Novedades para las sociedades ya existentes
El nuevo proyecto de ley aporta una serie de novedades en cuanto a la normativa aplicable a las sociedades de inversi¨®n en valores mobiliarios ya existentes, cuya caracter¨ªstica m¨¢s destacada es el intento de forzar una mayor diversificaci¨®n de los activos de estas sociedades.Con este fin se establece la prohibici¨®n de invertir m¨¢s de un 10% de los activos de estas sociedades en t¨ªtulos emitidos o avalados por una sola entidad, porcentaje que puede ser elevado hasta el 20% si as¨ª aparece expresamente establecido en los estatutos de la sociedad. Tambi¨¦n se fija que el conjunto de estas participaciones no puede superar el 60% del activo de la entidad de inversi¨®n.
En este mismo sentido se proh¨ªbe que estas sociedades puedan invertir m¨¢s de un 25% de su activo en valores emitidos por un mismo grupo, definiendo como grupo a la existencia de participaci¨®n de una compa?¨ªa en otra, de un porcentaje en el capital superior a un 25%, a la presencia de tres o m¨¢s consejeros comunes, o que una sociedad o sus socios ejerzan funciones decisorias en otras compa?¨ªas.
Para intentar conseguir una mayor transparencia en la participaci¨®n accionarial se establece la obligaci¨®n de comunicar p¨²blicamente cualquier participaci¨®n que supere el 25% del capital de estas sociedades, ya sea esta participaci¨®n directa o indirecta.
Tambi¨¦n se regulan los valores que tengan la consideraci¨®n de aptos para cubrir los coeficientes de inversi¨®n, el que est¨¦n admitidos a cotizaci¨®n oficial, o que se contraten en mercados organizados, reconocidos oficialmente, admiti¨¦ndose tambi¨¦n la posibilidad de que estas inversiones se materialicen en activos que, por su corto vencimiento y nivel de garant¨ªa, puedan asimilarse a operaciones de efectivo y en este apartado se incluyen los valores extranjeros.
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