitucional. Pero ya est¨¢ visto en otros casos que el respeto a la soberan¨ªa popular y a las leyes de la l¨®gica est¨¢ re?ido con la pol¨ªtica gubernamental de estos tiempos. Aqu¨ª el ¨²nico amenazado parece el director general de Televisi¨®n, quiz¨¢ porque est¨¢ empe?ado en que ¨¦sta sea de todos y no s¨®lo del partido en el poder.
Queda, finalmente, la inhibici¨®n del Ministerio del Interior en el tema de Aranjuez. Parece ampararse en la ley de 29 de mayo de 1976, que s¨®lo exige para reuniones en local cerrado unos requisitos m¨ªnimos, f¨¢cilmente cumplimentados por Fuerza Nueva la prohibici¨®n del acto de El Escorial se motiva s¨®lo porque se present¨® la solicitud fuera de plazo, y no por el contenido. Sin embargo, esta apoyatura jur¨ªdica parece demasiado d¨¦bil.
La ley de 1976, que desarrollaba el art¨ªculo 16 del franquista Fuero de los Espa?oles, establece que el derecho de reuni¨®n, en lugar cerrado o abierto, s¨®lo puede ejercerse parafines l¨ªcitos -y existen precedentes que hacen dudar de la licitud constitucional de los actos que, organiza Fuerza Nueva- De otra parte, la tesis de que la concentraci¨®n de Aranjuez constituye reuni¨®n en local cerrado, basada en el sofisma de que una parte de su programa va a realizarse dentro de la plaza de toros, es bustante insostenible. Los temores del vecindario de Aranjuez y de El Escorial no provienen de lo que pueda ocurrir en los ruedos o en las gradas, sino de la reuni¨®n en lugar abierto que inevitablemente organizar¨¢n los excursionistas durante horas, antes y despu¨¦s del mitin, en las calles de esos dos pueblos. La repugnante agresi¨®n en Madrid, d¨ªas pasados, a un grupo de ni?os por una banda de matones fascistas ser¨ªa motivo suficiente para repensarse la medida.
La Constituci¨®n de 1978, posterior a la ley de 1976 y de rango superior a cualquier norma, s¨®lo elimina la autorizaci¨®n previa para el derecho de reuni¨®n cuando ¨¦sta no sea pac¨ªfica y sin armas. ?Cabe extraer de experiencias anteriores la conclusi¨®n de que las concentraciones de Fuerza Nueva se distinguen por su car¨¢cter pac¨ªfico? La Constituci¨®n tambi¨¦n se?ala que ?en los casos de reuniones en lugares de tr¨¢nsito p¨²blico y manifestaciones se dar¨¢ comunicaci¨®n previa a la autoridad, que s¨®lo podr¨¢ prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteraci¨®n del orden p¨²blico, con peligro para personas y bienes?.
No discutimos el derecho que tienen las minor¨ªas de Fuerza Nueva a manifestarse -el mismo derecho que ellos quieren, a veces hasta violentamente, negar a la inmensa mayor¨ªa de espa?oles-. Llamamos simplemente la atenci¨®n sobre el hecho de -que al amparo de una fecha de horrible significaci¨®n un grupo de car¨¢cter fascistoide, implicado repetidas veces en actos violentos y afirmaciones anticonstituciona les, prepara una provocaci¨®n a todo el pueblo de Aranjuez. Que lo hace con la complicidad del general Fuertes de Villavicencio, en un lugar propiedad de los contribuyentes, contra los deseos de la Corporaci¨®n municipal y del vecindario. Es de esperar que las medidas del Gobierno sean suficientes para garantizar la paz ciudadana y que el pueblo de Aranjuez no resulte doblemente v¨ªctima -como en otras ocasiones ya ha ocurrido- de los provocadores y del servicio de seguridad policial previsto.
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