Las C¨¢maras de Comercio piden la supresi¨®n del impuesto de radicacion
"El impuesto de radicaci¨®n es uno de los principales ingresos con que cuentan los ayuntamientos importantes, y recae sobre las empresas comerciales, industriales y tambi¨¦n sobre los profesionales que posean o exploten establecimientos o locales donde ejecuten sus actividades", dice el Consejo Superior de C¨¢maras de Comercio en una nota en la que pide la supresi¨®n del impuesto."En el fondo viene a gravar la misma actividad que las licencias fiscales de actividades comerciales, industriales y profesionales, que recientemente han experimentado unos desorbitados aumentos. Se produce por un claro supuesto de doble imposici¨®n sobre un mismo objeto tributario", a?ade la nota de las C¨¢maras.
"Esta situaci¨®n", dice m¨¢s adelante, "pod¨ªa tener alguna justificaci¨®n t¨¦cnica cuando las licencias fiscales eran tributos estatales que engrosaban las arcas del tesoro p¨²blico, pero al haber variado la naturaleza jur¨ªdica de estos impuestos, que, por mor de la reforma tributaria, han pasado a la esfera municipal, aquella posible justificaci¨®n carece de toda base. Ahora, el comercio, la industria y las profesiones deben soportar una presi¨®n tributaria tan elevada que forzosamente ha de impulsar al proceso inflacionario, al recaer sobre un ¨²nico establecimiento y actividad la radicaci¨®n, la licencia fiscal y los recargos municipales y provinciales establecidos sobre ¨¦ste, recargos que son elevad¨ªsimos y duplican la carga impositiva".
"Una racionalizaci¨®n de nuestro ordenamiento tributario exige", a?ade finalmente el Consejo de C¨¢maras, "que se evite toda superposici¨®n impositiva y se simplifiquen al m¨¢ximo los hechos tributarios, lo que en el caso que nos referimos se traducir¨ªa en una total supresi¨®n del impuesto municipal de radicaci¨®n y de los recargos locales sobre las licencias".
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