La huelga de profesores no numerarios
LA HUELGA de profesores no numerarios de Universidad, destinada a presionar sobre la Comisi¨®n del Congreso que dictamina el proyecto de Ley de Autonom¨ªa Universitaria, ha tomado como bandera la defensa de los derechos adquiridos en la pr¨¢ctica docente, durante los a?os previos a la promulgaci¨®n de la nueva norma, por este amplio sector del profesorado. Cuando se recuerda la generosidad con que los poderes legislativo y ejecutivo han respetado las situaciones laborales de los empleados en los Sindicatos Verticales y de las organizaciones del Movimiento, hoy a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, nadie deber¨ªa escandalizarse demasiado de las tentativas de utilizar, en propio provecho, la rentable consigna de los derechos adquiridos. En cualquier caso, esa huelga plantea problemas demasiado complejos para ser despachados con respuestas -a favor o en contrasimplistas.El remoquete de penenes, fabricado con las siglas de la categor¨ªa gen¨¦rica, ha adquirido un significado peyorativo, sobre todo al ser aplicado por extensi¨®n, desde la formaci¨®n del primer gobierno de Adolfo Su¨¢rez, al mundo de los pol¨ªticos para designar la median¨ªa o escasa talla de los segundones de los mas conocidos l¨ªderes. Ahora bien, el r¨®tulo de profesores no numerarios cubre posiciones y funciones muy variadas y distintas dentro del mundo de la ense?anza superior y ser¨ªa tan absurdo como injusto medir con el mismo rasero formal situaciones profundamente diferentes en sus contenidos. Entre estos profesores interinos o eventuales, cuyo contrato tiene que ser renovado cada curso como si fueran temporeros agr¨ªcolas en las cosechas, es necesario distinguir los ayudantes que vigilan o corrigen ex¨¢menes o dan algunas clases pr¨¢cticas y quienes desempe?an las mismas tareas docentes, como encargados de curso, adjuntos interinos o catedr¨¢ticos contratados, que los funcionarios del escalaf¨®n. La experiencia del alumnado es que en ocasiones resulta imposible distinguir, por sus dotes para la ense?anza y el dominio de la disciplina, al titular en propiedad de una c¨¢tedra y al profesor no numerario que explica la misma asignatura. Aunque resulta imposible establecer, por falta de estad¨ªsticas fiables, la proporci¨®n exacta de las clases y los cursos confiados a profesores no numerarios, no es demasiado arriesgado suponer que m¨¢s de la mitad de la ense?anza impartida desde las c¨¢tedras espa?olas corren a cargo de ese personal docente con renovaci¨®n anual de contrato. Y es un hecho p¨²blico que algunas universidades de provincias tendr¨ªan que cerrar si se les forzara a prescindir de un profesorado no numerario que da el 70% o el 80% de las clases.
La calificaci¨®n m¨¢s suave para esta situaci¨®n ser¨ªa considerarla intolerablemente anormal, ya que el ejercicio de tareas docentes de rango superior por un contratado temporal, o bien demuestra la capacidad del interesado para desempe?ar ese trabajo, en cuyo caso su interinidad es una flagrante injusticia, o bien es un fraude pedag¨®gico, del que ser¨ªa responsable, en ¨²ltima instancia, el sistema educativo. Las causas de que los profesores no numerarios, sin estabilidad en el empleo ni derechos funcionariales, desempe?en tan elevado porcentaje de las misiones docentes asignadas por ley a los catedr¨¢ticos, agregados o adjuntos de escalaf¨®n se remontan a la ¨¦poca -finales de los sesenta y comienzos de los setenta- en que el considerable aumento del alumnado en las universidades espa?olas, consecuencia de las transformaciones econ¨®micas y sociales y del crecimiento demogr¨¢fico, no fue acompa?ado de una ampliaci¨®n correlativa del escalaf¨®n de catedr¨¢ticos. Es cierto que no es tan f¨¢cil abrir las puertas de la universidad a decenas de miles de nuevos estudiantes como conseguir un incremento paralelo de las plantillas docentes, ya que los profesores no pueden improvisarse de la noche a la ma?ana. Ahora bien, la soluci¨®n buscada por el Ministerio de Educaci¨®n fue proceder de hecho a ese aumento del personal ense?ante, sin preocuparse de su capacitaci¨®n, pero eludir las cargas financieras y administrativas que aparejaba tal decisi¨®n y dejar a los nuevos profesores en la inseguridad del empleo y a la intemperie en cuesti¨®n de sueldos y derechos. De otra parte, el sistema de oposiciones mostr¨®, en ese momento, su lentitud y poca elasticidad para satisfacer la demanda de nuevos catadr¨¢ticos, agregados y adjuntos de escalaf¨®n, efecto reforzado por la parsimonia del Ministerio de Hacienda para dotar nuevas c¨¢tedras y por el malthusianismo corporativista del profesorado tradicional.
El resultado no fue otro que la incorporaci¨®n a las tareas la ense?anza superior, en abierta contradicci¨®n con la normativa que regula la funci¨®n p¨²blica, de miles y miles de profesores con contrato anual, a los que se exig¨ªa un trabajo docente id¨¦ntico al de los funcionarios pero a quienes no se les reconoc¨ªa la estabilidad y la permanencia en el empleo. Hay profesores no numerarios que incumplen sus tareas, pero el absentismo y el descuido tampoco son flores extra?as entre los numerarios. La anormal coexistencia de esas dos situaciones inspir¨® a los redactores del proyecto de la LAU la idea de establecer dos v¨ªas distintas de acceso a la Universidad, la funcionarial mediante oposici¨®n y la contractual, que se diferencian -en favor de la primera- en bastantes aspectos pero que suprimen la interinidad e inseguridad en el empleo, dentro de los l¨ªmites razonables de cualquier otra relaci¨®n laboral, de los profesores contratados.
Aunque las continuas alteraciones y rectificaciones del proyecto de la LAU siempre permiten a los negociadores sorprender con ¨¢giles quiebros, parece ya seguro que el acuerdo Gobierno-PSOE sobre la LAU se propone, adem¨¢s de asegurar la estabilidad en el empleo en sus actuales condiciones durante cuatro a?os a todos los profesores no numerarios, garantizar autom¨¢ticamente la contrataci¨®n permanente, sin necesidad del tr¨¢mite previo de la habilitaci¨®n (un camino intermedio entre la oposici¨®n y la acreditaci¨®n de m¨¦ritos), de aquellos profesores con cinco a?os de docencia universitaria y cuya antig¨¹edad como doctores sea al menos tambi¨¦n de cinco a?os. Los promotores de la huelga desean reducir a cuatro a?os el plazo m¨ªnimo de presencia en la ense?anza superior, con independencia de las funciones desempe?adas por el candidato, y piden que el requisito de la tesis doctoral no tenga otra exigencia de cumplimiento temporal que su aprobaci¨®n antes de la entrada en vigor de la LAU. No parece que esa reivindicaci¨®n, basada en una utilizaci¨®n extremosa de la doctrina de los derechos adquiridos, tenga en su favor argumentos concluyentes. Pero m¨¢s grave es que las huelga no preste la suficiente atenci¨®n a los problemas de la calidad de la ense?anza y presente los perfiles de un corporativismo de nuevo tipo. Los plazos de antig¨¹edad en la docencia y en la titulaci¨®n de doctor previstos en la LAU parecen razonables.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.