Batalla jur¨ªdica entre Federaci¨®n y AFE en torno a la huelga
La huelga de futbolistas espa?oles comenz¨® a concretarse ayer sin que se disputara ninguno de los encuentros adelantados en Primera, Segunda o Segunda B. La jornada futbol¨ªstica se llevar¨¢ a efecto s¨®lo en la Tercera Divisi¨®n. La huelga comenzar¨¢ a plantear la pr¨®xima semana la batalla jur¨ªdica entre los asesores de la Federaci¨®n, que esgrimir¨¢n la ilegalidad de la misma, y los de la Asociaci¨®n de Futbolistas, que argumentan la tesis contraria.
La AFE hizo p¨²blica ayer una nota en la que ?quiere salir al paso de la explicaci¨®n facilitada por la Federaci¨®n?. La nota se?ala que ?en relaci¨®n con la liquidaci¨®n de las deudas de los clubes, la incorporaci¨®n del art¨ªculo 22 del Reglamento de Jugadores al convenio colectivo es un pacto totalmente v¨¢lido, aunque su cumplimiento no ha sido tan exacto y riguroso como se afirma?. ?Respecto a los pactos suscritos por el presidente federativo y el de la AFE el 11 de noviembre de 1980, hay que se?alar que sobre su validez no inciden ninguna de las disposiciones que se citan, m¨¢s bien, por el contrario, reconocen que la Federaci¨®n es un ente que goza de propia autonom¨ªa, de la cual puede usar para celebrar cuantos pactos o acuerdos tenga por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, la moral y el orden p¨²blico (art¨ªculo 1.255 del C¨®digo Civil)?.La nota contin¨²a se?alando que ?el pacto citado se refer¨ªa al compromiso federativo de crear un fondo de garant¨ªa, y ten¨ªa por finalidad complementar el contenido del se?alado art¨ªculo 22, que de otra manera quedaba vac¨ªo de contenido. Ninguna de las dos partes puede desvincularse unilateralmente del compromiso contra¨ªdo?. ?En relaci¨®n?. se a?ade, ?con la norma Sub 20, el que no la haya considerado el Real Decreto de 5 de febrero de 1981, incumpliendo as¨ª el titular del Ministerio de Trabajo -se refiere al anterior, P¨¦rez Miyares- la promesa formulada a la AFE, en modo alguno significa que ese silencio sit¨²a a dicha normativa fuera del ¨¢mbito laboral. sino que debe traducirse, por considerarla aplicable por imperativo de los art¨ªculos 14 de la Constituci¨®n y 17 del Estatuto de los Trabajadores?. Tras reclamar para futuras negociaciones la total formalidad en los representantes federativos y de los clubes, la nota termina as¨ª: ?La Federaci¨®n act¨²a, una vez m¨¢s, de acuerdo con su tradicional tranyectoria de desviar responsabilidades propias a otras personasy entes. La AFE ha cumplido con todas las prescripciones legales vigentes, de acuerdo con el decreto de marzo de 1977 y las modificaciones al mismo de la sentencia del Tribunal Constitucional de 8 de abril de 1981 ?.
Versiones contradictorias
Cabe recordar que la versi¨®n federativa (v¨¦ase EL PAIS de ayer) incid¨ªa en el hecho de que el incumplimiento de lo firmado sobre el fondo de garant¨ªa se deb¨ªa a la promulgaci¨®n del Real Decreto 318/1981, que sustra¨ªa a la Federaci¨®n toda clase de competencias en el orden laboral, y que el fondo era imposible de incardinar en una nueva partida presupuestarla federativa, por lo que se acord¨® incluirlo en la Mutualidad de Futbolistas. A este respecto, Quino, presidente de la AFE, argumenta una nueva contradici¨®n en los intentos de explicaci¨®n del incumplimiento por parte de Pablo Porta. Este, seg¨²n Quino, justific¨® dicho tema de manera distinta en reuni¨®n mantenida el 23 dejulio pasado, en el sentido de que el motivo ¨²nico hab¨ªa sido el recorte presupuestario del Consejo Superior de Deportes. Un miembro de este organismo, a su vez, explic¨® en esas fechas a los representantes de los futbolistas que lo del fondo podr¨ªa llevarse a cabo si la Federaci¨®n recortaba su presupuesto para burocracias.
En cualquier caso, la pr¨®xima semana debe intentar llegarse a soluciones concretas, a trav¨¦s de negociaciones con car¨¢cter serio y con personas cuya representatividad sea v¨¢lida, lejos del protagonismo privado que se le intent¨® dar al presidente del Barcelona, Jos¨¦ Luis N¨²?ez, a espaldas del presidente de la comisi¨®n de clubes, Montes Cabeza.
Deudas y sub-20
La batalla jur¨ªdica ser¨¢ planteada quiz¨¢ desde ma?ana mismo, y respecto a la desconvocatoria de la huelga. los futbolistas insisten en el pago de las deudas y en la derogaci¨®n de la normativa sub-20 como puntos prioritarios de los cuatro reivindicados. El fondo de garant¨ªa y la participaci¨®n en publicidad y televisi¨®n puede ser estudiado en f¨®rmulas viables a corto plazo.
Cabe recordar en torno a los planteamientos jur¨ªdicos derivados de la huelga, algunos puntos suscitados con ocasi¨®n de la anterior, que los futbolistas llevaron a cabo el 4 de marzo de 1979. Con anterioridad, en septiembre de 1978, la Direcci¨®n General de Trabajo dio car¨¢cter legal a los planteamientos esgrimidos en la presentaci¨®n de la huelga -que luego se desconvocar¨ªa al hacerse cargo la Federaci¨®n de las deudas del Mallorca-, mientras en marzo se se?al¨® a los jugadores el car¨¢cter ilegal de su convocatoria, pese a que la misma se hab¨ªa presentado con id¨¦nticos requisitos de los se?alados meses antes. Los clubes se reunieron y acordaron sancionar a los jugadores con el 10% de sus emolumentos -ya se ha amenazado con despidos esta vez, y es Manuel Meler, presidente del Espa?ol, uno de los m¨¢s duros en este aspecto-, aunque luego las magistraturas de justicia elel pa¨ªs dieron la raz¨®n a las tesis jur¨ªdicas sostenidas por los futbolistas.
La quiniela
Tal como se inform¨® en su momento, habr¨¢ quiniela esta semana. Hoy, a partir de las diez de la noche, tendr¨¢ lugar en el sal¨®n de sorteos del Servicio Nacional de Loter¨ªas (Guzm¨¢n el Bueno, 137), en acto p¨²blico, el sorteo previsto para establecer los catorce signos en base a extraer bolas de un bombo. Habr¨¢ un 54% de bolas rojas equivalentes al signo ?uno?; un 27% de azules, para la ?equis?,y un 19% de amarillas para el ?dos?. Las bolas est¨¢n calculadas seg¨²n un sistema proporcloiial que corresponde a los tantos por ciento de las frecuencias generales de resultados de la temporada anterior. En la reciente, la proporci¨®n fue de 56 para el ?uno?, veinticho para la ?equis? y, diecis¨¦is par el ?dos?. La modificaci¨®n realizada se ha debido a que en la temporada 1980-1981 hubo m¨¢s ?doses? y menos ?unos? y en pates. En cualquier caso, la recaudaci¨®n en la semana ha disminuido obviamente de forma sensible en relaci¨®n con lo que podr¨ªa haberse ingresado de jugarse con nornalidad la jornada.
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