El latifundio, como constante hist¨®rica
El proceso de apropiaci¨®n feudal de la tierra en Andaluc¨ªa, por parte de la nobleza, es un problema hist¨®rico que est¨¢ a¨²n sin resolver en varios aspectos. La historiograf¨ªa ha despejado muchas inc¨®gnitas importantes. Entre ellas, la naturaleza de la forma de dominaci¨®n feudal, basada en la propiedad cornpartida de la tierra entre se?ores y campesinos. Estos poseen el domini ¨²til, mientras aqu¨¦llos el eminente, con lo cual se produce la extracci¨®n legal del plusproducto del trabajo campesino sin la existencia de una propiedad libre, en el sentido capitalista del t¨¦rmino.Se conocen, igualmente, diversos mecanismos de apropiaci¨®n de la tierra en el paso del dominio se?orial a la propiedad capitalista. En Andaluc¨ªa, esto adquiere unas caracter¨ªsticas muy especiales a trav¨¦s de los pleitos de se?or¨ªos, lo que signific¨® el deshaucio violento de los campesinos andaluces para convertirlos en braceros. Pero sobre lo que existe una mayor oscuridad es sobre en qu¨¦ ¨¦poca se constituyen los latifundios y de qu¨¦ procedimientos se valen los latifundistas para controlar la tierra primero y apropiarse de ella despu¨¦s; es decir, sobre las formas y las pautas espaciales y temporales del proceso de acumulaci¨®n de tierras. La hip¨®tesis de Antonio M. Bernal sobre una forma progresiva de acumulaciones (La Andaluc¨ªa contempor¨¢nea) nos parece sumamente valiosa, aun cuando no exista una evidencia emp¨ªrica que la respalde en su totalidad.
El proceso se iniciar¨ªa, as¨ª, a partir de la reconquista andaluza, en el siglo XIII, y configurar¨ªa durante tres siglos un r¨¦gimen de propiedad feudal y una forma de explotaci¨®n que presenta los rasgos b¨¢sicos del sistema latifundista. Durante el siglo XVI se inicia la consolidaci¨®n del r¨¦gimen latifun dista andaluz en sus aspectos m¨¢s significativos, espebialmente los vinculados al olivar. Este sistema introduce en las grandes extensio nes de cultiv¨® ciertas caracter¨ªsticas relacionadas con la configuraci¨®n de los cortijos como forma de institucionalizar el sistema de utilizaci¨®n de la fuerza de trabajo.
A partir de entonces, y fundamentalmente desde la segunda mitad del siglo XVII, las crisis agrarias suponen nuevos impulsos al proceso de acumulaci¨®n, ya que en coyunturas de penuria y despoblaci¨®n se produce un vac¨ªo en los campos que favorece los procesos acumuladores de tierras. Junto a este fen¨®meno de acumulaci¨®n se da otro no menos importante de transformaci¨®n de las estructuras jur¨ªdicas, integrando ambos lo que hemos denominado el modo de apropiaci¨®n latifundista, primero feudal y despu¨¦s capitalista.
El proceso de cambio de la naturaleza jur¨ªdica de la tierra supone una gran variedad de procedimientos transformadores, entre los cuales cabe destacar la consideraci¨®n territorial de los se?or¨ªos jurisdiccionales. Aqu¨¦llos desaparecieron del contexto jur¨ªdico peninsular, como ha demostrado el profesor Artola (El latifundio, propiedad y explotaci¨®n), al menos -desde el siglo XVI. Este hecho jug¨® un papel fundamental en la legitimidad de la apropiaci¨®n que llevaron a cabo los se?ores a trav¨¦s de los ya mencionados pleitos de se?or¨ªos y cuyo rechazo ha transmitido la memoria hist¨®rica del campesinado hasta nuestra centuria.
Los latifundios, que ya exist¨ªan en la Edad Media, se configuran mediante dos procesos: uno, de acumulaci¨®n de la tierra por agregaciones en el tiempo de forma lenta, pero continuada, de un n¨²cleo inicial, y otro, de desnaturalizaci¨®n jur¨ªdica de la propiedad mediante ventas a se?ores de tierras se?oriales comunales y de propios. Este segundo proceso se consolida con la transformaci¨®n capitalista de las relaciones de producci¨®n en el campo que se opera a lo largo del siglo XIX.
Existe, pues, una persistencia hist¨®rica del latifundio como rasgo gen¨¦rico en la forma de explotaci¨®n de la tierra en Andaluc¨ªa. Como ya hemos argumentado en otra parte (Giner y Sevilla Guzm¨¢n, 1977), la mejor manera de caracterizar el latifundio desde una perspectiva emp¨ªrica es a trav¨¦s de su consideraci¨®n sociol¨®gica, es decir, como estructura social que genera unas pautas de desigualdad.
En la segunda mitad del siglo XVIII, el n¨²mero de jornaleros andaluces pasa de 141.900 a 259.600 (seg¨²n datos del Catastro de la Ensenada Y el censo de 1797, respectivamente), lo que supone un incremento porcentual de 45 frente al 17% que se da en el conjunto nacional. El grado de proletarizaci¨®n agraria (porcentaje que representan los jornaleros del total de hombres ocupados en la agricultura), en 1800, era del 78% frente al 65% nacional, y los reinos, de C¨®rdoba, Ja¨¦n y Sevilla, eran los territorios m¨¢s proletarizados, con el 81 %, 80% y 86% de sus hombres del campo trabajando como braceros.
Casi un siglo despu¨¦s, la situaci¨®n permanec¨ªa pr¨¢cticamente inamovible. En efecto, los datos del censo de 1887 arrojaban un 80%, 82% y 85% de jornaleros, siendo el total de Andaluc¨ªa incluso superior al de 1800. Estas sencillas cifras sobre algunos aspectos de la estructura social agraria en distintos momentos de los siglos XVIII y XIX nos dan idea de la importancia del latifundismo andaluz y de su persistencia hist¨®rica.
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